Fallo por exasambleísta de Ecuador, ¿luz en combate a persecución?

Por Sinay Céspedes Moreno

El dictamen abstentivo emitido hoy para la exasambleísta Sofía Espín y la abogada Yadira Cadena inició el cierre de un capítulo, para muchos, inscrito en una persecución política contra defensores de la llamada Década Ganada ecuatoriana.

 

La resolución de la Fiscalía General del Estado, en el marco de la instrucción fiscal en contra de Espín y Cadena, por el supuesto delito de fraude procesal en el grado de tentativa, fue enviada al juez nacional Iván Saquicela.

El proceso estaba relacionado con el presunto secuestro de Fernando Balda, en 2012, en Colombia, donde se encontraba prófugo de la justicia ecuatoriana.

‘A diferencia de otros casos, en este no hubo un enfoque técnico-jurídico adecuado, por lo cual persistir en la acusación no sería ético y contravendría los principios de objetividad y mínima intervención penal’, señaló la fiscal general, Diana Salazar.

Tras un profundo análisis jurídico, la Fiscalía concluyó que los hechos descritos en el proceso, iniciado con una investigación previa en septiembre de 201, no se enmarcan en los lineamientos del tipo penal sancionado en el artículo 272 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).

De acuerdo con la instancia, la visita de las procesadas a la entonces detenida Diana Falcón, en el centro de rehabilitación integral de Chillogallo, el 24 de septiembre de 2018, no constituye por sí sola delito de fraude procesal.

Entonces, Falcón afirmó que Espín y Cadena le pidieron retractarse de su testimonio anticipado como parte del caso de supuesto plagio a Balda, en el cual involucró al expresidente de esta nación andina Rafael Correa, a cambio de prevendas como asilo internacional, asignación de una mejor defensa técnica y dinero en efectivo, entre otros.

‘La Fiscalía General del Estado rige todas sus actuaciones a la luz de la verdad procesal, en el marco de sus atribuciones constitucionales y legales. ‘Hemos sido enfáticos en esto y lo demostramos con hechos: Fiscalía no persigue personas sino delitos’, sentenció la titular del ente.

La investigación contra Espín y Córdova se centró en la supuesta oferta de realizar tráfico de influencias durante la formulación de cargos se dio el 27 de diciembre de 2018, pero el 20 de marzo de 2019 se reformuló por el delito de fraude procesal en el grado de tentativa.

El artículo 272 de COIP, establece que el fraude procesal se configura cuando una ‘persona que con el fin de inducir a engaño a la o al juez, en el decurso de un procedimiento civil o administrativo, antes de un procedimiento penal o durante él, oculte los instrumentos o pruebas, cambie el estado de las cosas, lugares o personas’, lo cual será sancionado con pena privativa de libertad de uno a tres años.

Las reacciones al dictamen no se hicieron esperar, sobre todo a través de las redes sociales.

‘áCómo será de descarada la persecución, que Salazar tuvo que abstenerse! (Aquí sí lo hace porque este caso lo inició Perez Reina, ¿recuerdan?). La pregunta: ¿Y todo el daño causado a Sofía -le quitaron hasta la curul- y a Yadira?’, aseguró el exmandatario Rafael Correa en Twitter.

Varios letrados y analistas coinciden en que el tema siempre fue político y formó parte de la persecución abiertamente en desarrollo contra seguidores y defensores de Correa y de la llamada Década ganada (2007-2017), período de sus dos gestiones presidenciales.

‘Sofía Espín: perseguida política, exclusivamente por sus ideas y adhesión política!!! Inocente desde el primer día, víctima de una felonía judicial….!!! Caso idéntico al de la Prefecta de Pichincha, únicamente quieren destituirla del cargo!!! Que vergüenza para el Ecuador’, dijo de su lado el jurista Alejandro Vanegas, quien formó parte del equipo de defensa del exvicepresidente Jorge Glas y del ex jefe de Estado.

En opinión de la legisladora de la Revolución Ciudadana Marcela Aguiñaga, el procedimiento inmediato sería que el juez reconozca y no discuta el contenido del dictamen, declare extinguida la acción y la archive, lo cual ratificará el principio de inocencia de la acusada.

‘A pesar de que las cosas no estuvieron atadas, da elementos para que Sofía exija al estado ecuatoriano reparación por su indebida destitución del cargo de legisladora, cuando fue indebidamente acusada de haber pretendido cometer fraude procesal’, adelantó.

Añadió que quienes votaron en la Asamblea Nacional por su separación del puesto, en algún momento deberán reparar los daños a Espín y a su familia.

Quito, 6 de diciembre 2019
Crónica Digital /PL

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