Carta pública a El Mercurio
Sr Director:
Nos dirigimos a usted en representación del Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas para expresar nuestra profunda preocupación por la falta de respeto y consideración hacia la profesión periodística que ha sido evidenciada en la reciente publicación de una entrevista realizada por un abogado y rector de una universidad, en la sección de Reportajes de su medio.
En Chile, el ejercicio ilegal de la profesión periodística está tipificado y sancionado por la ley, ya que la labor periodística requiere de una formación específica, ética y responsabilidad profesional para garantizar la veracidad, la pluralidad y la objetividad en la información que se difunde a la sociedad. La Ley N° 19.733 establece que solo los profesionales titulados en Periodismo o Comunicación Social pueden ejercer como periodistas en los medios de comunicación. Así como también los periodistas profesionales reconocidos como tales por la ley 12.045.
La realización de entrevistas, reportajes y la difusión de información sin la debida formación y titulación en la materia constituye una infracción a la normativa vigente y pone en peligro la calidad y credibilidad de la información que se entrega a la ciudadanía. Además, el ejercicio ilegal de la profesión periodística afecta la dignidad y el reconocimiento de los verdaderos periodistas, comprometidos con su labor y con los valores éticos y deontológicos que la profesión exige.
Por tanto, exigimos una rectificación pública y una disculpa por parte del Diario El Mercurio, así como medidas concretas para evitar que situaciones como esta se repitan en el futuro y se respete la legislación vigente que regula el ejercicio de la profesión periodística en Chile.
Esperamos una pronta respuesta y acciones concretas por parte de su medio para salvaguardar la integridad y credibilidad del periodismo en nuestro país.
Atentamente,
Consejo Metropolitano del Colegio de Periodistas.
Santiago de Chile, 6 de mayo 2024
Crónica Digital
Lun May 6 , 2024
El número de personas ocupadas informales creció 5,8% en el período, equivalente a 142.583 personas. La tasa de ocupación informal durante el trimestre enero-marzo de 2024 se ubicó en 28,1%, creciendo 0,7 puntos porcentuales en doce meses. Esto, de acuerdo con la información registrada en el último Boletín de Informalidad Laboral, difundido por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). En tanto, las personas ocupadas informales llegaron a 2.614.641 en el mismo período, lo que representó un alza de 5,8% en doce meses. En la variación del total de personas ocupadas informales, influyeron las mujeres (7,8%) y los hombres (4,1%). Según grupos de edad, incidieron principalmente las alzas en los tramos 65 años y más (17,1%) y 45-54 años (6,0%). Según sector económico, la variación estuvo influida, principalmente, por comercio (13,3%) y actividades de los hogares como empleadores (22,5%). En cuanto a grupo ocupacional, el incremento fue impulsado principalmente por trabajadores de los servicios y comercios (10,9%) y ocupaciones elementales (4,3%). En tanto, las categorías ocupacionales que más influyeron en el alza de las personas ocupadas informales fueron personas asalariadas privadas (8,0%), personas trabajadoras por cuenta propia (2,9%), personal de servicio doméstico (19,1%), empleadoras (46,2%) y familiares no remunerados del hogar (5,3%). Las personas trabajadoras por cuenta propia y las asalariadas privadas representaron 85,2% del total de la población ocupada informal, registrando tasas de ocupación informal de 70,2% y 16,2%, respectivamente. Las personas trabajadoras por cuenta propia informales se expandieron 2,9% en un año, incididas tanto por hombres (3,7%) como por mujeres (2,0%). Según sector de actividad, la expansión de las personas asalariadas privadas informales (8,0%) estuvo liderada por agricultura y pesca (14,5%) y comercio (7,0%). ¿Cuándo una persona es ocupada informal? Las personas ocupadas informales son quienes trabajan de forma dependiente, pero sin acceso a seguridad social (salud y AFP) por su vínculo laboral. También lo son aquellas que trabajan de manera independiente en una empresa, negocio o actividad que pertenece al sector informal. Los familiares no remunerados del hogar también se consideran personas ocupadas informales. Santiago de Chile, 6 de mayo 2024 Crónica Digital