Municipio de Providencia deberá entregar listado de funcionarios municipales destinados a control de comercio ambulante como definió el CPLT

Corte de Apelaciones de Santiago ratificó decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT), ordenando con ello a la municipalidad de Providencia a entregar el nombre y curriculum de inspectores y guardias que ejercen acciones de control de este tipo de actividad en la vía pública previo tarjado de datos personales de contexto.

El solicitante de esta información requirió además antecedentes relativos al marco regulatorio especial que faculta a estos funcionarios a detener personas en el contexto del combate contra actividades comerciales realizadas en la vía pública.

Entre los argumentos esgrimidos por el CPLT contra el reclamo de ilegalidad -rechazado por el tribunal (Rol Nº 367-2019)-, destaca que las entidades públicas deben mantener actualizada y accesible para las personas una nómina con detalles del personal que trabaja para el organismo. En este sentido, el nombre de los funcionarios mencionados es información pública acorde a lo establecido por la normativa vigente al ser una obligación de transparencia activa, es decir, debe estar disponible para su consulta por parte de cualquier ciudadano a través del sitio web de la institución (art. 7, literal d) de la Ley Nº 20.285).

Por su parte, el tribunal de alzada ratificó que la publicidad es un medio de control de los asuntos públicos y de las acciones y decisiones de las autoridades, confirmando además que el Consejo para la Transparencia habría aplicado de manera correcta el denominado “principio de divisibilidad” que se aplica para mantener en reserva datos personales y sensibles contenidos en los antecedentes solicitados por el ciudadano que no se relacionan con el desempeño de la función pública (Rol C6463-18).

Santiago de Chile, 25 de abril 2020
Crónica Digital

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Sáb Abr 25 , 2020
La instancia aprobó el envío de un oficio presentado por la diputada Marisela Santibáñez para consultar al Ministerio del Interior, al Ministerio de Justicia, así como también al Sename, de las razones que justificarían la suscripción del cuestionado acuerdo. La diputada agregó la necesidad de dejarlo sin efecto en forma inmediata.   El convenio entre el Servicio Nacional de Menores (Sename), firmado por su directora Susana Tonda, y la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI) que se dio a conocer este martes, fue duramente criticado en la comisión de Seguridad Ciudadana de la Cámara de Diputados, donde se dispuso el envío de un oficio para conocer las razones de la firma. La diputada Marisela Santibáñez presentó el oficio -que finalmente fue aprobado por la comisión-, detallando que este tipo de convenios solo profundiza la estigmatización hacia niños y niñas en situación de vulnerabilidad. “Nos parece sumamente grave, porque desde nuestro punto de vista lo único que va a aportar es profundizar la estigmatización y la criminalización hacia nuestros niños y niñas que durante años han sido vulnerados en sus derechos y no han sido protegidos por el Estado”, sostuvo la diputada Santibáñez. Asimismo, la parlamentaria agregó que el convenio debe quedar sin efecto en forma inmediata, dada las críticas que se le han hecho desde organismos como la Defensoría de la Niñez y el INDH. “Es por eso que nosotros oficiamos no solo al ministro del Interior, Gonzalo Blumel, sino que al ministro de Justicia y DDHH, Hernán Larraín, y a la directora del Sename, Susana Tonda, para que expliquen las razones que justifican la suscripción de este convenio y para que informen también sobre la posibilidad inmediata de dejarlo sin efecto”, concluyó la diputada Marisela Santibáñez. Santiago de Chile, 2020 Crónica Digital

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