La iniciativa busca modificar la ley que regula la sociedad conyugal, de forma que ésta no deje por defecto al hombre como el administrador de los bienes, si no que sea un acuerdo entre los contrayentes, pudiendo quedar la mujer en esta función.
El proyecto de ley, ingresado a trámite legislativo el día 9 de abril y suscrito por los senadores Letelier, Goic, De Urresti y Harboe, modifica el código civil, estableciendo que la mujer casada podrá ser quien administre los bienes, si así lo pactan las partes al momento de celebrar el contrato nupcial. Esta modalidad pretende responder al principio de igualdad ante la ley del marido y la mujer como criterio hermenéutico de este régimen patrimonial.
Cabe mencionar que según la legislación chilena existen tres formas de contraer matrimonio, éstas son: Sociedad conyugal, Separación total de bienes y Participación en los gananciales. El primero de ellos es el régimen más común de los matrimonios que se celebren en nuestro país, bajo este sistema el patrimonio de ambos cónyuges forma uno solo, común para ambos, que es administrado por el marido. Esto incluye tanto los bienes que cada uno tenía antes de casarse como los que adquieran durante la unión.
Según lo señalado por el senador Juan Pablo Letelier, “la sociedad conyugal tiene algunas deficiencias y discriminaciones que son inaceptables en el siglo 21, y sin duda el principal es que, tal como lo dice explícitamente la ley, hoy el hombre administra los bienes de la mujer, como que fueran propios (…) aunque hubiesen sido producto de una herencia, aunque hubiesen sido adquiridos por la mujer”.
El parlamentario también explica que si la mujer, al momento de inscribir la propiedad, no hace referencia al articulo 150 del Código Civil, que permite el patrimonio reservado de bienes adquiridos por la mujer fruto de su trabajo, “el marido puede administrarlo como si ella fuera una absoluta incapaz”. Considerando lo anterior, el proyecto busca “poner un mecanismo para evitar esta discriminación, de forma tal que se pueda establecer dentro de la sociedad conyugal de que el hombre y la mujer en conjunto administran los bienes, a menos que uno de ellos renuncie su derecho a favor del otro”, señaló el congresista.
A juicio del legislador “La situación actual para muchas mujeres es no solamente odiosa, es discriminatoria y tremendamente agresiva, por cuanto esta situación puede llevar en una pareja mal habida a abusos tremendos, a enagenaciones de bienes, de su capital, su patrimonio, en su desmedro y perjudicarla de una forma dramática. Herencias que pudo haber recibido de sus padres o abuelos, han sido mal usados en algunas ocasiones por los cónyuges y por ello queremos esta ley que es una ley fundamental para establecer la igualdad entre hombres y mujeres en el marco de la sociedad conyugal en la administración de su patrimonio”.
Letelier espera que el Senado tenga la voluntad de tramitar con prontitud este proyecto de ley, puesto que “estos temas, que son de época, son los que hacen la diferencia en el tipo de sociedad en la que vivimos”.
Ahora, el texto legal espera ser visto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento.
Santiago de Chile, 11 de abril 2014
Crónica Digital