La Corte Suprema confirmó la resolución que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a los familiares de un detenido desaparecido inhumado en el Patio 29 del Cementerio General, cuyos restos fueron mal identificados. En fallo unánime (causa rol 32329-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Lamberto Cisternas, Carlos Cerda y Julio Miranda- confirmó el pago por daño moral, a los familiares de Samuel Maturana Valderrama. La sentencia de la Sala Penal confirma el actuar negligente del Servicio Médico Legal, al ocultar un informe que revelaba errores en las pericias realizadas a mediados de la década de los 90, que llevaron a la falsa identificación. «De la lectura del fallo es posible descartar la existencia del yerro jurídico denunciado, pues la sentencia no ha establecido que la falta de servicio se configure precisamente porque el Servicio Médico Legal no utilizó métodos científicos más certeros, como el ADN mitocondrial. Tampoco establece el factor de imputación de responsabilidad a partir de una mala praxis por parte del Servicio, sino que el reproche formulado por los sentenciadores está dado porque la institución, a pesar que contaba con información que evidenciaba que los métodos de identificación carecían de rigor científico, igualmente siguió adelante con tal labor, con las consecuencias conocidas. Es por ello que la lex artis sobre la cual se enjuicia el obrar del Servicio Médico Legal no dice relación con la práctica de una técnica desconocida a la época en que se realizaron las pericias destinadas a identificar osamentas humanas, sino del cumplimiento que se hizo de la técnica valorada como correcta al tiempo en que se desarrolló el acto científico, con lo cual el punto a valorar es si incurrió en faltas a la técnica o a la metodología vigente en la época», sostiene el fallo. La resolución agrega que «(…) planteadas así las cosas, cabe consignar que el fallo declaró que el Fisco de Chile, a través del Servicio Médico Legal, incurrió en una conducta que debe ser calificada como infracción a la lex artis que regía la identificación de osamentas humanas, al incurrir en incumplimientos a la técnica y metodología vigentes, al utilizar métodos propios de exclusión de restos a fines de identificación, con resultados que solo caben dentro de lo probable, no concluyentes, lo cual por cierto es constitutivo de falta de servicio. Aún más, recibido el informe extranjero de identificación, no se envió al tribunal instructor, y se siguió adelante con entrega de información que no alcanzaba certeza alguna». VER FALLOS (PDF) Corte Suprema ICA Santiago Primera instancia Santiago de Chile, 21 de agosto 2015 Crónica Digital /www.pjud.cl/

El Directorio Nacional de Colegio de Profesores de Chile entregó a la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados una carta con propuestas y observaciones a las indicaciones que ingresó el Ejecutivo al Proyecto de Ley que crea el Sistema de Desarrollo Profesional Docente. En el documento, el Directorio “valora las modificaciones presentadas por el Ejecutivo, porque recogen parte de las demandas del gremio, como son: el ingreso automático a la carrera, voluntariedad para los últimos diez años, perfeccionamiento gratuito, fortalecimiento de la formación inicial, transformación de la inducción en un derecho; pero, advertimos algunas propuestas del gremio que aún faltan concretar”. Agrega que “la concreción de estas modificaciones a través de las indicaciones presentadas por el Ejecutivo son fruto del trabajo tenaz y consecuente de los profesores y profesoras de Chile, quienes nunca han renunciado a la movilización y el diálogo como formas válidas para la defensa de sus intereses. Todavía falta, pero estamos avanzando hacia un nuevo proyecto, un proyecto que ponga el foco en el desarrollo y en el trabajo de aula al interior en cada comunidad educativa más que en pruebas estandarizadas”. Sin embargo, agrega el documento “siendo consecuentes con nuestra propuesta y con el estado de alerta en el que se declaró el gremio, señalamos que aún quedan temas pendientes en los que avanzar, como el encasillamiento y progresión en la carrera, el esclarecimiento del instrumento para evidenciar el manejo del conocimiento disciplinar y pedagógico, y los nuevos montos comprometidos para las remuneraciones de los docentes en los primeros años de servicio. Tenemos que profundizar más en estos aspectos que aún no están resueltos y todos los cuales se detallan a continuación”. Para conocer en detalle las propuestas y observaciones, haga Clic Aquí Santiago de Chile, 21 de agosto 2015 Crónica Digital / CP

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El Comando de Exonerado de Chile visitó la casa de los trabajadores y se reunión con el consejero nacional, Eric Campos, miembro de la secretaría de organización. Los dirigentes exonerado se reunieron con la Central para plantear parte de las demandas que hoy los aquejan y mantiene preocupados. Principalmente, el reclamo que tienen respecto a la excesiva judicialización por los casos de “falsos exonerados”, que han generado una suerte de estigma de ellos, sobretodo de parte del Estado y de las autoridades. “Aquí, lo que ellos están buscando es una reparación de la imagen pública de los exonerados. Por lo tanto nos están pidiendo apoyo político y respaldo de la CUT para con sus demandas”, manifestó el consejero Eric Campos tras la reunión. Dentro de sus demandas más sentidas, está el exigirle a la presidenta Bachelet que en este gobierno  se envíe  la modificación a la ley de exonerados, que implica mejorar las condiciones que hoy tienen. Al respeto de acuerdos tomados, Campos manifestó que “el compromiso es que a través de la presidenta, Bárbara Figueroa, vamos a sacar un voto político en el Consejo Directivo, que luego se pueda ratificar en el Consejo Directivo Ampliado. Y, por supuesto, establecer todas las relaciones políticas necesaria para facilitar las gestiones que los exonerados están haciendo frente a los organismos del estado”. El Comando de Exonerados de Chile agradeció el recibimiento de la Central y de la Secretaría de Organización, y esperar seguir trabajando con la CUT. Santiago de Chile, 21 de agosto 2015 Crónica Digital / cut

Hasta la Intendencia regional del Biobío llegarán los dirigentes del sindicato de la mina Santa Ana, junto a sus abogados para reunirse con el intendente Rodrigo Díaz, el senador Alejandro Navarro y su equipo jurídico. La idea es buscar una solución de corto plazo que permita el pago  de sueldos y cotizaciones adeudadas a los mineros, así como la continuidad del funcionamiento de la mina. Para el senador del MAS “lo urgente es generar los recursos para la cancelación de los sueldos, cotizaciones previsionales y deudas, luego veremos la continuidad de la mina, ahora lo importante es pagar”, sentenció. Santiago de Chile, 21 de agosto 2015 Crónica Digital

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El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) festejó hoy que el 60% de las parejas que han pedido hora para la unión civil sea de distinto sexo, mientras que el 40% es de igual sexo, según informó hoy el Ministerio de Justicia con datos actualizados hasta el 31 de julio. “Estas cifras reflejan la gran diversidad familiar que existe en Chile y que hasta ahora estaba absolutamente desprotegida por el Estado, sin ningún tipo de derecho. Estamos muy felices de que cada vez vayan siendo más las parejas que solicitan hora para celebrar el Acuerdo de Unión Civil desde el 22 de octubre próximo”, indicó el Movilh. El organismo añadió que “festejamos especialmente que la mayoría de los solicitante sean parejas heterosexuales, pues esto demuestra que no todos quieren matrimonio, pero si formalizar su unión. Siempre dijeron los opositores a esta ley que el interés de parejas heterosexuales en la ley era un invento del Movilh, pues bien, hoy se demuestra que no es así”. El Movilh apuntó que “hoy la diversidad familiar es un dato de la realidad. El AUC vino a sacar de nuestro vocabulario el concepto “familia” y nos lleva a hablar de “familias”, con “S” bien grande” Según precisó hoy el Ministerio de Justicia 943 parejas heterosexuales han solicitado hora por el AUC, mientras que 626 convivencias de igual sexo también lo han hecho.  De estas el 46% han sido pedidas en el Gran Santiago y el 54% en regiones. Sobre esto el Movilh dijo que “es tremendamente significativo que la mayoría esté en regiones, pues ello explicita que la diversidad familiar se extiende por todo el país. Sin duda, las primeras parejas de regiones que contraigan el vínculo contribuirán a ampliar del debate sobre la igualdad y la justicia social y sobre realidades que siempre existieron, pero nunca tuvieron derechos”. El organismo puntualizó que “durante en julio y agosto hemos capacitado a funcionarios del Registro Civil de 8 regiones en los derechos de las familias diversas, homoparentales y el AUC. En septiembre terminaremos de capacitar a todo el país, esta vez con pruebas a la vista sobre lo necesario que es  llegar a cada región,  pues en todo lugar hay peticiones del AUC”. “El Acuerdo de Unión Civil no es sólo un cambio legal. Refuerza también los desafíos por profundizar las transformaciones culturales pro igualdad y por educar en el respeto y comprensión de la diversidad familiar. Existen personas que se oponen a estos derechos y/o no saben como tratarlos, por eso es importante orientar a los funcionarios del Registro Civil. Ellos harán historia desde octubre próximo y quedarán por siempre en la memoria de parejas y familias a las cuales, hasta ahora, siempre se les negó sus derechos. La idea es que todas y todos quedemos con un lindo recuerdo”, indicó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez. Santiago de Chile, 20 de agosto 2015 Crónica Digital

En la ciudad de Rancagua asistieron más de 300 delegados de las organizaciones de ex presos políticos de regiones y comunas del país. Las organizaciones históricamente realizaron petitorios, los que nunca tuvieron respuesta por parte de los gobiernos.  A principios de este año, en Rancagua comenzó una huelga de hambre de duró 27 horas. El gobierno por intermedio de la ministra Rincón se comprometió a responder a las peticiones y nada de eso ocurrió. Posteriormente a los ex presos políticos de Rancagua retomaron la huelga de hambre, se plegaron más de 120 ayunantes en más de 15 ciudades del país y esa huelga duro 41 días, hasta cuando se arribo a un acuerdo de institucionalizar una mesa de amplia con la presencia del gobierno, parlamento, iglesia católica, organismos de derechos humanos y representantes de los huelguitas y organizaciones de los ex presos políticos. Esta mesa presidida por el obispo Goic, la subsecretaria Patricia Silva, los parlamentarios Juan Pablo Letelier y Arraigada y personeros de los ministerios, tenían 45 días para arribar a un acuerdo, eso no ocurrió, solo promovieron un modesto bono para este año y prometieron otro bono de alrededor de 50 mil pesos a algunos de los ex presos políticos que tengan más de 65 años. Nada han contestado sobre la homologación de las víctimas, sobre los exonerados que también fueron presos políticos. Además de los más de 50 años de silencio sobre los nombres de los torturadores y otras peticiones. En la reunión de sobrevivientes de las torturas, los delegados acusaron a las autoridades de gobierno de insensibles, de relativizar las torturas que fueron objeto, de humillarlos y burlarse desconociendo los acuerdos y acordaron seguir luchando por dignidad, verdad y reparación, (removilizarce).  El Gobierno quiere dividirlos por edades, y en los últimos 10 años han muerto más de 8 mil es ex presas y ex presos políticos. Asistieron e hicieron uso de la palabra más de 40 delegados y entre ellos Veronica De Negri madre de Rodrigo Rojas, el hijo del mártir  Sebastián Acevedo, las esposas de los dirigentes Ricardo Lagos Salinas (Dirigente PS) y Alberto Corbalán Castillo (hijo de Luis Corbalán PC). El encuentro nacional concluyó,  rechazar la propuesta del gobierno y consensuaron una directiva nacional unificada y representativa de las regiones y comunas, continuando con los compañeros que son parte de la mesa por un acuerdo reparatorio que estuvieron en las huelgas de hambre. Es una directiva numerosa que conducida las acciones hasta la respuesta del petitorio de los ex presos políticos torturados y sobrevivientes de la dictadura. Por Ricardo Klapp Santa Cruz Santiago de Chile, 20 de agosto 2015 Crónica Digital

La Corte Suprema sometió a proceso a 15 ex integrantes de la Dirección de Inteligencia (DINA) por los delitos de asociación ilícita y homicidio calificado del  funcionario de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal) Carmelo Soria Espinoza, ilícito perpetrado el 14 de julio de 1976, en Santiago. En fallo dividido (causa rol 8547-2014), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Haroldo Brito, Gloria Ana Chevesich, Carlos Aránguiz, Andrea Muñoz y Carlos Cerda- revocó hoy, miércoles 19 de agosto, la resolución del ministro instructor del máximo tribunal Lamberto Cisternas, que rechazó los procesamientos. La Sala Penal de la Corte Suprema sometió a proceso como autores de los delitos de homicidio calificado y asociación ilícita, a los agentes: Pedro Octavio Espinoza Bravo, Raúl Eduardo Iturriaga Neumann, Guillermo Humberto Salinas Torres, Jaime Enrique Lepe Orellana, René Patricio Quilhot Palma, Pablo Fernando Belmar Labbé, Michael Vernon Townley, Armando Fernández Larios, Virgilio Paz Romero y Juan Morales Salgado. En tanto, como autores de asociación ilícita, fueron encausados: Mariana Callejas Honores, María Damiani Serrano, Ricardo Muñoz Cerda y Carlos Sáez Sanhueza. Y en calidad de cómplice del delito de homicidio calificado de Carmelo Soria Espinoza, se procesóa José Lagos Ruiz La resolución de la Corte Suprema determinó los siguientes hechos: A) El día 14 de Julio de 1976, Carmelo Soria Espinoza, ciudadano español, que también gozaba de nacionalidad chilena, y que trabajaba en Chile en calidad de Jefe del Departamento Editorial del Centro Latinoamericano de Demografía, organismo perteneciente a la Comisión Económica para América Latina, dependientes ambos de la Organización de Naciones Unidas, fue detenido por un grupo de individuos pertenecientes a la Dirección de Inteligencia Nacional, DINA, que lo trasladó en su vehículo Volkswagen a un inmueble ubicado en vía Naranjo N° 4925, Lo Curro. En este lugar los esperaban o se les unieron durante su permanencia ahí, otros miembros también pertenecientes a la DINA. En ese recinto Carmelo Soria Espinoza fue sometido a interrogatorios, apremios físicos y, posteriormente, ya muerto a consecuencia de la violencia ejercida, los autores buscan la impunidad del delito simulando un desbarrancamiento del referido automóvil Volkswagen, para lo cual, además, causaron en la víctima un forzado estado de ebriedad. B) La detención ilegal y muerte de Carmelo Soria Espinoza, así como los actos posteriores destinados a ocultar las reales circunstancias en que ello ocurrió, fueron planificados y ejecutados en cumplimiento de las órdenes dadas por quienes se desempeñaron como jefes o superiores jerárquicos de la DINA, entre ellos, Juan Manuel Guillermo Contreras Espinoza y Pedro Octavio Espinoza Brazo, organización que fue creada y operó con el objeto de perseguir, detener y asesinar sistemática y clandestinamente a opositores políticos del gobierno de la época y a quienes colaboraban con ellos, como lo estimaron era el caso de Carmelo Soria Espinoza, finalidad que se encubría en aparentes actividades estatales de inteligencia, policía y seguridad. La DINA, entre los años 1973 y 1977 en que operó bajo esa denominación, mantuvo una estructura, funcionalidad y organización jerárquica […]

Esta mañana la diputada Karol Cariola (PC) y los diputados Juan Luis Castro (PS), Marco Antonio Núñez (PPD), Víctor Torres (DC) y Pedro Browne (Amplitud), se reunieron con distintas organizaciones cannábicas para fijar plazos sobre la continuación de la discusión y tramitación del proyecto que despenaliza el autocultivo de Cannabis, instancia en la que además cuestionaron el rol que ha cumplido Senda en dicho proceso. “Hemos convocado esta reunión con las organizaciones que están presentes precisamente para dar garantías de que este proyecto va a ser tramitado por la Comisión de Salud y la Cámara de Diputados. Ese ha sido el compromiso del presidente de la Comisión de Salud, ha sido el compromiso de los parlamentarios y también del presidente de la Cámara”, expresó la diputada Karol Cariola. La representante de Independencia y Recoleta agregó que las organizaciones “nos ha planteado la necesidad no solo de reponer esto en tabla sino que también levantar en conjunto una campaña comunicacional que nos permita terminar con las mentiras que se han levantado por un sector, especialmente dirigido por este sector que debiese informar por parte del Gobierno pero que hoy día esta desinformando”. En la oportunidad, el parlamentario de Amplitud, Pedro Browne, solicitó al Ejecutivo presentar indicaciones a este proyecto impulsado desde los parlamentarios, y dijo que “no podemos seguir sosteniendo que haya una ley totalmente contradictoria donde se permite el consumo, pero no hay como conseguirlo. Nos parece absurdo y el ejecutivo tiene que tener postura en esto”. Ana María Gazmuri, Fundación Daya; Paulina Bobadilla, Mamá Cultiva; Claudio Venegas, Movimental – Revista Cáñamo; Ibán de Rementería, Red Chilena de Reducción de Daños; Dra Daniela Camponovo, Fundación Latinoamérica Reforma; y Eric Aichele de Cultiva Valpo, le plantearon a los parlamentarios su preocupación sobre las distintas opiniones vertidas en la prensa por el actual Director del Servicio Nacional de Drogas y Alcohol (SENDA), Mariano Montenegro, quien ha insistido en instalar una campaña de desinformación respecto del consumo de Cannabis y el problema del narcotráfico. Al término de la reunión, la presidenta de Fundación Daya, Ana María Gazmuri, sostuvo que “el problema que tenemos aquí es que la postura manifestada por el Director del Senda es totalmente contraria al compromiso de campaña de la Presidenta y a la postura manifestada por la Presidenta quien con toda claridad nos dijo que en este Gobierno se iban a enfocar a perseguir el tráfico y narcotráfico, que es realmente el problema ya que no es el problema el uso ni medicinal ni particular de cannabis”. Gazmuri añadió que “es insostenible esta contradicción, vemos un director de servicio que va remando en la dirección contraria a toda la Nueva Mayoría, a todo el trabajo legislativo que se está haciendo desde la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados y esos nos parece gravísimo como organizaciones. Este silencio del ejecutivo ha sido irresponsable”. En la misma línea, el director de Revista Cánamo, Claudio Venegas, expresó que “estamos en una situación sumamente delicada en este momento donde un funcionario […]

La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Pedro Fernández Dittus, procesado por el ministro en visita Mario Carroza como autor de homicidio calificado de Rodrigo Rojas Denegri y el homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana. En fallo dividido (causa rol 1351-2015), la Cuarta Sala del tribunal de alzada -integrada por los ministros Dobra Lusic, Jaime Balmaceda y el abogado (i) Eduardo Morales- desestimó la acción cautelar por considerar que, tanto el procesamiento como la orden de prisión preventiva dictados por el ministro Carroza, se encuentran ajustados a derecho. La resolución considera que en esta etapa procesal no corresponde alegar la eventual aplicación de la «cosa juzgada» como pretende la defensa de Fernández Dittus, quien fue condenado en un proceso judicial previo. «Se quiere dejar patente que para una cuestión evidentemente de fondo como es la apreciación en una causa criminal de la eventual concurrencia de los presupuestos de la cosa juzgada, el legislador ha previsto diversas oportunidades y formas procesales para hacerla valer, no sólo ante el tribunal de primera instancia, sino también ante la Corte de Apelaciones e incluso ante la Corte Suprema. Si bien esta Corte no desconoce que el recurso de amparo resulta igualmente procedente no obstante preverse en la ley esos otros arbitrios, la naturaleza cautelar que se ha afirmado posee la acción impide conocer en este tipo de procedimiento -en que la propia Carta Fundamental manda proceder breve y sumariamente en el inciso segundo del artículo 21- una cuestión de tal trascendencia e implicancias, en que se ha planteado legítimamente por los querellantes la también eventual aplicación de otros preceptos e institutos de derecho internacional que impedirían aceptar la concurrencia de la cosa juzgada e incluso la valoración del contexto histórico en que se obtuvo la sentencia de que ella emanaría. Evidentemente una discusión de esta clase -existencia de cosa juzgada fraudulenta- excede a la propia de la acción de amparo constitucional y corresponde sea planteada, conocida, discutida y resuelta en el procedimiento para el cual el legislador la ha previsto, cual es el juicio penal, en el que se entrega a todas las partes del conflicto las más amplias posibilidades para proponerla, debatirla e impugnar la decisión que se pronuncie a su respecto», sostiene el fallo. La resolución agrega que «(…) la presente acción no resulta procedente, habida consideración además que la resolución que se impugna ha sido dictada por juez competente, en ejercicio de sus facultades legales, en un caso previsto por la ley y existiendo mérito suficiente para ello, de manera tal que recurso de amparo deducido debe ser necesariamente declarada sin lugar». La resolución se adoptó con el voto en contra del abogado integrante Morales, quien fue partidario de acoger el recurso acogiendo el principio de la cosa juzgada. Ver fallo (PDF) Santiago de Chile, 19 de agosto 2015 Crónica Digital / www.pjud.cl

La Corte Suprema acogió el recurso de casación y rebajó la pena de 10 años y un día de presidio decretada por la Corte de Apelaciones Punta Arenas, en contra del coronel en retiro del Ejército Mariano Marín Berríos, como responsable del homicidio calificado de José Álvarez Barría, ilícito perpetrado el 30 de septiembre de 1973, en la ciudad. En fallo dividido (causa rol 4269-2015), la Segunda Sala del máximo tribunal del país –integrada por los ministros Milton Juica, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Lamberto Cisternas y Juan Escobar– determinó que la pena que debe cumplir Marín Berríos es de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada. En la resolución, el máximo tribunal confirma la sentencia dictada por el ministro en visita Aner Padilla, quien había aplicado la sanción, acogiendo la figura de la media prescripción. «Que estableciéndose como fecha de muerte de José Orlando Álvarez Barría el 30 de septiembre de 1973 y dándose inicio a la presente causa mediante la querella rolante a fs. 1, proveída con fecha tres de noviembre de dos mil diez, a la que se adicionó la de fojas166, presentada el treinta de diciembre de dos mil once, sometiéndose a proceso posteriormente a al inculpado Marín Berríos el seis de julio de 2012, según consta a fs. 309 y siguiente, había transcurrido a la sazón de todas esas actuaciones, la mitad del tiempo de la prescripción de la acción penal correspondiente al crimen de autos de conformidad al artículo 95 en relación al artículo 391 N° 1, ambos del Código Penal, por lo que, como mandata el artículo 103 del mismo código, respecto del encausado, el delito atribuido se debe considerar como revestido de dos o más circunstancias atenuantes muy calificadas y de ninguna agravante, a lo que debe adicionarse la circunstancia minorante del artículo 11 N° 6 del Código Penal, pues como se lee en su extracto de filiación y antecedentes allegado a fs.422, a la época de comisión del delito que ha sido objeto del presente juicio, el acusado no había sido condenado por delito alguno. Así, de conformidad al 68, inciso 3°, del Código punitivo, resulta procedente la regulación de la sanción correspondiente que se hiciera en primera instancia, sobre la base de imponer la pena inferior en dos grados al mínimo del señalado por la ley, esto es, presidio menor en su grado máximo». La decisión se adoptó con los votos en contra de los ministros Juica y Brito, quienes fueron partidarios de rechazar el recurso de casación y confirmar la sentencia de la Corte de Punta Arenas. En la etapa de investigación, el ministro Padilla logró determinar que: «El 30 de septiembre de 1973, siendo aproximadamente las 18.30 horas, en circunstancias que regía el denominado toque de queda decretado por la autoridad militar de la época y José Orlando Álvarez Barría transitaba por el Pasaje Maule a la altura del N° 0635 en el Barrio Prat de esta ciudad, al llegar a la intersección con calle […]

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