Por Francisco González Losada FISCALÍA NACIONAL: ¿AL SERVICIO DE LA JUSTICIA?.

El reconocimiento de la dignidad inherente a todos
los miembros de la familia humana y de sus derechos
iguales e inalienables constituye el fundamento de la
libertad, de la justicia y de la paz en el mundo.

Poco tiempo después de finalizada la segunda guerra mundial, y tras ser aprobada por una amplia mayoría, la Asamblea General de las Naciones Unidas entrega al mundo y  a las futuras generaciones la “Declaración Universal de los Derechos Humanos”. Algunos años más tarde, el carácter universal de esa declaración es innegable y prácticamente la totalidad de los países del orbe han suscrito algunos de los tratados que de ella se desprenden.

En el caso particular de Chile, cómo no recordar los millones de reproducciones que todas las juventudes políticas, organizaciones sociales, sindicatos y federaciones de estudiantes hicieron de dicha declaración durante los negros años de la dictadura. Dicha declaración -para todos los luchadores anti dictatoriales- era un norte, una guía y un modelo que graficaba claramente el tipo de país que aspirábamos construir.

Sin embargo, una vez conquistada la democracia y en contraste a los escasos tres años que costó poner de acuerdo a 58 países para aprobar la citada declaración, instaurar en la institucionalidad política chilena los instrumentos que permitan velar por el respeto irrestricto de los derechos humanos, ha sido un proceso incomprensiblemente más largo y engorroso, mucho más de lo que debiera esperarse en el siglo XXI.

Esto, sin embargo, no es algo nuevo; la derecha chilena, no conforme con haberse opuesto en bloque a cualquier tipo de reforma que apuntara a dar garantías a todos los involucrados para tener acceso a un debido proceso, se ha dedicado sistemáticamente a poner trabas en todas y cada una de las discusiones legislativas que propendan a establecer una cultura de respeto a la dignidad de las personas y a sus derechos humanos fundamentales, con el evidente propósito de no abrir brechas en un modelo donde ellos han sido los grandes ganadores. Prueba de lo anterior, es decir de su visión respecto a estos  temas, son las declaraciones impúdicas e incomprensibles a nivel mundial de Mauricio Rojas, ministro de las Culturas y las Artes de Sebastián Piñera, más conocido como “Mauricio el Breve”, refiriéndose al Museo de la Memoria: “más que un museo se trata de un montaje cuyo propósito, que sin duda logra, es impactar al espectador, dejarlo atónito, impedirle razonar”.

Existen otros claros ejemplos de cómo el bloque gobernante y muchos de sus cuadros (reconocidos o no) se esfuerzan en impedir el paso a la historia y tratan de impedir por distintas argucias la instalación de un modelo de respeto a la dignidad humana y a los derechos de las personas, lo cual reafirma que la batalla por terminar con la dictadura, aún no ha terminado.

En este contexto y dado el rol protagónico que está queriendo asumir en esta cruzada regresiva, daremos desde esta tribuna una rápida pero concienzuda mirada, al rol del Ministerio Público o Fiscalía Nacional, la cual pareciera estar más interesada en transformarse en un pilar más de esta red de poderes, que en un instrumento eficaz al servicio de la justicia.

Este Ministerio (o Fiscalía como prefieren hacerse llamar, aun contraviniendo lo establecido en su propia ley orgánica y lo cual ya da luces de su am-vision estratégica), fue creada hace ya 21 años como resultado de la reforma procesal penal, la cual se implementa bajo el gobierno de Eduardo Frei Ruiz Tagle, con el objetivo de remplazar el proceso inquisitorio vigente en Chile desde el periodo colonial, cuyas raíces habían sido mantenidas -incluso-  en el Código de Procedimiento Penal de 1906. Para darnos una idea de lo que esto significa en términos sociológicos, es bueno recordar los procesos que se vivían en esos años en el resto del mundo civilizado.

La misión de la fiscalía, tal cual ellos mismos la definen en su sitio web, es la siguiente: “Somos la institución pública y autónoma que dirige exclusiva y objetivamente las investigaciones penales; ejercemos la acción penal pública proponiendo la mejor solución al conflicto penal, dentro del marco legal establecido, teniendo presente los intereses de las víctimas y de la sociedad, protegiendo a las primeras, como asimismo a los testigos de delitos.”

No obstante esta declaración (discutible y argumentable desde una perspectiva de respeto a los derechos humanos, ya que omite toda referencia al imputado), el rol jugado por esta institución durante muchas ocasiones, demasiadas para ser consideradas estadísticamente irrelevantes, ha estado absolutamente divorciada de su misión y los resultados obtenidos pareciera que no se condicen con la enorme cantidad de dinero que cuesta al Estado de Chile su mantención. Sueldos millonarios de los fiscales (equivalentes a casi 30 sueldos mínimos), sólo comparables a los de diputados y senadores,  los cuales, sin embargo (sin ánimo de excusarlos), son elegidos por la ciudadanía mediante un proceso electoral transparente y apegado estrictamente a las reglas del juego democrático.

Pero más allá de ingresos mensuales y de los resultados obtenidos en lo que dice relación con su misión y comparados éstos con los obtenidos en el antiguo sistema, cuestión que será materia de una próxima columna, hoy queremos llamar la atención sobre un hecho peligroso en el accionar de sus fiscales y del cual el Fiscal Nacional Sr. Jorge Abbott, pareciera no estar dando cuenta a su debido tiempo.

Filtraciones indebidas (y prohibidas) a la prensa con una clara intencionalidad política

El Estado de Derecho en Chile garantiza, y parte de la premisa básica, que todo ciudadano es inocente hasta que se pruebe lo contrario, toda vez  que la presunción de inocencia es un Derecho Humano inalienable. Cualquier cosa distinta es un regreso a los tiempos de la inquisición.

En consecuencia, el Estado de Chile pone a disposición de los fiscales, aparte de sus jugosos ingresos mensuales (la tabla que se muestra  suponemos que no incluye bonos, viáticos y otros beneficios), a las policías de investigaciones y carabineros, además del Servicio Médico Legal y el Instituto de Salud Pública, para – mediante un trabajo serio y profesional – conseguir formalizar y probar la culpabilidad de los imputados, es decir, de aquellos que se presume podrían tener algún grado de responsabilidad en el delito cometido.

No obstante lo anterior, resulta, por decir lo menos, curiosa la facilidad con que la prensa accede a carpetas completas de investigación que sólo podrían tener los fiscales y que en cualquier caso son de su directa y exclusiva responsabilidad.

 

SUELDOS DEL FISCALÍA NACIONAL

GRADO

TOTAL HABERES

1

  9.349.854   

2

  9.349.856   

3

  6.915.276   

4

  6.462.661   

5

  5.680.795   

6

  5.049.449   

   

Miles de páginas y horas de televisión y radio en los cuales los nombres de las víctimas, testigos (que se suponen deben cuidarse para ayudar a la investigación) e  imputados (sobre los cuales recae escasamente una presunción subjetiva del fiscal), son ventilados con escarnio en la prensa nacional, dependiendo del grado de amarillismo de la investigación en la cual se han visto envueltos.

Esto también tiene sus implicancias políticas y sería una ingenuidad pensar lo contrario. Mientras por un lado no se conoce de declaraciones filtradas a la prensa por los protagonistas de uno de los más grandes escándalos de pedofilia a nivel mundial, por otro lado resulta icónico el bullado “caso Bombas” y sus más de tres años de investigación, periodo en el cual una serie de fiscales pasaron a ser casi figuras televisivas derrochando miles de millones de pesos en la instalación de verdaderos montajes hollywoodenses que en nada aportaron a la investigación y operativos que devinieron en violaciones masivas a los derechos humanos de decenas de chilenos que -más allá de sus creencias políticas o particulares formas de vivir- resultaron inocentes de todas las acusaciones. En contraste, nunca vimos al Fiscal Nacional pidiendo disculpas a la ciudadanía ni a los supuestos victimarios por la vejación a la que esta institucionalidad les sometió, ni mucho menos compensarles por el daño moral y de imagen que estas irresponsabilidades les provocaron.

Dan lo mismo los apellidos ni el tipo de causas en un estado de derecho. EL debido proceso es un bien superior que conquistamos con “sangre, sudor y lágrimas”. El carácter de una investigación es secreta y debería –por una cuestión moral y de ética en el ejercicio del cargo- renunciar de inmediato el fiscal cuya causa cae en manos de la prensa; da lo mismo la inclinación o militancia política de los involucrados, no importa si el caso bajo investigación es Penta, Lavín, Blanco, Dávalos, Longueira Wagner, Lagos o Moreira. Detrás de cada persona existe un nombre, una familia, hijos y sobre todo, existe el derecho inalienable de cada uno a exigir que sus derechos humanos sean respetados, de tal manera que el juicio ciudadano sólo pueda darse con objetividad, cuando el proceso completo haya finalizado. Si bien es cierto esto no evitará que la prensa  investigue y denuncie aquellos casos que les interese porque tengan una mayor connotación pública, de lo que se trata es de que la  fiscalía realice su labor en estricto apego a la legalidad, respetando los derechos de las víctimas y no transformándose en cómplice o derechamente victimaria  con sus constantes filtraciones o declaraciones “en off” a los medios.   

El Ministerio Público debería -sin lugar a dudas- dedicarse a ser consecuente y fiel con su “visión”: “Ser una institución confiable, integrada por personas con vocación de servicio público, reconocida por la sociedad por su eficacia en la persecución penal, que involucra a víctimas y testigos en todo el proceso penal”.

Los Fiscales están dentro de los funcionarios públicos mejor remunerados de toda la administración; sin duda, ellos están entre la clase privilegiada  que cuenta con sueldos millonarios y por tanto, no es mucho pedir que honren sus cargos y que, responsablemente, cuiden los recursos que son de todos los chilenos. Nunca supimos cuánto costaron los juegos de guerra del caso bombas, o cuánto costó  todo el proceso de investigación del caso Penta, Compagnon – Dávalos o lo que se ha gastado hasta el momento en la investigación del caso de la niña Lisette en el Sename (investigación que, por lo demás, es sólo para intentar probar si es que hubo algún tipo de delito); lo cierto es que en todos estos casos los involucrados fueron primero quemados en la hoguera bajo la acusación de brujos y todo basado en filtraciones previamente “filtradas” desde las propias fiscalías, de tal manera de “armar un caso” comunicacional con el único propósito de “transvestizar” a los neo-inquisidores en “paladines de la transparencia”.

EL Ministerio público o la Fiscalía, como -insistimos- les gusta hacerse llamar, no es el brazo judicial ni inquisidor de la derecha chilena, es y debe ser una entidad que, respetando los derechos humanos de las víctimas, victimarios y testigos en las investigaciones, sea capaz de cumplir eficaz y eficientemente con su función, la cual es según ellos mismo definen: “ dirigir la investigación de los delitos, llevar a los imputados a los tribunales, si corresponde”. Eso, nada más pero tampoco nada menos.

 

1.-«Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de la las Naciones Unidas el 10 diciembre 1948.
2.-https://www.latercera.com/reportajes/noticia/mauricio-rojas-polemica-dichos-museo-la-memoria-hoy-esta-lejos-lo-debo-quiero-decir/278746/
3.-
Se entiende por Investigación Penal, para la Ley de los Órganos de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas (2.007), el conjunto de diligencias orientadas al descubrimiento y comprobación científica del delito, sus características, la identificación de sus autores o partícipes, así como el aseguramiento de sus objetos activos y pasivos. En esta investigación penal, por orden de la ley, se deben respetar los principios referentes a los derechos humanos y al debido proceso, con expresa consideración de la presunción de inocencia, derecho a la libertad, y respeto a los procedimientos establecidos. La actividad e investigación penal será reservada para los terceros.
4.- http://www.fiscaliadechile.cl/Fiscalia/quienes/index.jsp

Por Francisco González Losada
Analista político

Santiago de Chile, 25 de septiembre 2018
Crónica Digital

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