Corte Suprema absuelve a usuarios de Clínica Jurídica y de DDHH de la UV condenados por consejos de guerra de Valparaíso

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Los recursos de revisión de condenas fueron parte del programa “Prácticas Judiciales en delitos de Lesa Humanidad 1973-1990” que la Clínica de Derechos Humanos inició en 2019.

La Corte Suprema absolvió a cuatro usuarios de la Clínica Jurídica y de Derechos Humanos de la Escuela de Derecho de la Universidad de Valparaíso (UV) condenados por consejos de guerra en Valparaíso durante la dictadura.

La Clínica Jurídica y de DDHH presentó a mediados del año 2020 siete acciones de revisión, que buscaban dejar sin efecto sentencias condenatorias emitidas por consejos de guerra constituidos en Valparaíso en contra de trece personas. La iniciativa se enmarcó en el programa “Prácticas Judiciales en delitos de Lesa Humanidad 1973-1990”, que se inició en 2019.

La presentación de recursos se concretó gracias al convenio generado entre el Consultorio Jurídico y el Programa de Reparación y Atención Integral de Salud (PRAIS) a los afectados por violaciones a los Derechos Humanos.

 Labor de la Clínica Jurídica y de DDHH

Las acciones fueron preparadas íntegramente por la egresada de Derecho Laura Romero -que hizo el programa de formación en delitos de lesa humanidad-, realizando un trabajo detallado de análisis de jurisprudencia y revisión de antecedentes, contando con la colaboración y revisión final del profesor Felipe Gorigoitía.

Inés Robles, coordinadora de la Clínica Jurídica y de DDHH de la UV, indicó que “como equipo nos encontramos muy conformes con el resultado de los dos recursos de revisión fallados hasta la fecha. También es gratificante que hayan sido difundidos por el propio Poder Judicial a través de su página web”.

“Nos parece que lo fallado es concordante con lo establecido en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, constituyendo una forma de reparación a las víctimas de la dictadura en Chile, que en los casos presentados fueron sancionados por consejos de guerra creados especialmente  para ese objetivo, cuya única prueba fue la confesión, la que fue obtenida mediante tortura, en juicios que generaron grave impacto en la historia vital de nuestros y nuestras patrocinadas”.

Laura Romero explicó que “presentamos siete acciones de revisión ante la Excelentísima Corte Suprema a favor de trece personas, que fueron condenadas en distintos consejos de guerra constituidos en Valparaíso durante la dictadura, para que fueran anuladas dichas sentencias condenatorias. De esos siete recursos, dos (rol 79.498-2020 y rol 79.235-2020) ya han sido resueltos por la Corte Suprema, anulando así todo el proceso seguido en contra de nuestros representados ante el consejo de guerra y declarando su absolución. Estos dos recursos han significado la absolución de cuatro personas, y aún estamos a la espera del fallo de los otros cinco recursos presentados”.

“La presentación de los recursos se llevó a cabo gracias al trabajo colaborativo entre la Clínica Jurídica y de DDHH y el PRAIS, y estamos contentos y esperanzados en que las resoluciones que sigan sean igual de favorables. Sin embargo, como equipo y en lo personal lamento profundamente que Alfredo Saieg, persona que organizó y solicitó la orientación a la clínica para la presentación de estos siete recursos, haya fallecido antes de conocer lo resuelto por la Corte Suprema a su favor y sus compañeros, cuestión por la que luchó buena parte de su vida. Su constancia en la búsqueda de justicia es admirable e inspiradora para quienes tuvimos la dicha de conocerlo y pone de relieve que la reparación y el acceso a la justicia de las víctimas de derechos humanos debe ser oportuna y debidamente garantizada por el estado en el marco de una política institucional y no solo entregada a iniciativas tan destacables como la impulsada por la profesora Inés Robles y María José Jorquera del PRAIS”, puntualizó.

María José Jorquera explicó que “fue importante conocer la importancia de aspectos reparatorios judiciales no solo en lo penal, sino que también en lo civil, en la restitución del daño moral. Eso implicó una serie de dificultades en la búsqueda de empleo y en la propia autopercepción y el auto-estigma que esto generó durante los 17 años de la dictadura, y que se perpetuó hasta el año 1990, cuando salió la ley donde se derogan todo este tipo de instancias, pero que no hizo el propósito, que era la restitución total de las víctimas. Estas leyes no son consideradas por las víctimas como aspectos reparatorios, y por eso la perseveración de ellas, en que el estado pida las disculpas pertinentes y, por lo tanto, sentir efectivamente que asume con profundidad el grave daño que le hizo a más de 38 mil personas que fueron reconocidas como tales en las comisiones de verdad sobre prisión política y tortura”, cerró.

Por su parte, Luis Soto, parte de los usuarios reciente absueltos, agradeció al equipo de la Clínica Jurídica y de DDHH de la UV “por las gestiones realizadas para que se me declarara ilegal el consejo de guerra que me realizaron en enero del año 1974. En ese consejo de guerra yo fui condenado, y esta nueva resolución de la Corte Suprema habla de que fui absuelto de todo, y que el consejo de guerra fue declarado ilegal, porque todo lo que se obró en ese momento, incluso las declaraciones que yo realicé, fueron conseguidas a través de la tortura y, por lo tanto, se declaraban ilegales. Quiero agradecer a todo el grupo que trabajó en estas causas y seguir adelante, por la necesidad que existe de la justicia, de la reparación, y por no olvidar lo sucedido”.

El próximo paso para la Clínica Jurídica y de DDHH de la UV será oficiar al Registro Civil a fin de que éste proceda a borrar las sentencias de los consejos de guerra del registro de condenas de las personas absueltas. Tampoco se descarta a futuro emprender acciones civiles contra el Estado de Chile.

Valparaíso, 20 de enero 2021
Crónica Digital/uv.cl

One thought on “Corte Suprema absuelve a usuarios de Clínica Jurídica y de DDHH de la UV condenados por consejos de guerra de Valparaíso

  1. Así se hace. Los daños morales deben ser reparados. Los años de reclusión arbitraria deben ser reparados. Y los autores de los atropellos e injusticias deben ser condenados judicialmente y prohibirle el ejercicio de las ptifed

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