CENDA RECHAZA REFORMA PENSIONES PIÑERA

CENDA rechazó hoy terminantemente el proyecto de reforma previsional anunciado al país por el Presidente Piñera mediante mensaje publicado el 28 de octubre 2018 y actualmente en trámite parlamentario.

Éste aumenta brutalmente el impuesto al trabajo, con efecto negativo en empleo y salarios, no mejora significativamente el pequeño aporte de las AFP a las pensiones, pero duplica los enormes excedentes de cotizaciones desviados a perpetuidad hacia los mercados financieros, a disposición del gran empresariado.

Ésta es la verdadera causa de las bajas pensiones y el déficit fiscal, puesto que el Estado se ve forzado a la irracionalidad de endeudarse para financiar cuatro quintos de las bajas pensiones que se pagan actualmente en el país, mientras  “ahorra” en inciertos mercados financieros, reiteradamente y sin retorno, el grueso del impuesto al trabajo que, en sus niveles actuales, permitiría duplicar los beneficios de hoy, y sustentarlos hacia el futuro.

Al rechazar el gobierno la reiterada solicitud de separar la discusión del modesto y necesario incremento propuesto para el pilar solidario, lo condiciona a la agravación de este abuso e irracionalidad.

Por estos motivos, que se detallan a continuación, CENDA solicita respetuosamente al Parlamento considerar el rechazo a la idea de legislar este proyecto.

Ver texto y video presentación:

Presentación ante Comisión de Trabajo y Seguridad Social Cámara de Diputados

Santiago de Chile,  22 de abril 2019

Crónica Digital

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JUSTICIA ORDENÓ INDEMNIZAR A MATRIMONIO SOMETIDO A TORTURAS EN VILLA GRIMALDI

Lun Abr 22 , 2019
El Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a indemnizar a Iván Adolfo Parvex Alfaro y Victoria Jeannette Villagrán Aravena, quienes fueron detenidos en diciembre de 1975 y sometidos a torturas en el centro de detención de Villa Grimaldi, ex cuartel Terranova de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA). En el fallo la magistrada María Merino Verdugo ordenó el pago de la suma total de ciento sesenta millones de pesos, tras establecer la responsabilidad del Estado por el daño moral provocado a los demandantes, quienes fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible tanto en el ámbito penal como civil. La sentencia indica que la determinación se toma “considerando la gravedad de las violaciones a derechos humanos tan esenciales como la vida e integridad física a que fueron sometidos los demandantes con motivo de su detención y tortura por quien está llamado constitucionalmente a resguardarlos, que incluye el tiempo que permanecieron prisioneros -casi un año-, el dolor y aflicción física provocados por la aplicación de torturas, el dolor y aflicción emocional por presenciar las torturas de su marido o mujer respectivamente, la angustia de temer por sus vidas, el hecho de hallarse en un estado de vulnerabilidad, el largo tiempo que vivieron en el exilio, lo que implicó no sólo abandonar intempestiva e involuntariamente sus relaciones laborales, sociales y afectivas, sino que además, implicó insertarse en una nueva idiosincrasia con todo lo que conlleva, es que corresponde acceder a la pretensión de los demandantes, ante el evidente daño moral”. Concluye que “por todo lo expresado se encuentra fehacientemente acreditado en autos la existencia del daño moral ocasionado a los demandantes, debido a las detenciones y torturas cometidos por agentes del Estado, y por el posterior exilio del matrimonio, daños que no es sino una consecuencia inmediata y directa de dichas detenciones”. Santiago de Chile, 22 de abril 2019 Crónica Digital /villagrimaldi.cl

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