Indicó que las recientes medidas de la banca en orden a restringir el otorgamiento de créditos de consumo, atendido el alto nivel de endeudamiento doméstico, constituyen una señal de alerta de un problema que tarde o temprano afectará a las familias.
Según el legislador los pasivos de los hogares chilenos vienen experimentando un significativo incremento desde hace ya varios años, estimándose que hoy cerca del 60% de los ingresos mensuales está comprometido en el pago de obligaciones financieras y comerciales. Se estima, asimismo, que el monto total de las deudas de los hogares chilenos equivalen, en promedio, a unas 9 veces los ingresos mensuales.
Se trata de niveles bastante elevados expresó el parlamentario señalando que ellos se incrementaron en un período especialmente positivo de la economía nacional, con una recuperación del empleo importante, con un dólar bajo que abarató el valor de ciertos bienes de consumo de gran atractivo y, además, con bajas tasas de interés.
Sin embargo, para el senador socialista, es imprescindible que la sociedad y sus instituciones estén preparadas, también, para períodos no tan positivos, respecto de lo cual destacó la enorme falencia que significa la inexistencia de normas referidas a la insolvencia familiar.
Así como la banca ha adoptado sus resguardos, es imprescindible que la sociedad entera adopte los propios y, especialmente, que legislemos para enfrentar situaciones de grave endeudamiento de los hogares. enfatizó Muñoz.
El parlamentario ingresó hace algunos meses a trámite legislativo un proyecto de ley destinado a establecer un sistema de regulación de la insolvencia a nivel familiar, el que contiene un procedimiento preventivo arbitral y otro judicial para hacer frente a estas dificultades económicas.
Se trata explicó – de darle a los grupos familiares muy endeudados las herramientas para hacer frente en mejores condiciones a estas dificultades, evitando que sucesivos juicios afecten buena parte de sus bienes.
En una primera etapa agregó – un arbitro reunirá al deudor con todos sus acreedores con el objeto de buscar arribar a acuerdos razonables de pago que le permitan pagar sin comprometer gravemente su subsistencia.
Si aquello no resulta posible se faculta al deudor para que, ante el inicio de un juicio ejecutivo o de cobranza por parte de uno de sus acreedores, interponga una excepción de insolvencia grave, iniciándose un juicio al que serán llamados todos quienes posean créditos en su contra, buscándose, esta vez por parte del Juez, mecanismos razonables de pago, incluyéndose la facultad para condonar o atenuar intereses y cobros abusivos y, en último término, obtener el máximo rendimiento de sus bienes.
Santiago de Chile, 26 de octubre 2007
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