CIENTÍFICOS BRITÁNICOS LOGRAN LA PRIMERA REGENERACIÓN DE ÓRGANOS VIVO

La Universidad británica de Edimburgo anunció hoy que científicos de esa institución lograron transformar un órgano viejo en el de un animal joven, lo que representa la primera regeneración de un órgano vivo en la historia humana.

El equipo regeneró el timo de un ratón anciano, un órgano situado junto al corazón que influye en la inmunidad del organismo y con el tiempo deja de funcionar correctamente, lo cual permite la aparición de infecciones.

El histórico logro se llevó a cabo en el Centro de Medicina Regenerativa de la Universidad de Edimburgo manipulando el ADN de ratones.

Los investigadores reactivaron un mecanismo natural que se detiene con la edad para rejuvenecer el timo en ratones de edad muy avanzada; después del tratamiento, el órgano regenerado tenía una estructura similar al de un ratón joven.

La función del timo también quedó restaurada, y los ratones comenzaron a producir más linfocitos T, un tipo de glóbulos blancos importantes para la lucha del organismo contra las infecciones.

Los expertos alegan que el estudio puede tener amplias implicaciones para la medicina regenerativa, y abre el camino a nuevas terapias para personas con sistemas inmunes dañados.

Londres, 11 de abril 2014
Crónica Digital / PL

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PRESENTAN MOCIÓN QUE PERMITE A LA MUJER ADMINISTRAR BIENES EN SOCIEDAD CONYUGAL

Vie Abr 11 , 2014
La iniciativa busca modificar la ley que regula la sociedad conyugal, de forma que ésta no deje por defecto al hombre como el  administrador de los bienes, si no que sea un acuerdo entre los contrayentes, pudiendo quedar la mujer en esta función. El proyecto de ley, ingresado a trámite legislativo el día 9 de abril y suscrito por los senadores Letelier, Goic, De Urresti y Harboe, modifica el código civil, estableciendo que la mujer casada podrá ser quien administre los bienes, si así lo pactan las partes al momento de celebrar el contrato nupcial. Esta modalidad pretende responder al principio de igualdad ante la ley del marido y la mujer como criterio hermenéutico de este régimen patrimonial. Cabe mencionar que según la legislación chilena existen tres formas de contraer matrimonio, éstas son: Sociedad conyugal, Separación total de bienes y Participación en los gananciales. El primero de ellos es el régimen más común de los matrimonios que se celebren en nuestro país, bajo este sistema el patrimonio de ambos cónyuges forma uno solo, común para ambos, que es administrado por el marido. Esto incluye tanto los bienes que cada uno tenía antes de casarse como los que adquieran durante la unión. Según lo señalado por el senador Juan Pablo Letelier, “la sociedad conyugal tiene algunas deficiencias y discriminaciones que son inaceptables en el siglo 21, y sin duda el principal es que, tal como lo dice explícitamente la ley, hoy el hombre administra los bienes de la mujer, como que fueran propios (…) aunque hubiesen sido producto de una herencia, aunque hubiesen sido adquiridos por la mujer”. El parlamentario también explica que si la mujer, al momento de inscribir la propiedad, no hace referencia al articulo 150 del Código Civil, que permite el patrimonio reservado de bienes adquiridos por la mujer fruto de su trabajo, “el marido puede administrarlo como si ella fuera una absoluta incapaz”. Considerando lo anterior, el proyecto busca “poner un mecanismo para evitar esta discriminación, de forma tal que se pueda establecer dentro de la sociedad conyugal de que el hombre y la mujer en conjunto administran los bienes, a menos que uno de ellos renuncie su derecho a favor del otro”, señaló el congresista. A juicio del legislador “La situación actual para muchas mujeres es no solamente odiosa, es discriminatoria y tremendamente agresiva, por cuanto esta situación puede llevar en una pareja mal habida a abusos tremendos, a enagenaciones de bienes, de su capital, su patrimonio, en su desmedro y perjudicarla de una forma dramática. Herencias que pudo haber recibido de sus padres o abuelos, han sido mal usados en algunas ocasiones por los cónyuges y por ello queremos esta ley que es una ley fundamental para establecer la igualdad entre hombres y mujeres en el marco de la sociedad conyugal en la administración de su patrimonio”. Letelier espera que el Senado tenga la voluntad de tramitar con prontitud este proyecto de ley, puesto que “estos temas, que son de época, son los que hacen […]

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