CORTE DE SANTIAGO RECHAZA RECURSO DE PROTECCIÓN DE INTERNO DEL PENAL PUNTA PEUCO

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentando por un interno del penal Punta Peuco en contra de Gendarmería, ministro en visita y el Estado de Chile por no acoger petición de traslado para cumplir pena en un centro médico.

En fallo unánime (causa rol 93177-2015), la Novena Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Carlos Gajardo, Adelita Ravanales y el abogado (i) José Luis López Reitze– rechazó la acción cautelar presentada por la defensa de Bernardo Daza Navarro, quien cumple condena por violaciones a los derechos humanos.

La sentencia en alzada concluye que no existe actuar arbitrario o ilegal en la decisión que denegó la solicitud de trasladar al penado hasta un centro asistencial para que continúe con un tratamiento médico, debido a que Gendarmería le está brindando la atención requerida.

«El recurrente sostiene como ilegal o arbitraria la omisión de los recurridos en dar respuesta a la solicitud que ha planteado, más lo cierto es que tal omisión no existe, desde que tanto Gendarmería como el señor Ministro de Fuero, respondieron lo planteado. A saber, Gendarmería refiere por respuesta de 6 de octubre de 2015, que no es posible acceder a lo solicitado, tal como da cuenta su informe de fojas 75. El Ministro de Fuero, de conformidad a lo informado a fojas 115, también dio respuesta. En consecuencia, no existe la omisión que se alega (…) Que, de otro lado las respuestas encuentran sustento jurídico, lo que las aleja de la arbitrariedad o la ilegalidad, máxime si Gendarmería da cuenta de estar atendiendo los padecimientos médicos que requiere el protegido», sostiene el fallo.

La resolución agrega que «(…) de lo antes expresado, resulta que la materia que se ha ventilado en esta cuestión constitucional, no es de aquellas que puedan ser solucionadas por este arbitrio», por lo que «(…) se rechaza el intentado por Christian Alarcón Widemann, a favor de Bernardo Daza Navarro y en contra de Maurice Grimalt Catalán, coronel de Gendarmería de Chile, de Carlos Aldana Fuentes, ministro de fuero y del Estado de Chile.

Ver fallo (PDF)

Santiago de Chile, 2 de febrero 2016
Crónica Digital / http://www.pjud.cl/

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