El gobierno de Chile comunicó a las autoridades locales su intención de apoyar con el plan de cierre de Minera Panamá, destaca hoy un comunicado oficial. De acuerdo con el informe del Ministerio de Comercio e Industrias ( MICI), tras una reunión virtual con expertos de la sureña nación del titular de esa cartera, Jorge Rivera,  se concertaron acciones para respaldar el plan de gestión segura de la mina de cobre en Donoso, provincia de Colón. En noviembre pasado, tras intensas protestas populares que paralizaron al país, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el contrato suscrito por el Estado y la filial de la trasnacional canadiense Firts Quantum que obligaron al Gobierno a detener allí las operaciones. Rivera comentó que Chile está dispuesto a compartir toda su experiencia y conocimiento en lo referente a las normas legales y  guías de cierre para pequeñas y grandes minas, así como también garantías; factores que han aprendido y ajustado en el tiempo, tras enfrentar experiencias similares por causas variadas. De acuerdo con el funcionario, el proceso de cierre se estima en 800 millones de dólares, y podría tardar cerca de ocho años, según evaluaciones internacionales, monto que en circunstancias normales lo pagaría la compañía. El pasado 2 de abril, el MICI anunció una segunda visita de control al cierre de Minera Panamá, tema controversial en el istmo. Este tipo de recorridos han sido cuestionados por la exclusión líderes de organizaciones sociales, ambientalistas y movimientos populares, que lideraron las manifestaciones en contra de la minería metálica a cielo abierto. La institución aseveró que la estadía servirá para verificar en el campo parte de la información que se ha documentado para proceder a la aprobación de un plan de cierre ordenado por la CSJ hace cinco meses, critican los activistas. Para el MICI es clave validar la estabilidad del sitio principalmente por lo que llaman temas químicos, en alusión a los concentrados de cobre que se mantienen en el enclave y los ambientalistas refieren violan las normas de preservación de la naturaleza. Ciudad de Panamá, 10 abril 2024 Crónica Digital/PL

Las comunidades reclaman el deterioro en su calidad de vida y salud, además, señalan que la empresa de propiedad de Andrónico Luksic incumple una serie de acuerdos para mitigar el impacto de la contaminación, como encapsular las chancadoras. La primera sala de la Corte de Apelaciones de La Serena acogió el pasado 19 de enero de 2022 un recurso de protección interpuesto en contra de Minera Los Pelambres por un episodio crítico de polvo en suspensión que afectó a diversas localidades del Valle Alto del Choapa, comuna de Salamanca. La acción judicial fue ingresada el 20 de agosto de 2021 por el diputado Daniel Núñez en favor de 14 vecinos, quienes denunciaron que el 28 de julio del año pasado se produjo una grave nube de polvo proveniente de las operaciones mineras ubicadas cerca de las localidades de Cuncumén y Batuco. Las comunidades alegan un permanente deterioro en su calidad de vida y salud. Agregan que la empresa de propiedad de Andrónico Luksic incumple una serie de acuerdos para mitigar el impacto de la contaminación, como encapsular las chancadoras. El fallo de la Corte de Apelaciones de La Serena, en su considerando resolutorio número undécimo, citando un dictamen de la Corte Suprema en causa rol número 154,803-2020, motivo séptimo, solicita a la Superintendencia del Medio Ambiente que, “dentro de un plazo razonable”, debe ser “garante de la protección del medio ambiente”. Dicho organismo estatal se encuentra investigando la denuncia en particular y otros casos similares de contaminación. “La Superintendencia ha de extender su quehacer más allá de la mera revisión de los antecedentes que se le han presentado, debiendo constituirse, con las herramientas que la ley y su normativa le han dado, en garante de la protección del medio ambiente, investigando las denuncias que le sean presentadas y resolviendo los términos del artículo 53 de su Ley Orgánica, dentro un plazo razonable que garantice protección”, se afirma en la resolución del tribunal de alzada. Al respecto, la Superintendencia de Medio Ambiente tiene un plazo de 120 días desde la notificación para iniciar los procedimientos sancionatorios pertinentes según las denuncias interpuestas. El dictamen, asimismo, consideró “contradictorio” el argumento de la empresa al señalar que cumple completamente con la normativa ambiental, pero que admite la ocurrencia del episodio crítico de polvo. “Es decir, por una parte, señala que en la explotación que realiza se cumplen latamente las normas para proteger el aire de Cuncumén, sin embargo, luego reconoce que tuvo que adoptar medidas de emergencia para mitigar el levantamiento de polvo”, se expresa en la parte número sexto del documento. El fallo también refutó, en su parte séptima, los descargos hechos por la minera para desestimar el cumplimiento legal de los acuerdos suscritos con la comunidad. “Que, asimismo, expone latamente las medidas que está ejecutando para cumplir con los acuerdos suscritos con los habitantes de las Comunidades de Cuncumén y Batuco, sin embargo, antes había aseverado que: “ni los acuerdos celebrados voluntariamente por su representada ni referencias internacionales constituyen normativa vigente en […]

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