El Juzgado de Garantía de Valparaíso fijó un plazo de seis meses para investigar la responsabilidad de los cinco involucrados en la publicación de conversaciones privadas del parlamentario, las que fueron captadas al interior de la Sala de la Cámara de Diputados.
Durante la audiencia, el Tribunal rechazó la solicitud de sobreseimiento de la causa presentada por la defensa de Pablo Ovalle, Mario Dávila y Rodrigo Sáenz, pertenecientes a Agencia Uno; y de Marcelo Ibáñez y Raúl Thiers del sitio web El Dínamo. Asimismo, estableció un plazo de 180 días para la investigación, desestimando la pretensión de la defensa, que solicitó que fueran sólo 90 días.
El diputado Ceroni, quien valoró lo dictado por el Juzgado de Garantía, comentó que «esto es el principio de un proceso que será largo, sin embargo creemos que lo más importante es el claro rechazo al sobreseimiento pedido por la contraparte, lo que implica un reconocimiento a que esta causa es constitutiva de delito».
A ello, el parlamentario agregó que «acá hubo una invasión a la privacidad de parte de un fotógrafo y los medios que publicaron estas conversaciones, ya que si bien existen diversas formas de cuestionar nuestro trabajo legislativo, nadie tiene el derecho a invadir la intimidad de las personas. Además, me parece muy curioso que se me haya hecho un seguimiento de tres días, especialmente cuando yo he manifestado mi interés de iniciar una candidatura senatorial por la Región del Maule».
En tanto, César Ramos, uno de los abogados del parlamentario, agregó que «nuestro interés en esta causa es la determinación de las responsabilidades en la divulgación de las comunicaciones privadas del diputado Ceroni, por lo tanto estamos muy conformes con el resultado de la audiencia. Además, tuvimos una excelente importunidad para dar nuestros argumentos de fondo sobre el por qué estos actos son constitutivos de delitos».
Finalmente, el abogado también valoró el plazo de investigación, ya que, a su juicio, «la principal razón tiene que ver con la existencia de declaraciones contradictorias entre los imputados, las que deben ser corroboradas con posteriores declaraciones testimoniales».
Santiago de Chile, 24 de febrero 2016
Crónica Digital