Lo anterior, sin perjuicio de la defensa de sus propios derechos o la de sus parientes próximos, como hijos, cónyuge, hermanos o padres, como se encuentra establecido en el Código Orgánico de Tribunales.
En la actualidad, a los jueces letrados de policía local, fuera de no estarles permitido litigar ante los juzgados de policía local, pueden hacerlo ante cualquier otro tribunal de la República y, en general, les está permitido ejercer libremente la profesión de abogado.
Para Jaramillo, lo anterior, tiene una explicación histórica, referida a que los jueces de policía local conocían de muy pocas materias, muy específicas y restringidas, asociándoseles en particular con las contravenciones a la ley del tránsito.
Se trata de otro punto de vista dijo- de jueces que no pertenecen al poder ejecutivo, sino que dependen de la administración comunal, y sólo para los efectos correccionales y administrativos, se encuentran sujetos a la superintendencia de las Cortes de Apelaciones. Lo cierto es que a un juez de policía local, al no formar parte del Poder Judicial, le está vetada la posibilidad de hacer carrera funcionaria.
El parlamentario señaló que por esas razones, se creía necesario compensar de cierta manera, la labor -casi de tipo social- que realizaban estos jueces, permitiéndoles ejercer libremente su profesión de abogado, lo cual era perfectamente compatible, al menos en términos horarios, ya que tradicionalmente los juzgados de policía local sólo funcionan media jornada.
Se debe considerar también, que los sueldos de estos jueces, dependiendo de la comuna en que sirven sus cargos, nunca destacaron por ser atractivos, indicó.
La situación de la judicatura de policía local ha ido variando paulatina y considerablemente. En la actualidad, los jueces no sólo conocen de contravenciones a la ley del tránsito, y unas pocas otras materias, sino que tienen, una competencia amplísima.
Lo anterior, ha significado mejorar en un 30 por ciento, las remuneraciones de los jueces de policía local, pues, ha aumentado considerablemente la carga de su trabajo, precisó.
En la actualidad, los jueces de policía local que ejercen libremente la profesión de abogado, lo hacen, las más de las veces, en el mismo territorio jurisdiccional en que ejercen sus competencias.
Para el legislador, lo anterior significa, sobre todo en el caso de aquellos que litigan, que se relacionan, en calidad de co litigantes, con los mismos abogados que luego defienden causas en sus tribunales, lo que les resta imparcialidad y aún hace recelar de una correcta administración de justicia.
La iniciativa consta de dos artículos, se hace extensiva también a los secretarios abogados y contempla que los jueces y secretarios que actualmente se encontraren patrocinando causas, podrán continuar haciéndolo hasta el término del proceso.
Estoy convencido que este proyecto garantizará una mejor justicia, finalizó Jaramillo.
Valaparaíso, 30 de enero 2007
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