CONFECH Y CONES LLAMAN A VOTAR EN LA SEGUNDA VUELTA PRESIDENCIAL

En un punto de prensa realizado en la casona de la Fech, los voceros de la Confech y la vocera de la Coordinadora Nacional de Estudiantes Secundarios hicieron un llamado a la ciudadanía a informarse y votar en las elecciones presidenciales dispuestas a realizarse este domingo 17 de diciembre.
En este sentido, Francisca Flores —vocera de la CONES— señaló que «si bien como organización poseemos autonomía de los conglomerados políticos, no somos neutrales en nuestra posición. Por ello es que hacemos el llamado explícito a votar contra Piñera este domingo, entendemos que su candidatura es un retroceso para lo que hemos logrado en materia de educación”. Asimismo, la dirigenta secundaria hizo un llamado al candidato de la Nueva Mayoría, y manifestó que “llamamos a Alejandro Guiller a cumplir lo estipulado en su programa de gobierno, modificando el sistema de financiamiento en la educación escolar, promesa ante la que nos seguiremos movilizando para asegurar su cumplimiento. Sabemos que aún queda mucho por avanzar, por ello llamamos a la unidad contra Sebastián piñera».
En esta linea, la Presidenta de la Federación de la Universidad Arcis y vocera de la Confech, Sandra Beltrami, aseguró que “tenemos muy en claro qué hay una candidatura que representa la antítesis de lo que queremos como movimiento estudiantil; ese es Sebastián Piñera”. Además, la dirigenta agregó que “Piñera y Chile Vamos representan el lucro en la educación, la desregulación del sistema y la destrucción de la educación pública en nuestro país”.
Finalmente, el Presidente de la Federación de Estudiantes de la Universidad Diego Portales y vocero de la confech—Rodrigo Rivera—, señaló que “Piñera representa claramente un retroceso, pero Guillier no ha tomado una postura clara en relación a las demandas históricas del movimiento estudiantil”. Además, manifestó la necesidad de que “la ciudadanía se informe bien sobre ambas candidaturas y participen en esta segunda vuelta presidencial”.
Santiago de Chile, 11 de diciembre 2017
Crónica Digital

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SUPREMA ORDENA RESERVA DE INFORMACIÓN SOBRE EXINTEGRANTES DE LA CNI QUE PERMANECEN COMO EMPLEADOS CIVILES DEL EJÉRCITO

Lun Dic 11 , 2017
La Corte Suprema rechazó recurso de queja presentado en contra de integrantes de sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenó al Ejército entregar información sobre exintegrantes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), que permanecen como empleados civiles de la rama castrense pero, actuando de oficio, mantuvo la reserva de dichos datos. En fallo dividido (causa rol 8109-2017), la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, Carlos Aránguiz, Manuel Antonio Valderrama y los abogados (i) Jean Pierre Matus y Jorge Lagos– no dio lugar al recurso jurisdiccional, pero consideró que la divulgación de la información solicitada vulnera la honra de los afectados y sus familias. «Que, como se dijo, los cuestionamientos que el Comandante en Jefe del Ejército dirige a la divulgación de la información de que se trata se vinculan con la afectación que dicha publicidad podría causar a derechos de los funcionarios oponentes y de sus familias que se encuentran garantizados en la Carta Fundamental, en particular aquellos referidos a su seguridad, su salud y la esfera de su vida privada. Al respecto, y con el fin de corroborar sus afirmaciones, el reclamante acompañó copias simples de diversas publicaciones periodísticas en las que se da cuenta de al menos ocho actividades conocidas como «funas», esto es, de actuaciones coordinadas destinadas a encarar, increpando y fustigando de manera pública, a personas acusadas de violaciones a los derechos humanos, con el fin de desacreditarlas ante la comunidad», sostiene el fallo. Resolución que agrega: «De tales elementos de juicio se desprende, sin ningún género de duda, la efectividad de que hechos como los que sirven de fundamento a la causal de reserva esgrimida por el actor han ocurrido, efectivamente, con anterioridad, de modo que la posibilidad de que las mismas se repitan respecto de los treinta funcionarios que manifestaron su oposición no puede ser descartada de un modo tan categórico». «Por el contrario –continúa–, los antecedentes referidos más arriba obligan a estos sentenciadores a considerar, al menos como factible, que hechos como los descritos puedan llegar a afectar a los empleados civiles del Ejército tantas veces mencionados, de modo que se ha de concluir que existen elementos bastantes para estimar que la revelación de su identidad redundará, con toda probabilidad, en la afectación de su seguridad y la de su familia y en la perturbación de su vida privada y familiar, en los términos previstos en el N° 2 del artículo 21 de la Ley N° 20.285». «(…) en consecuencia, forzoso es concluir que la causal de reserva hecha por valer por el actor ha quedado debidamente demostrada, sin que sea aceptable el razonamiento de los sentenciadores de la Corte de Apelaciones de Santiago, en cuanto concluyen que las oposiciones hechas valer en la especie deben ser consideradas incompletas e insuficientes al no constar en ellas la debida individualización de quienes las suscriben, toda vez que el acogimiento de semejante predicamento conduciría al absurdo de tener que exigir la revelación de las identidades de […]

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