Lo cierto es que aunque no se efectúen transacciones, las criptomonedas forman parte de tu patrimonio, como cualquier otro activo. En el caso de Chile sí pagan impuestos, pero sólo en algunos casos, Buda.com te cuenta cuáles son. El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya habilitó su página web para las empresas que deban realizar la declaración de renta del 2021, también llamada Operación Renta 2022. La etapa de presentación de las declaraciones juradas para empresas y Pymes se extenderá hasta el 31 de marzo. En tanto la Operación Renta 2022, incluidas las personas naturales, se podrá realizar desde el 1 y hasta el 30 de abril de este año. En Chile no existe una regulación orgánica para las criptomonedas. A pesar de esto, el SII las califica como activos digitales o virtuales para fines tributarios y, por tanto, forman parte del patrimonio como cualquier otro activo, por lo que los contribuyentes deben reconocer la renta asociada a las actividades que efectúan con ellas, siguiendo las normas generales. “El SII ha ido regulando a través de distintos medios la tributación relativa a las criptomonedas, dando cuenta de que las mismas son parte de la economía formal como cualquier otro activo financiero. Si bien se está avanzando en la dirección correcta, el país debe seguir trabajando por lograr una adecuada regulación para las criptomonedas que permita impulsar este activo digital y abrir la posibilidad a que cada vez más personas puedan ser parte”, señala Samuel Cañas, Gerente Legal de Buda.com. Si bien Buda.com no realiza asesoría tributaria y recomienda siempre asesorarse con un especialista en el tema, entregan luces sobre el proceso que pueden ser de utilidad. De esta forma, en Chile debes pagar impuestos si: Enajenas criptomonedas por dinero en moneda local: Si tuviste utilidad (mayor valor) en la venta. Pagas bienes y servicios con criptomonedas: Esto ocurre porque para el Servicio de Impuestos Internos existe una ficción en donde, antes de que realices el intercambio, ocurre una venta de esas criptomonedas y tendrás que tributar por el mayor valor, es decir, la diferencia positiva (si la hubiese) entre el valor de adquisición de las criptomonedas y el precio de venta. Te pagan en criptomonedas: El pago en cripto sería un pago en especie, el cual también puede ser considerado para efectos de determinar la renta líquida gravable. Recibes criptomonedas minadas: No hay una definición oficial a este respecto, pero creemos que sí es un hecho gravado, y el cálculo dependerá si actúas como contribuyente obligado a llevar contabilidad completa o no. Donas criptomonedas a una ONG o sin fines de lucro: Dependerá de si se verifican los requisitos de la entidad beneficiaria para efectos de los beneficios tributarios a las donaciones o no. Finalmente, cabe destacar que Buda.com debe enviar anualmente al SII (Servicio de Impuestos Internos) la Declaración Jurada 1891, la cual contiene el detalle de las compras y ventas realizadas en el Exchange por parte de sus clientes, y es una obligación común para todos los exchanges […]

Tras conocer que la Fiscalía decidió no perseverar en investigación contra Rodrigo Peñailillo y otros 33 indagados en el caso SQM por no haber querellas del Servicio de Impuestos Internos (SII), la diputada por la región de Antofagasta, Catalina Pérez, pidió al Ejecutivo poner suma urgencia al proyecto de ley que elimina la exclusividad del Director del SII para presentar querellas por delitos tributarios, y que hasta la fecha se encuentra sin discusión. “Todas las personas que cometen delitos deben enfrentar la justicia, sin importar su apellido, dinero o contactos. Creemos que esta responsabilidad debe recaer en el Ministerio Público y le pedimos al Ejecutivo poner suma urgencia a nuestro proyecto para que no siga durmiendo en el Congreso. Ya pasó con Longueira y ahora la historia se repite con Rodrigo Peñailillo, quien ya anunció que será candidato a senador por el Biobío. No queremos más corrupción y para eso necesitamos terminar con la impunidad en Chile”, señaló la diputada Pérez, autora del proyecto. La iniciativa busca que el Ministerio Público pueda investigar y perseguir sin intervención del servicio, modificando el Código Tributario (boletín 10843-07) y eliminando la instancia previa del Servicio de Impuestos Internos en materia de delitos tributarios, entregando capacidades al Ministerio Público para iniciar acciones legales. Santiago de Chile, 4 de agosto 2021 Crónica Digital

Como un plazo “irrisorio” calificó el diputado y Vicepresidente de la Cámara, Rodrigo González, la ampliación del periodo que el Servicio de Impuestos Internos entregó a las municipalidades para que informen de los permisos municipales vigentes y con sus pagos al día de los feriantes de sus comunas, el cual vence el día de hoy, viernes 2 de julio. “Los municipios en gran medida vienen recién asumiendo, en el caso de la Región de Valparaíso muchos no pudieron asumir por deficiencias del Tribunal Electoral Regional (TER) y del Servel, y por ello muchos municipios muy probablemente no alcancen a enviar sus listados a tiempo, perdiendo la posibilidad miles de feriantes de recibir sus bonos Pymes, lo que nos parece sumamente injusto y poco solidario” aseguró González. Al respecto, el parlamentario envió un oficio al SII y al Ministerio de Hacienda para que como mínimo se extienda hasta la próxima semana el plazo para la entrega de los antecedentes y se cumpla con la normativa sin excluir a nadie “exigimos al Servicio de Impuestos Internos una prórroga de al menos 1 semana para el envío de estos listados, y al Ministro de Hacienda para que tome las medidas urgente, para que la letra chica con la que han aplicado este bono, que respecto a la ley son sumamente claros, puedan hacerse de forma expedita y que la letra chica no impida que los Pymes reciban el beneficio”. “Según informó el Servicio de Impuestos Internos, a través de un comunicado, hasta unos días atrás 77 municipios habían entregado la nómina de los permisos municipales vigentes para el rubro de ferias libres, para que puedan acceder al Bono Alivio a las Pymes, es decir, aún faltan cientos de municipalidades, las cuales por diferentes motivos, especialmente el tema de plazos y sus recientes cambios de administración, no han podido hacerlo, y urge que este plazo sea más extenso” finalizó González. Santiago de Chile, 2 de julio 2021 Crónica Digital

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La presión a la justicia fue muy intensa, tanto así que se preparó la sala del 25° Juzgado Civil de Santiago de la Corte Suprema, con Magistrados que daban confianza que confirmarían el fallo de la Corte de Apelaciones, que había fijado el irrisorio monto de tres millones para las 659 personas víctimas de secuestro, tortura y prisión política, que participaban en la quinta demanda en contra del Estado de Chile, presentada el año 2009. Y así sucedió, las presiones del CDE y del Gobierno lograban evitar que se repitiera un fallo como el que anteriormente había ocurrido en el caso de los Expp de la Isla Dawson en esta misma sala. Razón por la cual sacaron de la sala del 25° Juzgado Civil de Santiago a todos los Magistrados que habían sido parte de ese magistral fallo. Una vez logrado su cometido, el gobierno, usa posteriormente este forzado y manipulado, fallo para hacer ofertas irrisorias y miserables, con el objetivo de dar respuesta, a las exigencias presentadas en una mesa de negociación, donde participan algunas organizaciones de Expp que se atribuyen la representatividad de todos los ex prisioneros políticos. Pero esto no para aquí, el Ministerio de Justicia, ordena a la Tesorería Regional Metropolitana ejecutar el pago de dicha sentencia a los 659 personas “favorecidas” con este fallo. Todo hasta aquí, le puede parecer normal a quien lee esta nota, pero creo necesario exponer públicamente lo que posteriormente ocurrió. La Tesorería, institución del Estado en este caso aunque UDS no lo crean, FUNCIONÓ. Revisaron los expedientes económicos de las 659 personas a quienes el Estado debía cancelarles la INDEMNIZACIÓN, por todo el daño causado. Daño físico a causa de las atroces torturas y vejaciones físicas, daño psicológico a consecuencia de la incertidumbre de sentirse en manos de bestias feroces insanas, que le hacían temer por su vida y la de los suyos. Tanto durante se encontraban secuestrados en los diversos e ilegales centros de tortura, a los que fueron trasladados, como también fuera de estos cuando tuvieron la suerte de salir con vida. Pero hay que agregar también el daño patrimonial, económico y social a consecuencia de la destrucción de los proyectos de vida, la pérdida de sus fuentes laborales y hasta el destierro a quienes fueron relegados o exiliado. Es así como la Tesorería Regional Metropolitana, descubrió que 32 de los 659 demandantes, TENÍAN DEUDAS CON EL FISCO Y LES RETUVIERON EL PAGO. De esta forma obligan a los “deudores” a ir a tesorería a saldar la deuda CON INTERESES POR SUPUESTO, cancelándoseles la diferencia. Cuanta diferencia de criterio de la Tesorería y de Impuestos Internos con las grandes empresas que han cometido actos fraudulentos donde se causó un daño económico de grandes proporciones al erario nacional, de miles de millones de dólares; sin embargo para ellos hubo condonación, borrón y cuenta nueva. Cuanta diferencia en lo que hace hoy el SII, no presentando querellas para investigar el financiamiento ilegal de la política, obedeciendo a presiones del ejecutivo, […]

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