La Corte Constitucional de Ecuador (CC) tratará hoy en sesión extraordinaria el veto parcial presidencial a la Ley del Aborto por Violación, emitido al ente por la Asamblea Nacional (Parlamento). La decisión la tomó por mayoría de 75 votos el pleno del legislativo, el pasado 5 de abril, luego de analizar un informe de la Comisión de Justicia, que recomendó esa acción. De acuerdo con el reporte, 60 de las 63 observaciones del mandatario Guillermo Lasso al contenido de la normativa hacen referencia a supuestos incumplimientos constitucionales, por lo cual el equipo parlamentario consideró que el dignatario debió vetar por inconstitucionalidad. La Corte también tiene en su orden del día el debate sobre una acción de supuesto incumplimiento de sentencia, en la cual solicitan a la institución disponer al jefe de estado dar inmediata aplicación a lo resuelto por el pleno de la CC en la resolución 34-19-IN, que evidenció la ausencia de proporcionalidad entre el delito de aborto por violación y la pena establecida. En ese particular, la CC resolvió declarar inconstitucionalidad en el artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal en la frase «en una mujer que padezca de discapacidad mental» y dispuso a la Defensoría del Pueblo, preparar un proyecto de ley para regular la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación, sobre la base de los criterios establecidos en esa decisión. La normativa debía ser elaborada con la participación activa de la sociedad civil y de manera coordinada con los distintos organismos estatales, en el plazo máximo de dos meses y posteriormente remitida a la Asamblea Nacional, lo cual ocurrió según las indicaciones. Ahora, el principal problema de desacuerdo y que motivó parte de la objeción presidencial está relacionado con el período máximo para acceder al aborto. El legislativo estableció 12 semanas para mayores de 18 años de zonas urbanas y hasta 18, con carácter excepcional, en el caso de niñas, adolescentes y féminas de localidades rurales y comunidades indígenas. Sin embargo, el Ejecutivo consideró que el plazo límite sea de 12 semanas, sin distinción, y estableció requisitos previos a la interrupción del embarazo. La regulación desató una fuerte polémica entre quienes apoyan el derecho a la mujer a elegir sobre su cuerpo y grupos denominado Pro Vida, en contra de la interrupción del embarazo, bajo cualquier circunstancia. Quito, 12 de abril 2202 Crónica Digital/PL

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