ÚLTIMO INFORME SOBRE ACTUAR POLICIAL DEL INDH CONSTATA QUE PERSISTEN SITUACIONES DE VIOLENCIA

En 2016 un 75% de las marchas observadas por el Instituto Nacional de Derechos (INDH) culminó con acciones represivas por parte de Carabineros de Chile; mismo año que se registró una disminución del uso de gases lacrimógenos de un 88 % en 2015 a un 62,5 % en 2016; también se vieron denuncias de golpes con resultado de lesiones y desnudamientos a personas detenidas;  y el uso de armas no letales y letales en el contexto del conflicto del Estado y el pueblo mapuche.

Todo lo anterior, forma parte del Informe Programa de Derechos Humanos, Función Policial y Orden Público 2016, realizado por el INDH y que en su quinta edición da cuenta del seguimiento al actuar de Carabineros y de la Policía de Investigaciones en el marco de manifestaciones sociales, de personas bajo custodia policial, de desalojos forzosos y de grupos vulnerables. Además de la respuesta estatal ante posibles casos de violaciones de derechos.

Respecto de este último punto el Instituto determinó las responsabilidades políticas del Estado en el actuar policial, concluyendo que faltan respuestas por parte del Ministerio del Interior y Seguridad Pública respecto de algunas situaciones, por ejemplo un incumplimiento en la actualización de las cifras de controles preventivos de identidad efectuados trimestralmente (Ley Corta Antidelincuencia).

En la misma línea, se detectó una falta de sistematización de los datos entregados por parte de la Policía de Investigaciones y de Carabineros de Chile, e incongruencias en informaciones solicitadas al Ministerio Público, al Poder Judicial y a la Defensoría Penal Pública.

Informe

Es así como el INDH constató que en las manifestaciones públicas hay una falta de focalización en el uso de la fuerza por parte de Fuerzas Especiales, repercutiendo su actuación en algunas ocasiones en más del 50% de las personas asistentes. Asimismo, se observó que el 43% de las manifestaciones culminan con heridos.

Respecto de personas que se encuentran bajo la custodia policial se reveló una ausencia de constatación de lesiones de quienes son detenidos, privaciones de libertad arbitrarias, y malos tratos físicos y psicológicos.

Este mismo informe también da cuenta de la función policial y de su relación con grupos vulnerables, por ejemplo con el pueblo mapuche. En este ámbito informa sobre la existencia de numerosos casos de violencia cometidos en el contexto del conflicto del Estado con el pueblo mapuche que han afectado a comuneros/as y también a personal de Carabineros de Chile, y el uso de armas no letales y letales que ocasionaron daños en la integridad física y psíquica de las personas.

En relación con esto último, según el INDH, existe una ausencia de control interno en el uso de este armamento y en el cumplimiento de estándares internacionales que regulan esta materia.

En términos del trabajo de carabineros en el contexto de desalojo de personas, en algunos casos, como campamentos, se constató que sus protocolos resultan insuficientes para delimitar su accionar. En los prácticos el INDH dice que el uso de la fuerza aplicado no ha respetado los principios de necesidad y proporcionalidad en estas situaciones.

Casos emblemáticos

El estudio emitido por el Instituto aborda casos emblemáticos ocurridos en 2016, por ejemplo las agresiones que sufrieron dos funcionarias del INDH de la sede Antofagasta, que fueron detenidas arbitrariamente y agredidas por Carabineros cuando intentaban visitar a los/as detenidos/as luego de una marcha, función facultada por ley al INDH.

También el caso de una mujer embarazada que abortó a su hijo producto de la agresión por parte de una funcionaria de la 3ª Comisaría de Santiago; los manoseos de los que habrían sido víctimas alumnas del Liceo Manuel de Salas detenidas en una manifestación, y los desnudamientos que habrían sufrido otros jóvenes.

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CUT RECHAZA CATEGÓRICAMENTE INTENTO DE PRECARIZAR EMPLEABILIDAD DE ESTUDIANTES DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Jue Jun 21 , 2018
El Consejo Directivo Nacional (CDN) de la CUT, de manera unánime rechazó el Proyecto de Ley -tanto en su modalidad original de “Estatuto Laboral” o como “Contrato Especial” tras nuevas indicaciones- para Estudiantes de Educación Superior, reafirmando que formalizar y fomentar el trabajo juvenil de estudiantes de educación superior, depende del Ministerio de Educación a través de su plataforma de beneficios estudiantiles.  De esta forma, el CDN, en su sesión del pasado jueves, entregó su pleno respaldo a la Secretaría de Asuntos Juveniles de la CUT (Sejucut), cuyos miembros ya habían rechazado este proyecto de ley que el Gobierno de Sebastián Piñera reflotó en abril pasado dándole urgencia simple a su tramitación, siendo por lo tanto, el segundo intento de Piñera de legislar en torno al empleo juvenil, pues el citado proyecto permanecía durmiendo en el Congreso desde el año 2013 y que lo buscaba era crear un Estatuto Laboral especial para alumnos que opten por combinar trabajo con sus estudios de educación superior. La Sejucut junto a organizaciones juveniles de la Región Metropolitana, tras el análisis pormenorizado del cuerpo legal, rechazaron de lleno su contenido “debido principalmente a que obviaba derechos laborales estipulados en el actual Código del Trabajo y porque va en la línea de institucionalizar las condiciones laborales precarias en la que se encuentra la juventud”, señalaron a través de una declaración pública. Entre los argumentos para exigir su retiro, los dirigentes precisaron que este proyecto de Estatuto Laboral: desconoce el principio de estabilidad en el empleo; niega indemnización por años de servicio; genera desprotección ante despidos y dudas a la posibilidad de sindicalización; no reconoce el vínculo laboral indefinido posterior a dos años de servicio; niega la posibilidad de acceder a ciertos beneficios sociales (subsidio al empleo, subsidio previsional a trabajadores jóvenes, subsidio al empleo de la mujer, o a cualquier otra bonificación a la contratación de mano de obra o de naturaleza homologable); al ser 30 horas semanales la jornada laboral bajo esta contratación, las remuneraciones serían aproximadamente de $180.000 y sin derecho a ningún subsidio ni bonificación para completar salario; no crea regulación de cuánto es el máximo de personal contratado bajo esta modalidad, permitiendo así el reemplazo de trabajadores contratados por jornada completa; deja en suspenso prenatal y post natal; queda en suspenso la real jornada laboral diaria del joven trabajador, pudiendo alcanzar hasta 14 horas de trabajo al día; y vulnera el convenio marco del Trabajo Decente -firmado el año 2008 por el Gobierno de Chile, la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y la OIT- el cual señala que para promover el Empleo Juvenil se debe crear “un espacio tripartito de seguimientos de políticas y programas destinadas a este propósito… aumentando las bases de conocimiento para promover nuevas iniciativas en la materia.” El firme convencimiento de que este proyecto conllevaba funestas consecuencias para el mundo del trabajo juvenil, impulsó a los dirigentes a iniciar una serie de acciones que los llevó al Congreso para dejar de […]

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