CORPORACIÓN HUMANAS EXPRESA RECHAZO ABSOLUTO FRENTE A GRAVE REPRESIÓN A ALUMNAS DEL LICEO 7

Corporación Humanas espera que el nuevo marco legal vigente en el país permita la aplicación de sanciones proporcionadas a la gravedad de la violencia cometida contra mujeres y niñas manifestantes

En el marco de la manifestación convocada por la Coordinadora Ni Una Menos Chile en apoyo a la problemática que enfrentan alumnas del Liceo 7, sobre casos de violencia de género y acoso sexual, las estudiantes fueron brutalmente reprimidas la tarde de este martes 06 de junio por Fuerzas Especiales de Carabineros.

Alrededor de 10 estudiantes fueron detenidas, sumando a ello a una vocera de la Coordinadora Ni Una Menos la que fue agredida y obligada a desnudarse en el calabozo de la 19 Comisaría de la comuna de Providencia. En tanto que, otras alumnas acusan agresión sexual y violencia física por parte de uniformados.

Corporación Humanas se hizo presente tras los lamentables hechos y frente al caso omiso de la denuncia contra los acosos sexuales denunciados por las alumnas del liceo. Para la abogada María José Castillo resulta impresentable el ensañamiento de las autoridades policiales en contra de las mujeres.“Denunciamos y repudiamos públicamente la violencia  sexual de la que fueron víctimas las estudiantes y la vocera de la Coordinadora Ni Una Menos. Asimismo, a quienes asistimos a las detenidas, se nos cerró la puerta en la cara por parte del suboficial encargado del procedimiento quien además se negó a proporcionar el listado de las personas detenidas”.

Por su parte, la Presidenta de Corporación Humanas Carolina Carrera, recordó que Chile hace parte de la comunidad internacional que repudia la tortura y la violencia sexual. Planteo además que se encuentran vigentes en el país numerosos tratados internacionales que consagran el derecho a la integridad personal y la prohibición absoluta de la tortura, los tratos o penas crueles inhumanos o degradantes, así como el derecho de todas las mujeres y las niñas a una vida libre de violencia en el espacio público y en el espacio privado.

Y, frente a la violencia de los actos cometidos la tarde de ayer, insistimos que conforme a la jurisprudencia reiterada de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la desnudez forzada y los manoseos de carácter sexual por agentes del Estado, constituyen formas especialmente graves de violencia sexual.

A partir de noviembre de 2016, en Chile se encuentra expresamente tipificada la tortura y los tratos crueles inhumanos o degradantes, incluyendo la violencia sexual. Los hechos ocurridos el pasado 6 de junio claramente constituyen tortura, tratos crueles inhumanos o degradantes cometidos por agentes del Estado y su especial gravedad exige una pronta investigación para la aplicación de sanciones efectivas en contra de los funcionarios y funcionarias de Carabineros de Chile que cometieron estos delitos.

Por demasiado tiempo la violencia sexual ejercida por policías en contra de mujeres y niñas manifestantes ha permanecido impune, promoviendo su reiteración en el tiempo y la tolerancia social a estos hechos.

Corporación Humanas espera que el nuevo marco legal vigente en el país permita la aplicación de sanciones proporcionadas a la gravedad de la violencia cometida contra mujeres y niñas manifestantes.

Santiago de Chile, 7 de junio 2017
Crónica Digital

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Cerca de 80.000 personas de todas las edades salieron a marchar este pasado sábado 3 de junio por la Alameda de Santiago, principal vía de la capital del país, para exigir una nueva política de drogas que resguarde de mejor manera los derechos a la salud, seguridad pública y la autonomía personal, tanto de los usuarios medicinales como recreativos de cannabis. Ante el gran aumento de imputados por cultivo y tenencia de cannabis que han debido enfrentar los usuarios en los últimos meses, las agrupaciones que participaron en esta manifestación familiar y pacífica impulsaron el lema “No más daños”, como consigna principal de la decimotercera versión de la marcha “Cultiva tus Derechos”. Las cifras oficiales entregadas por el Ministerio Público sobre el total de procedimientos policiales por cultivo y tenencia de cannabis en los últimos cuatro años, incluidos los usuarios medicinales, muestran un constante aumento en la materia: 2014: 1.013 imputados 2015: 1.361 imputados 2016: 1.439 imputados 2017 (enero a abril): 1.070 imputados Las sonrientes Paulina Bobadilla, presidenta de Mamá Cultiva, y Ana María Gazmuri, directora ejecutiva de Fundación Daya, en la primera línea de la marcha, en representación de los miles de usurios de cannabis medicinal en Chile. A pesar de ello las cifras de Fundación Daya, sobre el número de pacientes que tratan sus patologías en base a cannabis y que han debido enfrentar este tipo de procedimientos policiales es menor al 1% del total de usuarios medicinales registrados en la organización. Esto, a pesar de que el autocultivo de cannabis está permitido por la actual legislación chilena. Cabe recordar que la ley vigente en Chile permite el cultivo de cannabis siempre y cuando la producción vegetal esté destinada al “consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”, que incluye los tratamientos médicos, ya que la normativa persigue el tráfico de ciertas sustancias, dentro de las cuales se encuentra el cannabis, no así el cultivo y consumo de cannabis cuando es para uso personal. A pesar de que el autocultivo en Chile no es delito y no requiere autorización alguna, la confusa redacción de la ley ha permitido un incorrecta interpretación por parte de las policías y fiscales, quienes tienen a cargo la persecución penal. Es por ello que algunos usuarios medicinales han sufrido la incautación de sus cultivos y en algunos casos han resultado detenidos. Cerca de 80.000 personas participaron en la marcha #CultivaTusDerechos 2017 Aunque el respeto a la letra de la ley y su espíritu original comenzó a ser una realidad a partir de un primer fallo positivo de la Corte Suprema en junio del 2015 —al que le siguieron múltiples fallos de diversos tribunales que han permitido el sobreseimiento de ciudadanos procesados por cultivo y/o porte y la aceptación de diversos recursos de protección y amparo de usuarios medicinales miembros de Fundación Daya— sumado a otro fallo de la Corte Suprema que determinó que el mero avistamiento de plantas no justifica la entrada, registro ni incautación de las mismas, independientemente del número de plantas cultivadas, persisten incongruencias entre los criterios aplicados por los jueces a la hora […]

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