TRES PROVINCIAS CUBANAS EN FASE DE RECUPERACIÓN TRAS PASO DE MATTHEW

Las provincias de Santiago de Cuba, Holguín y Guantánamo pasaron hoy a la etapa de recuperación tras el paso del huracán Matthew por el oriente de este país, anunció hoy el Estado Mayor Nacional de la Defensa Civil.

 

Teniendo en cuenta que el meteoro se aleja progresivamente de Cuba, se decidió también pasar a la normalidad a los territorios de Granma, Las Tunas, Camagüey, Ciego de Ávila, Sancti Spirítus, Villa Clara, Cienfuegos y Matanzas, refirió la nota informativa número cinco emitida por esa entidad.

De acuerdo con el texto, durante la etapa de recuperación se deben evaluar los daños y necesidades, y adoptar las medidas que permitan restablecer en los plazos más breves los servicios vitales afectados, con especial atención a las estrategias sanitarias y de saneamiento ambiental.

Se atenderá, asimismo, la seguridad en viales interrumpidos y se mantendrá la vigilancia sobre el escurrimiento del agua y las inundaciones costeras que puedan producirse durante el alejamiento del huracán.

El Estado Mayor reitera a la población la necesidad de cumplir disciplinadamente las medidas que se orienten por las autoridades locales, para evitar accidentes y otras situaciones que pongan en riesgo la integridad física de las personas durante la acciones de restablecimiento.

Al mismo tiempo, reconoce a la población y a los órganos de dirección en todos los niveles por la solidaridad mostrada y el cumplimiento disciplinado de las orientaciones durante la respuesta a este evento.

En coordinación con el Instituto de Meteorología se continúa dando seguimiento a la trayectoria y comportamiento de este organismo ciclónico, agregó la nota.

Matthew, que tocó tierra cubana ayer con categoría cuatro en la escala Saffir-Simpson, de un máximo de cinco, dejó bastante destrucción en el extremo oriental del país, aunque sin provocar hasta el momento pérdidas humanas.

Imágenes publicadas en redes sociales y varios medios de prensa muestran derrumbes parciales y totales, inundaciones costeras y otros daños ocasionados por el fenómeno meteorológico.

La Habana, 5 de octubre 2016
Crónica Digital / PL

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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DECLARA INCONSTITUCIONAL JUICIOS POR GIRO DOLOSO DE CHEQUES EN CONTRA DE MARCEL CLAUDE

Mié Oct 5 , 2016
Con fecha 5 de octubre de 2016, el Tribunal Constitucional publicó el fallo que declara inaplicable el carácter de delito a los cheques emitidos durante la campaña presidencial, es decir, de acuerdo al Tribunal Constitucional, esas operaciones en las que se emitieron cheques en garantía, con el consentimiento de todas las partes, no constituyen delito ni fraude ni estafa, no habiendo dolo por parte del emisor del cheque, por lo que la condena de que fue víctima Marcel Claude por giro doloso de cheques, constituye una sanción que vulnera garantías constitucionales y es, entonces, inconstitucional. Esto avala lo que siempre hemos dicho, los cheques que se emitieron durante la campaña se hicieron siempre con el consentimiento de los receptores de dichos documentos y con la aceptación de que dichos pagos estaban sujetos a la devolución del Servicio Electoral.  Nunca hubo engaño, ni estafa, ni el ánimo de dañar a quienes lo recibieron, pues ellos estaban conscientes de que dependía de los resultados electorales la posibilidad de pagar dichos documentos.  También hemos dicho que la falta de fondos para cubrir esos pagos se explica por la inexcusable práctica del Partido Humanista de apropiarse indebidamente de los pagos del Servicio Electoral que éste organismo destina al financiamiento de campañas, los que fueron a parar a las arcas de dicho partido, que recurrió para ello a la emisión de boletas y facturas ideológicamente falsas. El fallo del Tribunal Constitucional se suma a lo resuelto el 13 de diciembre de 2013 por el Tribunal de Familia quien reconoció que no correspondía aplicar ninguna medida de apremio en contra de Marcel Claude y que se vulneraron sus derechos constitucionales al impartirse orden de arresto, dado que no fue garantizado su derecho al debido proceso, tal como establece la constitución en su artículo 19. Quiero agradecer la notable gestión del abogado Pablo Méndez, quien no sólo realizó una excelente defensa jurídica logrando un fallo ampliamente anhelado y necesario para la causa de la justicia, sino que, además, lo hizo completamente gratis, lo que habla de la nobleza que aún reside en el espíritu humano.  Fue él también, la única persona que se mantuvo firme y leal cuando todos huyeron y abandonaron la causa. Este fallo viene también a revertir toda la nefasta política de difamación realizada en contra de Marcel Claude, la que se explica necesariamente por el imperativo de desacreditar y desahuciar el proyecto político que se levantara con la candidatura de 2013 y que busca refundar la patria y construir la sociedad de derechos desaparecida con la dictadura cívico militar que dura ya 43 años. El fallo puede verificarse en la página del Tribunal Constitucional:http://www.tribunalconstitucional.cl/wp/ Marcel Claude Santiago de Chile, 5 de octubre 2016 Crónica Digital

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