La autoridad fiscalizadora estima importante informar que a este respecto se han recibido reclamos debido al anuncio de cobro , que realizaron algunas empresas sanitarias por concepto de reposición de medidores y arreglo de arranques que han sufrido daño por el congelamiento del agua en su interior.
Con el fin de clarificar esta situación, esta Superintendencia ha considerado necesario precisar lo siguiente, conforme a lo establecido en la legislación y normativa vigente y señalar las responsabilidades correspondientes, sostiene un comunicado oficial.
Es responsabilidad del prestador la mantención y reposición del parque de medidores en uso, sin perjuicio del deber de buen uso y vigilancia que corresponde a cada usuario sobre su medidor y el nicho que lo guarnece, dice la nota de prensa.
En consecuencia, señala la SISS que el reemplazo del medidor es de cargo del prestador, salvo que su funcionamiento haya sido afectado por el mal uso, destrucción o sustracción imputables al usuario, lo que debe ser debidamente comprobado y sólo en esos casos el prestador podrá cobrar el usuario el costo de la reposición necesaria.
En el caso específico de las roturas que sufra el medidor por efectos de las bajas temperaturas y congelamiento, al no ser imputables al usuario, el costo de su reparación corresponde asumirlo al prestador sanitario, finaliza el comunicado.
Santiago de Chile, 13 de julio 2007
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