Corporación Miles apelará a fallo que niega aborto en tres causales a mujer que lo pedía

La afectada Candy Jamett, funcionaria de la PDI y químico farmacéutica, deberá continuar un embarazo de 34 semanas cuyo pronóstico, de acuerdo a varios informes médicos, es lapidario al ser inviable con la vida extrauterina.  A través de Miles, corporación que la representa legalmente, apelará a la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que determinó que Hospital de Carabineros no actuó de manera ilegal ni arbitraria al obstaculizar, dilatar y finalmente negarle el acceso a la ley IVE: “Se nota la poca empatía y la falta de prolijidad de la justicia para ver las evidencias que se exhiben. Seguiré escalando a nivel de autoridades para que escuchen mi caso, vean las pruebas que se presentan y sean analizadas como corresponde. Quiero justicia y que a las mujeres nos dejen de ver como ignorantes reproductoras”, alega Candy Jamett.

Como Corporación Miles, lamentamos profundamente la decisión adoptada por la Corte de Apelaciones de Santiago de no considerar los antecedentes presentados que demuestran que el Hospital de Carabineros (HOSCAR), que atendió a Candy Jamett, actuó de manera ilegal y arbitraria al negarle el acceso a la interrupción legal del embarazo protegido por ley desde 2017.  La sentencia incurre en graves errores que provocan que hoy Candy Jamett deba continuar con 34 semanas un embarazo que no tiene buen pronóstico.

Ella contaba con cuatro informes médicos, realizados por especialistas como exige la normativa, que anticipaba el nefasto pronóstico de su embarazo (su feto tiene una cardiopatía que es inoperable al también tener trisomía 21), pero eso no bastó para que el HOSCAR cumpliera con la ley.

 En abril de este año, a través de Corporación Miles,  recurrió a la Corte de Apelaciones de Santiago buscando justicia. Exigía que revisaran los antecedentes para así obligar al HOSCAR a interrumpirle el embarazo.  Pero la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, integrada por María Soledad Melo, Jessica González y Jorge Norambuena, no le encontró la razón. Para ellos, los diagnósticos de los médicos no son causal para invocar la Ley 21.030 y el HOSCAR se habría ajustado adecuadamente a la normativa vigente.  Para los jueces, la condición del feto no es letal ni incompatible con la vida extrauterina. Y desestimaron el recurso de protección en contra del Hospital de Carabineros, tomando válidos antecedentes nuevos que este hospital integró en su informe mucho después de denegarle la causal, vulnerando cualquier tipo de ética médica. Porque el Hospital de Carabineros entregó fuera de tiempo estos informes, después de negarle el derecho a la ley IVE, sin siquiera revisar a Candy Jamett. Es decir, no incurrieron en nuevas tecnologías ni se realizaron exámenes físicos. Pero lamentablemente para la Corte de Apelaciones incorporar un examen de fecha posterior a la denegación de la causal, es totalmente plausible. Nos resulta tremendamente preocupante que se acepte la creación de pruebas de dudosa proveniencia para violar los derechos de esta mujer.  Para Corporación Miles, esto constituye una práctica ilegal y arbitraria.  Los informes médicos que se tuvieron presente a la fecha de la denegación de la causal advierten un pronóstico fatal para el hijo de Candy y no fueron considerados.  Dichos diagnósticos reflejan que la posibilidad de resolver quirúrgicamente la patología con la tecnología actual, es imposible.

 Creemos que una vez más, la justicia falló en contra de las mujeres coartándoles el acceso a un derecho resguardado por ley. Este dictamen de la Corte de Apelaciones de Santiago es una pésima señal para las mujeres que el día de mañana puedan ver obstaculizada su acceso a la Ley IVE y quieran buscar reparación en la justicia. Este era un buen momento para que la justicia sentará precedente al respecto, reivindicara los derechos que tienen las mujeres a decidir y no se les cuestionara más.

 En este proceso, Candy Jamett debió enfrentar la falta de empatía, sensibilidad y seriedad del equipo médico del HOSCAR que debía ser sancionado. Y ahora nuevamente eso lo ve reflejado en la justicia que no creyó en su relato ni en la evidencia médica expuesta en el tribunal. ¿Qué más hay que esperar para que se cumpla con la ley? ¿Qué hay que hacer para que el Estado no abandone a estas mujeres? Por ahora, como bien señala el último informe de Amnistía Internacional, el gobierno chileno está en deuda con nuestros derechos reproductivos y sexuales al ponernos cada vez más trabas para acceder a un aborto bajo las tres causales que está garantizado por ley.

Santiago de Chile, 3 de junio 2019
Crónica Digital / http://mileschile.cl/

2 thoughts on “Corporación Miles apelará a fallo que niega aborto en tres causales a mujer que lo pedía

  1. la corte de apelaciones se hará cargo de los costos familiares, emocionales, económicos que tienen las familias por un niño o un
    nacimiento con dolencias medicas ya conocidas intrauterinas?,
    En la realidad con nacimientos con enfermedades o diagnósticos negativos, muchas familias se desmoronan, uno de los dos miembros de la pareja abandona, el o la cuidadora no puede trabajar o debe contratar alguien para cuidados con todo el gasto medico asociado,
    Una vez más alguien que quiere acogerse a ley se encuentra con trabas, estoy segura que si hubiera pagado en una clínica privada, nadie le pregunta… es más me gustaría saber de estos mismos ginecólogos, cuantos abortos habrán facilitado en su consulta privada?…

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