PPD: liberar a violadores a los dd.hh. va en contra de tratados internacionales

El Gobierno ha colocado urgencia al Proyecto de Ley “Humanitario”, que busca dar el beneficio de cumplir condena en sus domicilios a aquellos condenados que se encuentran con enfermedades graves, incluyendo a los presos de Punta Peuco, urgencia que surge por presiones de la derecha tras la reciente aprobación del  proyecto de indulto conmutativo, que excluyó a los criminales de lesa humanidad.

 Esa presión se está ejerciendo también con un requerimiento de Senadores de Chile Vamos en el Tribunal Constitucional, solicitud que se basa en los numerales 1º y 2º del Artículo 19º de la Constitución (Derecho a la Vida y Derecho a la Igualdad ante la Ley respectivamente). No obstante, su juzgamiento y condena no fueron por delitos comunes, sino que por los más graves crímenes que contiene el ordenamiento jurídico nacional e internacional.

 Distinto es el proyecto de Ley sobre Indulto General Conmutativo a causa del virus COVID-19 (Boletín 13358-07), que permite a quienes han cometido delitos comunes y de baja sanción la modalidad alternativa de cumplimiento del régimen penitenciario por arresto domiciliario. Esto va en concordancia a lo señalado por el Alto Comisionado de DDHH de ONU, en pos de generar la descongestión de las cárceles. No es el caso de Punta Peuco, donde los presos no sufren de hacinamiento como el resto de los penales del país, sino muy por el contrario, gozan de muchos beneficios.

 Por ello, las palabras del Presidente Piñera son graves, al insistir con este proyecto “Humanitario” como vía de impunidad a quienes no tuvieron clemencia con miles de chilenos y chilenas durante la dictadura. Los Tratados Internacionales, principios y reglas jurídicas, además de la jurisprudencia, son claros en señalar que no es posible dejar sin sanción aquellos actos escabrosos cometidos por agentes del Estado.

 Exigimos al Gobierno a no utilizar la facultad privativa presidencial de dar indulto a condenados por violaciones a los Derechos Humanos, como también a los Tribunales de Justicia a rechazar las acciones de amparo al respecto. Su aplicación hipotética, evidentemente, contravendrá los estándares sobre la materia a nivel internacional.

 No debemos olvidar que aún existen cientos de casos de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos, cuyas investigaciones no han podido proseguir dada la nula cooperación de los sentenciados y su capacidad de arrepentimiento ante la gravedad de los hechos cometidos.

*Secretaría Nacional Derechos Humanos PPD*

Santiago de Chile, 5 de abril 2020
Crónica Digital

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