JUSTICIA ACOGE RECURSO DE AMPARO DE LA DPP Y DEL INDH EN FAVOR DE INTERNO DE LA CÁRCEL DE PUENTE ALTO

Se trata de un hombre de 45 años que durante dos noches durmió en un baño colectivo del recinto, a pesar de que sufre una traqueotomía. “Nuevamente estamos frente a una señal de la Justicia que pone a la dignidad de las personas por sobre toda consideración», dijo Lorena Fries, Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos.
La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió en forma unánime el recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria (DPP) y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INH) en favor de un hombre privado de libertad en la cárcel de Puente Alto.

Se trata del caso de J.A.L.G, de 45 años, quien durante dos noches (8 y 9 de octubre) durmió en un baño colectivo del recinto penal, a pesar de que sufre una traqueotomía. La DPP y el INDH estimaron que esta situación pone en peligro la integridad física del interno, ya que las condiciones higiénicas del baño de un recinto penal hacen suponer una gran cantidad de factores de riesgo para una persona que posee una herida abierta y una cánula, como son los focos infecciosos y la humedad.

El recurso de amparo presentado el 10 de octubre por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, al cual adhirió el Instituto Nacional de Derechos Humanos, fue acogido en forma unánime por la Corte de Apelaciones de San Miguel.

La Corte, al acoger el amparo, señaló que «el sólo hecho de haber permanecido en el baño de la dependencia a la que fue destinado luego del incidente con otro interno, sin que Gendarmería de Chile hubiere adoptado alguna medida inmediata en resguardo de la integridad de L.G., reconociendo incluso haber tomado conocimiento del hecho sólo a raíz de la interposición de este recurso, importa una vulneración a su derecho a la seguridad individual, que se resguarda en el numeral séptimo del artículo 19 de nuestra Constitución Política”.

Al respecto, la Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, valoró el fallo y enfatizó que “nuevamente estamos frente a una señal de la Justicia que pone a la dignidad de las personas por sobre toda consideración, en este caso, en relación al respeto y garantía de los derechos humanos acorde a nuestra legislación y los tratados e instancias internacionales en lo que concierne a personas privadas de libertad”.

Diez amparos acogidos

En los últimos dos años, se han acogido diez recursos de amparo en los que ha intervenido el INDH como recurrente o adherente por malos tratos a reclusos y vulneración a la garantía de la seguridad individual establecida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos.

Santiago de Chile, 17 de octubre 2014
Crónica Digital

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