Alemania aumenta gastos militares en el marco de la OTAN

Durante 2019, el Ejército alemán gastará cinco mil millones de euros más que en 2018 en tareas dentro de Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), reveló hoy informe oficial.

Según la administración de la canciller federal Angela Merkel esto es un récord y una reacción a las críticas de Estados Unidos.

En el presente año, el Gobierno germano espera gastar unos 47 mil millones de euros para la política militar.

Esto correspondería a un aumento de más de cinco mil millones de euros en comparación con 2018 y a una participación del 1,35 por ciento del Producto Interno Bruto (PIB).

Al menos desde el final de la Guerra Fría, no ha habido tal aumento.
Con estas cifras, Alemania espera poder desactivar la disputa interna de la alianza sobre los gastos de defensa al menos durante un tiempo.

El presidente estadounidense, Donald Trump, señaló que existe un reparto injusto en la OTAN y atacó a Alemania al afirmar que su aporte es bajo.

Según Washington, todos los Estados de la alianza deben destinar al menos dos por ciento de su PIB a ese organismo a más tardar en 2024.

Sin embargo, el gobierno alemán señala que la resolución sólo habla de avanzar en esa dirección.

Según un estudio sobre el gasto militar del Instituto de Investigación para la Paz de Estocolmo, el mundo en su conjunto se está armando, con Estados Unidos como uno de los países que más dinero destina a ese propósito.

Berlín, 17 mayo 2019
Crónica Digital /PL

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Supremazo ambiental: Máximo tribunal declara ilegal negativa del SEA a realizar participación ciudadana en prospecciones mineras

Vie May 17 , 2019
Proyecto “Terrazas” de Laguna Gold fue aprobado el 30 de octubre, previo a lo cual la autoridad ambiental había rechazado a vecinos y organizaciones su solicitud de participación ciudadana argumentando que dichas prospecciones no generaría “beneficios sociales” por tanto no procedía el involucramiento de la comunidad. Un duro revés a la restrictiva interpretación del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) en materia de participación ciudadana en las declaraciones de impacto ambiental propinó la Corte Suprema en un fallo difundido hoy. La sentencia, del 15 de mayo, deja sin efecto la decisión de la Corte de Apelaciones de Coyhaique del 12 de diciembre pasado que rechazó el recurso de protección de los vecinos de Puerto Ingeniero Ibáñez Marlina Orellana y Daniel Soto.  Los pobladores se habían sumado previamente a una solicitud de participación ciudadana de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (Codesa), Corporación Costa Carrera y la Agrupación Aysén Reserva de Vida en el marco de la evaluación del proyecto de 101 plataformas de prospección minera “Terrazas”, de Laguna Gold (controladora de El Toqui). El proyecto “Terrazas” inició su tramitación en enero de 2018.   Dentro del plazo legal las tres organizaciones solicitaron abrir un proceso de participación ciudadana, el cual fue negado por el director regional del SEA, Claudio Aguirre.  El argumento fue que la instalación de plataformas en la zona (a 3,5 kms. de Puerto Ingeniero Ibáñez) no generaría “cargas ambientales”, las cuales se entenderían como “beneficios sociales” y “gravámenes a los habitantes de la localidad donde se realiza”,  debiendo en su interpretación ocurrir obligatoriamente ambas condiciones para permitir que la ciudadanía presentara observaciones por la vía institucional.  En simple, como el proyecto solo generaba perjuicios y no beneficios, no ameritaba participación ciudadana. Este raciocinio fue plasmado en la Resolución Exenta 1.006 del 22 de agosto de 2018, contra la cual los vecinos recurrieron de protección.   El proyecto, junto con las prospecciones “Katterfeld” y “Santa Teresa”, también de Laguna Gold, fue aprobado el 30 de octubre. En su parte medular, el fallo establece que “la omisión del proceso de participación ciudadana legalmente requerido por los actores deviene, entonces, en ilegal, toda vez que impide el efectivo ejercicio del principio de participación consagrado en el Derecho Ambiental Chileno, que la autoridad debía acatar por imperativo legal, aspecto que lesiona la garantía de igualdad ante la ley, al no aplicarse las disposiciones contenidas en los artículos 26 y siguientes de la Ley N° 19.300, que consagran la participación de la comunidad en el Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”. Por ello, “se revoca la sentencia apelada de doce de diciembre de dos mil dieciocho, y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección interpuesto…. en consecuencia, se deja sin efecto la Resolución Exenta Nº 1.006 de 22 de agosto de 2018”. En la práctica, se retrotrae el procedimiento al momento previo a su calificación ambiental favorable, debiendo realizarse un proceso de participación ciudadana formal y luego ser votado. La sentencia impugna la argumentación que ha utilizado el SEA para negar participación ciudadana en los proyectos “Katterfeld” y “Santa […]

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