El ministro chileno de Justicia, Luis Cordero, advirtió hoy que las investigaciones en curso aquí contra un reconocido abogado pueden tener una dimensión de redes y vínculos todavía aún por conocer. Peritajes realizados al celular del letrado Luis Hermosilla ya provocaron la caída del director general de la Policía de Investigaciones (PDI), Sergio Muñoz, al descubrirse más de 500 mensajes entre ambos donde el funcionario reveló información secreta sobre hechos de alto impacto. «Para ser franco, el celular de Hermosilla puede ser una caja de pandora», aseguró el ministro de Justicia. En declaraciones a Radio Infinita, precisó que las posibilidades de contactos profesionales del abogado son muchas, tenía su práctica en materia penal y estuvo asesorando a dos administraciones en una posición que es del Ministerio del Interior. De acuerdo con Cordero, simplemente en las conversaciones telefónicas hay algunas que pueden ser completamente impropias, excesos de confianza, y otras genuinamente constitutivas de delitos. Solo en la comunicación entre Hermosilla y el exjefe de la PDI hay filtración de documentos sobre el caso de la compraventa de la minera Dominga, realizada en un paraíso fiscal y que beneficiaba al expresidente Sebastián Piñera y su familia. El exjefe de la Policía de Investigaciones, nombrado en 2021 durante la segunda administración de Piñera (2018-2022), también reveló datos acerca de las indagaciones contra el exmandatario por su eventual intervención para beneficiar el casino Enjoy. También hubo filtraciones sobre el proceso contra el exalcalde de la comuna de Vitacura Raúl Torrealba por corrupción y otros ilícitos y el exjefe comunal de Lo Barnechea, Felipe Guevara, por negociación incompatible en la adjudicación de un proyecto a su hermano Matías Guevara. En días recientes, la ministra vocera del Gobierno, Camila Vallejo, se refirió a la posible existencia de una red de corrupción de cuello y corbata, organizada para entorpecer la labor investigativa de la Fiscalía en distintas causas asociadas a corrupción. Santiago de Chile, 22 de marzo 2024 Crónica Digital/PL

La diputada mapuche y militante socialista, Emilia Nuyado, agregó que «tal como en el 2019 cuando Piñera le declaró la guerra al país, hoy le declara la guerra al Pueblo Mapuche al militarizar el Wallmapu» La Presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Diputados, Emilia Nuyado, fue enfática en lamentar que «a dos años del Estallido Social seguimos esperando Justicia por las sistemáticas violaciones a los derechos humanos.» Al respecto la parlamentaria señaló que «el manto de impunidad ha ido ganando terreno, teniendo justicia sólo en los casos más emblemáticos. Aún así sabemos que quien dejó ciego a Gustavo Gatica anda libre hoy por las calles por una condena rebajada». «Hay cientos de personas que quedaron con secuelas graves, sin embargo, el Estado no ha cumplido con la reparación necesaria y la justicia no ha dictado más que 4 condenas. Aquí hay sectores negacionistas de la derecha siguen defendiendo la violencia policial», dijo Emilia Nuyado. Sobre este mismo punto la diputada mapuche agregó que «hace dos años Piñera le declaró la guerra al país, por el solo hecho de exigir demandas sociales y hoy vemos que el gobierno hace lo mismo». «Tal como en el 2019 cuando Piñera le declaró la guerra al país,  hoy le declara la guerra al Pueblo Mapuche al militarizar Wallmapu sin reconocer una demanda centenaria, como es la restitución de nuestras tierras»; concluyó Emilia Nuyado.

Dictan orden de captura para tres exagentes de la CNI que se encuentran prófugos de la justicia, tras dictarse condena por su participación en el secuestro calificado de cinco militantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez en 1987. Preocupación y rechazo existe en Londres 38, espacio de memorias, tras conocerse que tres ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI) se encuentran prófugos de la justicia. Los fugitivos son los exoficiales de Ejército Arturo Sanhueza Ross y Roberto Rodríguez Manque, además de Juan Carlos Orellana Morales, exfuncionario de la Policía de Investigaciones. Los tres fugitivos fueron sentenciados por el ministro Mario Carroza por el secuestro calificado de cinco frentistas en septiembre de 1987, junto a otros 30 exuniformados. Las víctimas, cuyos restos fueron lanzados al mar desde helicópteros del Ejército, son Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola. Ante esta situación, la organización exige a las instituciones involucradas ejecutar todas las acciones necesarias para lograr la detención de los fugitivos, y el cumplimiento de su condena. Asimismo, Londres 38 exhorta a la Policía de Investigaciones (PDI) y al Ministerio del Interior a asumir la responsabilidad que tienen en este proceso, pues son instituciones que tienen la obligación de apoyar a la justicia para el cumplimiento de las condenas dictadas por crímenes de lesa humanidad en el país. Un proceso de justicia que ha tomado décadas para los familiares y organizaciones defensoras de los derechos humanos, quienes siguen trabajando mancomunadamente por lograr la verdad y justicia para todas las víctimas de la dictadura. Además, según explica la organización existen antecedentes previos que permiten catalogar esta situación como un hecho grave. Desde el año 2015 se encuentra prófugo  Ricardo Víctor Lawrence Mires, jefe del grupo operativo Águila, que dependía de la Brigada Caupolicán, quien estuvo en los centros secretos de Londres 38, Venda Sexy, José domingo Cañas, Villa Grimaldi y Simón Bolívar, participando en la represión dirigida hacia el MIR, el Partido Socialista y el Partido Comunista. El 30 de abril de 2015 fue condenado por la Corte Suprema a 10 años de cárcel por la desaparición forzada de Alfonso Chanfreau, mientras que por los crímenes de Ana María Puga y de Alejandro de la Barra a 15 años y un día. Ambas causas fueron investigadas por el juez Jorge Zepeda. También está condenado en un proceso por detenciones y torturas de ex presos políticos en Villa Grimaldi. Finalmente, Londres 38 hace un llamado para que el poder político y las instituciones a cargo asuman su responsabilidad por la continuidad de esta situación de impunidad. Santiago de Chile, 5 de mayo 2017 Crónica Digital / www.londres38.cl

El polémico fallo aprobado la víspera por la Corte Suprema argentina, que declara aplicable una ley para reducir el cómputo de prisión a personas con delitos de lesa humanidad, beneficiaría a unos 750 represores.   La medida, que genera hoy el rechazo unánime de varias organizaciones políticas y de derechos humanos, podría posibilitar que esa cantidad de genocidas puedan acogerse a la medida y reclamar su liberación, reflejó el portal Infonews. Muchos de los que cometieron este tipo de crímenes aún no tienen condena firme sobre las causas llevadas adelante en el marco de la búsqueda de memoria, verdad y justicia. La ley, 24.390, conocida como 2×1, podría reducirles la pena y hasta dejar en libertad a partícipes secundarios ‘y no tanto’ de la última dictadura cívico militar (1976-1983), añadió la fuente. La normativa podría beneficiar a quienes recibieron penas menores a 25 años, debido al tiempo que pasaron en la cárcel sin condena firme. Una ola de disgusto e indignación provocó aquí el fallo de la Corte sobre la ley, que estuvo vigente entre 1994 y 2001, y que fue votada por los jueces Elena Highton, Horacio Rosenkrantz y Carlos Rosatti y rechazada por los magistrados Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda. La sentencia fue dictada en la causa de Luis Muiña, quien en 2013 fue condenado a 13 años de cárcel por ser ‘coautor del delito de privación ilegal de la libertad e imposición de tormentos’ en cinco casos. ‘Estamos en un país de trastornados’, expresó la presidenta de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, tras calificar la medida como una ‘estafa a la moral social’, una de las tantas voces que se han levantado para expresar su repudio a la aplicación de esta ley. Buenos Aires, 4 de mayo 2017 Crónica Digital /PL

El autor de un caso de violencia extrema contra una mujer en Chile fue condenado a más de 26 años de cárcel, en un juicio muy mediático debido a los brutales daños ocasionados a la víctima. Mauricio Ortega recibió penas de 12 años y 180 días por el delito de feminicidio frustrado, otros 12 años y 180 días por ocasionar lesiones gravísimas, y por último una sentencia de 540 días de cárcel por violación de morada. Ortega le fracturó el cráneo a su expareja Nabila Rifo y le arrancó los globos oculares en mayo de 2016, en un caso que conmovió a Chile y motivó duras declaraciones de repudio a la presidenta de la República, Michelle Bachelet. Nabila Rifo, madre de cuatro hijos y de 29 años de edad, declaró a la televisión local tras conocer el veredicto que «espero poder comenzar una nueva vida y que con este acto de justicia, las mujeres van a ser más escuchadas y respetadas». «Igual me dio pena, porque fueron varios años y él era el papá de mis hijos», señaló Rifo quien escuchó el fallo desde su hogar en Coyhaique, sur de Chile. Rifo tuvo palabras de agradecimiento a Bachelet por visitarla cuando estaba ingresada en el hospital y comprometerse a ayudarla hacia el futuro. Ella tiene una casa con subsidio, pero estamos viendo si es el mejor lugar u otro para acondicionar a una persona que tiene discapacidad visual, declaró a fines de abril la mandataria al visitar a la víctima de la brutal agresión. Quería saber cómo va su recuperación, qué necesidades tendrá más adelante. Para mí ha sido muy impactante lo que pasó con ella y hemos estado siempre pendientes, comentó entonces Bachelet. El tribunal manifestó que la responsabilidad de Ortega fue acreditada en el juicio «más allá de toda duda razonable y que el relato de Rifo ofreció coherencia, contexto y detalles enmarcados en un historial previo de violencia». A raíz de este caso y otros expedientes de feminicidios frecuente en Chile, en noviembre de 2016 la presidenta Bachelet firmó el proyecto de ley que contemplaba, entre otras medidas, la tipificación de este delito, además de aumentar las penas. Debemos terminar con los hombres maltratadores, que tanto dolor causan a las mujeres, recalcó la dignataria. En 2017 se han registrado en Chile hasta la fecha 15 feminicidios y las autoridades dan cuenta de que otros 35 han sido frustrados. En 2016 ocurrieron 34 delitos de esta índole. Santiago de Chile, 3 de abril 2017 Crónica Digital /PL

El académico en derecho administrativo de la Universidad de Santiago de Chile, Francisco Zambrano, sostiene que la decisión del SII de no recurrir a la Fiscalía para denunciar a nuevas empresas vinculadas a financiamiento irregular de la política arriesga ser comprendida como una “arbitrariedad”. Esto, si no se explica acabadamente por qué a algunos se les sanciona administrativamente y a otros de forma penal. “Se resiente la confianza pública y las garantías mínimas de un Estado de derecho”, critica.   El Servicio de Impuestos Internos (SII) decidió denunciar por la vía pecunaria a empresas que fueron vinculadas a pagos irregulares a políticos en las causas Penta y SQM, pero que aún no contaban con querella del organismo. Desde el Ministerio Público lamentaron la situación, señalando que se cierra la puerta para perseguir penalmente estos casos. Al respecto, el abogado y académico de derecho administrativo de la Universidad de Santiago de Chile, Francisco Zambrano, criticó la decisión del SII. “Las sanciones son disímiles en las vías. A algunos se les sancionará administrativamente y a otros, de forma penal, sin mediar una explicación hacia el público de forma razonada que permita entender esta idea”, sostiene. Aunque reconoce que “la autoridad administrativa debe preferir alguna de las opciones que le entrega la ley para ejecutar la misión del órgano”, señala que “esta discrecionalidad no puede ser entendida como una arbitrariedad. Se requiere fundamentar acabadamente la decisión del órgano, sobre todo porque si estuviéramos ante una decisión antojadiza, estaríamos frente a una violación de la igualdad ante la ley”. “Cuando la autoridad administrativa, frente a los mismos casos, resuelve en forma distinta, no cabe ninguna duda que se quiebra la Constitución y la ley”, advierte el especialista. “Lo más crítico es que el SII sancionará en menor medida de lo que esperaba la ciudadanía frente a conductas similares”, indica. Aunque enfatiza que las multas no significan impunidad, sostiene que ello “no implica que se esté cumpliendo la idea de igualdad. Si se sanciona a alguien con una multa de 5 UTM y al otro con 10 años de cárcel, evidentemente que no hay impunidad para ninguno de los dos, pero claramente no es una sanción equitativa ni igualitaria para los tipos penales que pudieran configurarse”. “Pagar las multas pareciera lo más barato frente a la otra opción, que arriesga penas privativas de libertad y que, en la eventualidad de que no estén de acuerdo en pagar esas multas, puedan recurrir a los Tribunales Tributarios Aduaneros”, explica. Para Zambrano, con esta decisión del SII “salen ganando, sin duda, los ejecutivos de las empresas sobre las que se podría haber presentado una querella con resultado de cárcel”. Por el contrario, “sale perdiendo la sociedad, porque se resiente la confianza pública, la igualdad ante la ley y las garantías mínimas de un Estado de derecho”, señala. Finalmente, el académico de la Facultad de Derecho de la Universidad de Santiago critica que la facultad de querellarse en estos casos dependa solo del SII. “Cuando hacemos depender la acción […]

El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Santiago, Mario Carroza, dejó en libertad y bajo la custodia de familiares al coronel en retiro de la Fuerza Aérea Edgar Cevallos Jones, condenado por el delito de aplicación por tormentos con resultado de muerte del general de la Fach Alberto Bachelet Martínez. Según la resolución (causa rol 495-2010) que adoptó el ministro Carroza teniendo a la vista los resultados de los exámenes practicados al condenado en el hospital del penal Punta Peuco y en el Hospital Clínico de la Fuerza Aérea, los que fueron ratificados por análisis realizados en el Servicio Médico Legal. «Que la evaluación psicológica y clínica psiquiátrica a que se le ha sometido por los peritos de Servicio Médico Legal, les permite estimar que Cevallos Jones presenta una demencia mixta, no es autovalente y las actividades diarias debe realizarlas con terceros, siendo su enfermedad severa e irreversible lo que evidencia su situación de enajenación mental, aunque su condición no constituye un peligro para sí o para terceros», establece la resolución. Dictamen que agrega: «Se declara que el condenado Edgar Benjamín Cevallos Jones no cumplirá la sanción privativa de libertad impuesta mediante sentencia ejecutoriada, por haber caído en enajenación mental, y será puesto en libertad y entregado a la brevedad a sus familiares bajo custodia, quienes deberán da cumplimiento al tratamiento sugerido por el Servicio Médico Legal, el de mantenerlo bajo control con geriatría y neurólogo y que se le realicen atenciones médicas domiciliarias por sus patologías de base, de las cuales deberán informar cada tres meses al suscrito conforme lo dispone el artículo 692 del mismo cuerpo legal». Cabe recordar que en marzo del 2016, la Corte de Apelaciones de Santiago aumentó a cuatro años las sentencia de cárcel respectivamente a los dos torturadores del general Alberto Bachelet durante la dictadura de Augusto Pinochet. El general Bachelet, padre de la actual presidenta de Chile, Michelle Bachelet, murió el 12 de marzo de 1974 por un infarto en el miocardio, en la Cárcel Pública de Santiago, donde fue torturado por agentes de Pinochet. De acuerdo con una nota oficial, el tribunal de alzada elevó la pena a cuatro años de prisión al oficial en retiro Edgar Cevallos Jones, lo mismo que a Ramón Cáceres Jorquera. Cevallos Jones y Cáceres Jorquera fueron sindicados como autores directos de tortura al general Bachelet, opositor al golpe de estado pinochetista, entre septiembre de 1973 y marzo de 1974. Al argumentar su fallo, la Corte subrayó que los actos contra el general Bachelet, “son ilícitos que tienen el carácter de delitos de lesa humanidad por haber sido cometidos por agentes del gobierno militar de facto. Añadió que la Junta Militar, instaurada en el país en septiembre de 1973, se valió de la fuerza, al margen de toda juridicidad, respecto de personas en situación de indefensión, que se hallaban a merced de la crueldad y abuso de los autores. El general Bachelet fue detenido […]

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