CHILE, CAMINO AL PARAÍSO TRIBUTARIO

 Cuando el terremoto del 27 F hizo necesario aumentar los recursos del Estado para la reconstrucción, el Presidente Piñera hizo aprobar la Ley 20.469 que modificó el impuesto específico a la minería –el mal llamado “royalty”-, persiguiendo aumentar en algunos cientos de millones de dólares la recaudación proveniente de las mineras.

 A raíz de este aumento del “royalty”, se publicaron profusos “estudios” y análisis del gobierno y  las mineras, que sostenían que la tributación total de la minería se situaría entre las más altas del mundo. Sumando impuesto a la renta y “royalty” se alcanzaría al 41%, lo que a la vez sería la tributación más alta que jamás hayan pagado las empresas mineras en Chile. Ambas afirmaciones son falsas:

 En los países del OCDE, organización a cual Chile se jacta de pertenecer,  la tributación sobrepasa el 50%, sumando tributación de la empresa y tributación personal del empresario. En Chile solo se paga el impuesto personal a la renta: el impuesto de primera categoría, que pagan las empresas, es deducible del impuesto personal y en consecuencia se les devuelve a los empresarios.

 Por otra parte, una tasa de 41% está muy lejos de ser la mayor que han pagado las empresas mineras en Chile: hasta la Nacionalización del cobre en 1971, las mineras extranjeras pagaban un impuesto de 52,5% sobre las utilidades.

 En 1977, el DL 1748 -que modificó el DL 600- otorgó por primera vez invariabilidad tributaria por 20 años a la inversión extranjera. Quienes se sometían a esta invariabilidad debían pagar un impuesto adicional a la renta de  49,5%, que era 14,5% superior al impuesto adicional general que era y es actualmente de solo de 35%. El marzo de 1993, con la Ley 19.207, la tasa de la invariabilidad tributaria pasó de 49,5% a sólo 42%.

 Esta tasa de 42% estuvo vigente hasta el año 2005, cuando con la Ley 20.026 de Impuesto Específico a la Minería (o royalty 2), las mineras tuvieron que renunciar a la invariabilidad tributaria de 42%, quedando sometidas a la tributación general de 35%. A ese 35% se debía agregar el 4% de nuevo impuesto específico a la minería, y la tributación total pasó a 39%, es decir 3% menos de lo que las mineras pagaban hasta el 31 de diciembre de 2005.

 Ahora, con la Ley 20.469 de modificación del royalty del Presidente Piñera, el lobby del cobre a través de su prensa sostuvo que la tributación total de las mineras subiría hasta el 41%, “la más alta jamás pagada en Chile”. Sin embargo esta ley de “aumento” tributario fue un fiasco, porque en los años 2012 y 2013 la recaudación del royalty es apenas la mitad del año 2006.

 Pero aunque fuera cierto que se alcanzó el 41% de tributación para las mineras, como hemos visto, es mucho más baja que el 52,5% de antes de la nacionalización, inferior al 49,5% de Pinochet a partir de 1977, y aún menor al 42% de la Concertación a partir de 1993. En consecuencia existe aún un amplio margen para aumentar la tributación de las mineras extranjeras hasta el 49,5% que tenían que pagar en tiempos de Pinochet.

 La casi la totalidad de las empresas mineras iniciaron sus inversiones en Chile antes de 1993, cuando la invariabilidad tributaria era de 49,5%, y no pueden alegar ahora cambios en las reglas del juego,  si se les vuelve aumentar hasta el 49,5% que existía hasta 1993. Aumentar la tributación minera, no solo se justifica porque es aún muy baja, incluso con el nuevo “royalty”, sino y sobre todo, porque desde la Ley 20.026 ya no existe invariabilidad al impuesto a la renta. La actual invariabilidad tributaria concierne sólo el impuesto específico a la minería, la patente minera y un factible verdadero royalty o regalía minera.

 Se debería aumentar el Impuesto Adicional a la Renta (35%), que pagan los extranjeros que tienen ingresos de fuente chilena, cualquiera sea su actividad. Dicho impuesto era de 40% hasta 1987, y nada impide que vuelva a ser de 40% porque no beneficia de invariabilidad tributaria, y además no existe ninguna razón para que los empresarios extranjeros paguen menos que los empresarios chilenos sujetos al 40% de Impuesto Global Complementario, es decir, 5% más que los extranjeros.

 Es una discriminación arbitraria que los empresarios extranjeros paguen menos impuestos que empresarios chilenos, y por consiguiente aumentarlo a 40% no es justo solo económicamente sino también desde el punto de vista constitucional en virtud del principio de igualdad ante la ley.

 Es hora de poner los puntos sobre las ies y ajustar la tributación minera, porque necesitamos esos recursos para financiar la educación pública gratuita, como era hace 60 años cuando producíamos 11 veces menos cobre que hoy día.

 La mayoría parlamentaria de la Nueva Mayoría en el Congreso Nacional basta para aprobar este acto de justicia. Pero ¡Oh dificultad! La Nueva mayoría tiene un programa que no contempla educación pública gratuita y no toca ni con el pétalo de una rosa a la  minería. Y según los jerarcas de esta coalición: el programa se respeta.

 Su proyectada reforma tributaria, en vez de aumentar el impuesto a los empresarios extranjeros a 40%, ¡rebaja el impuesto a los empresarios chilenos de 40% a 35%! La cancha se empareja rebajando el impuesto a los más ricos y no tocando a los extranjeros, con especial cuidado de no tocar a las mineras extranjeras. Vamos camino al paraíso tributario. Ahora solo es de esperar que cuando falten recursos para cumplir el programa ¿?, no nos vuelvan a aumentar el IVA, que era sólo de 16% en 1989, al terminar Pinochet.

 Por  Julián Alcayaga O. (ONG Chile-Cobre)

Crónica Digital, 18 de febrero 2014

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