Por Cristóbal Videla-Hintze: EL PROBLEMA DE LA CONFESIÓN EN LA IGLESIA CATÓLICA

Hay tres problemas con el rito de la confesión en la Iglesia Católica:

  1. El tema del convenio entre la Iglesia y los Fiscales
  2. El tema de la confesión en los menores de edad
  3. El tema de la confesión en los adultos.

Con respecto al primer tema, que Carlos Peña trata el domingo último en su columna de Opinión de El Mercurio, se resolvió sólo, al más puro estilo del ex-preesidente Ramón Barros Luco, que según dicen, decía que había problemas que se resolvían solos y otros que no tenían solución. En efecto, este problema entre los fiscales y la iglesia se resolvió sólo, pues ambas partes echaron pie atrás en el convenio que fomentaba la colaboración de los curas con los fiscales en los delitos contra menores. Los curas seguirán impávidos y los fiscales harán como si investigaran, pues sabemos que en Chile hay individuos que van a la cárcel y personas como uno que jamás pisan una celda.

El segundo problema es grave: la institución de la confesión de los menores. Aquí se trata de un adulto, el cura, que interroga a un menor, sin ninguna protección, sobre sus faltas a lo establecido, esto es, sobre sus pecados. Yo todavía recuerdo un episodio del año 1954, de hace 65 años, cuando me “tocó” hacer la primera comunión según el rito católico. Yo fui preparado a la confesión. Y cuando el cura me preguntó por mis pecados, le confesé dos o tres pecados leves e insignificantes, porque había reflexionado que el cura no tenía por qué saber mis dos pecados graves (que por pudor me los reservo). En resumen, un niño de 8 años (en este caso un niño rebelde por naturaleza) se enfrenta a un adulto, sin ninguna protección.

Aquí aparece un tema delicado: los derechos de los menores de edad, esto es, menores de 18 años. ¿Es adecuada la conducta del cura de investigar la intimidad de un menor? Al respecto, la Convención de los Derechos del Niño establece en primer lugar que “todo niño tiene derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo, siempre que no vaya en menoscabo del derecho de otros.” Es evidente que la confesión es un mecanismo de disuasión con respecto a ciertas ideas, lo que viola los derechos del niño. En segundo lugar, la Convención de los Derechos del Niño establece que “el niño tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre, y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley.” Es obvio que la confesión restringe estos derechos del niño, especialmente su libertad de pensamiento y de conciencia; y cuidadosamente la Convención acepta que la guía sea de su padre y de su madre, pero no de un tercero, que además es adulto y cura. Creo que merece la pena determinar si la Iglesia Católica viola los Derechos del Niño (menor de 18 años) con la confesión. En caso positivo, la Iglesia Católica debería restringir la confesión solamente s los adultos, esto es, a los mayores de 18 años.

Finalmente, el tercer problema, esto es, la confesión de los adultos tiene dos aspectos principales: su mantención como rito católico; y su relación con la sociedad.

Un primer aspecto es si acaso corresponde mantener la institución de la confesión entre los adultos, a iniciativa de la Iglesia Católica. Si bien es un rito antiguo, cuyos primeros rastros ya aparecen en el siglo III de N.E., en tanto que confesión pública frente al obispo, el establecimiento de la confesión privada, tal como es ahora y sólo frente a un cura, aparece recién en el siglo VII a VIII de N.E. Claramente, que este es un problema que deben resolver internamente dentro de la Iglesia Católica. Uno como ciudadano, lo que puede esperar es que se termine con un rito tan primitivo y la vida de esos feligreses mejore en calidad.

El segundo aspecto de este tercer problema del rito de la confesión católica tiene que ver con la sociedad y es precisamente el que trató de resolver de modo tan cínico el frustrado acuerdo entre los curas y los fiscales. La relación de que estamos hablando tiene que ver con el secreto de la confesión y su comunicación a los fiscales en caso de abusos de menores. Hoy día los diputados chilenos aprobaron una ley que obliga a los curas a comunicar a los fiscales los delitos contra menores que conozcan durante el rito de la confesión católica. Leyes semejantes se han aprobado en 2018 en Australia y en el Reino Unido. Aquí, el columnista de El Mercurio se opone en nombre de la libertad religiosa. ¿Cómo? Si como Vd lo oye, en nombre de la libertad religiosa. Para formarse una idea de lo absurdo de este razonamiento, aunque dudo si debo llamarlo razonamiento, es como si cuando estaba vigente la inquisición católica, se hubiera alguien opuesto a tan brutal práctica, denunciando a los inquisidores torturadores, y hubiese sido acusado de atentar contra la libertad de religión.

En conclusión, y pensando especialmente en don Carlos Peña, parece que se debe condenar cualquier avance de la civilización, por miedo a un cambio positivo de la humanidad y haya que defender todo lo establecido, para reforzar y blindar el capitalismo imperante. La única reacción que se me ocurre frente a esta obstinación compulsiva de defensa de lo establecido es decir junto con Don Quijote: “¡Sancho, deja que los perros ladren. Es señal que avanzamos!»

Prof. Cristóbal Videla-Hintze
Director CEILER

Santiago de chile, 10 de mayo 2019
Crónica Digital

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