Justicia reconoce ilegalidad en negativa del gobierno de tramitar refugio a extranjeros

Durante las últimas semanas, la Corte de Apelaciones de Arica y de Antofagasta acogieron tres recursos de protección, dos en Arica y uno en Antofagasta, interpuestos por el Instituto Nacional de Derechos Humanos en favor de 52 personas extranjeras, entre ellos 3 niños/as, que según sus relatos ingresaron a Chile huyendo de sus países de origen y/o residencia habitual en busca de asilo.

Las acciones legales presentadas ante las Cortes de Apelaciones de las capitales regionales señaladas, fueron acogidas en primera instancia, ordenando a las Gobernaciones respectivas que se formalizaran las solicitudes de reconocimiento de la condición de refugiadas/os.

Asimismo las sentencias sostienen que se vulneró su derecho constitucional a la igualdad ante la ley, pues las gobernaciones debieron acceder a tramitar las solicitudes.

Las y los solicitantes provienen de Venezuela, Cuba y Colombia, y se presentaron personalmente ante los Departamentos de Extranjería y Migración de Arica y de Antofagasta, intentando en más de una oportunidad -presencialmente, y de forma verbal y escrita- formalizar sus solicitudes de asilo, lo cual no fue posible, ya que al ser entrevistados preliminarmente por funcionarios de las Gobernaciones, se les comunicó de manera verbal que sus casos no calificaban para ingresar al procedimiento de determinación de la condición de refugiada/o.

Esta práctica de “preadmisibilidad” no se encuentra contemplada en la Ley 20.430 que Establece disposiciones sobre protección de refugiados, ni en su reglamento, y al ser ejercida por los funcionarios de los organismos recurridos, obstaculizó de manera ilegal y arbitraria el ejercicio del derecho a buscar asilo.

Las/os solicitantes señalan que han escapado de sus países, ya sea por la existencia de temores fundados de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, por pertenecer a un determinado grupo social (por ejemplo diversidades sexuales), por opiniones políticas, o porque su vida, seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada que existe en sus países.

Entre estas  últimas se encuentran los conflictos políticos internos, la violación masiva de los derechos humanos, u otras circunstancias que han perturbado gravemente el orden público en sus naciones.

Las/os personas afectadas se subdividen en 30 hombres, 22 mujeres y 3 niños/as. De nacionalidad cubana son 36 personas, venezolanas siete y colombianas nueve.

Santiago de Chile, 17 de mayo 2019
Crónica Digital

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