SE ABRE NUEVO FRENTE EN CONTRALORÍA POR DERECHOS DE AGUA DE HIDROAYSÉN

En el mes de enero de 2015 el Ministerio de Obras Pública denegó parcialmente una solicitud de la empresa en los ríos Baker y Pascua, aplicando la figura de “reserva de caudales”.  

·       En opinión de los solicitantes lo que correspondía era rechazarlos y no solo limitarlos, debido a que la exigencia de HidroAysén sería un “traslado de facto”, algo imposible al no existir en dichas cuencas disponibilidad de agua precisamente por los derechos que desde 1990 ya posee la compañía en esos sectores.

 Las aguas no están quietas para HidroAysén.

Aunque han pasado casi tres años desde que en junio de 2014 el Comité de Ministros de Michelle Bachelet rechazara el estudio de impacto ambiental de la eléctrica, falta bastante para que la iniciativa de Enel Chile y Colbún sea completamente descartada.

Hoy está en manos del Tribunal Ambiental de Santiago resolver sobre la reclamación que HidroAysén presentara a las pocas semanas de la decisión gubernamental, mientras desde las controladoras se dan contradictorias señales sobre el futuro de las dos represas en el río Baker, tres en el Pascua.  Mientras el CEO de Enel ha dicho que “hacer una inversión que a la gente no le gusta no tiene sentido”, el gerente general de Colbún ha expresado tener la convicción que “puede ser de gran beneficio para el país”.

Y en un curso paralelo sigue otra controversia.  La de los derechos de agua.

Se espera que en las próximas semanas la Corte de Apelaciones de Santiago resuelva un recurso interpuesto por la compañía en contra de Ministerio de Obras Públicas (MOP), que en enero de 2015 denegó parcialmente los derechos de agua no consuntivos que la empresa pidió en 2007 y que son fundamentales para desarrollar el malogrado proyecto.  La autoridad utilizó la figura de “reserva de caudales”, evitando así pronunciarse sobre un posible rechazo de las nuevas solicitudes por afectar los derechos que ya HidroAysén posee, desde 1990, en las cuencas del Baker y el Pascua.

El problema radica en la interpretación que ha hecho la Dirección General de Aguas sobre el particular, en el sentido que estos derechos complementarios no serían, de facto, un traslado de los preexistentes.   Sin embargo, en múltiples ocasiones anteriores el organismo ha denegado solicitudes por unos pocos litros por segundo, por afectar los caudales entregados a fines del gobierno de Pinochet a Endesa, hoy Enel.

Los derechos de aprovechamiento por 250 m3 en el Baker debieron, desde un principio, haber sido rechazados por la DGA por inexistencia de caudal.  Al igual como se han rechazado las solicitudes de innumerables usuarios que pedían solo medio a un litro y de la misma forma en que se ha hecho para el agua potable de Cochrane. ¡Se supone tenemos igualdad constitucional ante la ley!” expresó al respecto de director regional del Comité pro Defensa de la Flora y Fauna (Codeff), Peter Hartmann.

Nuevo frente: Contraloría

Bajo este escenario, un grupo de organizaciones y ciudadanos de la región de Aysén ingresaron este mes un escrito en Contraloría solicitando que se establezca la legalidad de lo obrado por el MOP, siendo que la determinación de disponibilidad de caudales no estaría ajustada a derecho.  En opinión de los requirentes “es improcedente que, por medio de nuevas solicitudes de derechos de aprovechamiento de aguas, se permita que un derecho de aprovechamiento sea trasladado no a un nuevo punto de captación y restitución, sino que a dos completamente diversos”.  Lugares donde, en términos legales, no hay agua disponible.

Si algo tenemos en claro en Aysén es que mientras el agua fluya por los ríos de la región, la amenaza siempre estará vigente. El problema no es HidroAysén, río Cuervo ni la titularidad de los derechos de agua sino el paradigma extractivista, el sentido común con el cual se toman las decisiones, tanto de uno y otro sector.  Esa es la discusión de fondo” señaló el presidente de la Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén (Codesa), Patricio Segura.

Suscribieron el escrito, ingresado el 17 de febrero en Coyhaique, la Agrupación de Turismo Sustentable de Cochrane, la Agrupación Río Pascua de Villa O’Higgins, la Agrupación Wentru de Puerto Aysén, la Corporación Costa Carrera, Codesa, Codeff Aysén y diversos ciudadanos de la región.

 Santiago de Chile, 27 de febrero 2017
Crónica Digital

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Next Post

CORTE SUPREMA CONFIRMA SENTENCIA QUE ACOGIÓ RECURSO DE AMPARO PRESENTADO POR INDH EN FAVOR DE LONKO MAPUCHE

Mar Feb 28 , 2017
La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de Juana Calfunao Paillalef, un hijo y un nieto de la lonko mapuche, y que ordenó investigar las agresiones que habrían sufrido enero pasado. En fallo dividido (causa rol 6.817-2017), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Andrea Muñoz, Jorge Dahm y el abogado (i) Jaime Rodríguez– ratificó la sentencia que acogió la acción cautelar presentada y ordenó remitir todos los antecedentes al Ministerio Público, para que se investiguen los hechos ocurridos el 27 y 28 de enero pasado en la propiedad de Juana Calfunao. «Que de los antecedentes allegados a este recurso, es posible concluir que toda la secuencia de hechos constatados, se inicia con el derribamiento de un árbol en la vía pública -reconocido por los recurrentes- y que luego de la intervención policial se producen hechos que podrían revestir caracteres de delitos, acción de investigación de la cual carecen los Tribunales de Justicia y que deben ser averiguados por el órgano persecutor competente, esto es, el Ministerio Público. Que por otra parte, existiendo una medida cautelar emanada de un Tribunal Internacional que obliga al Estado chileno a ser cumplida, esta Corte acogerá el recurso a fin de que se investiguen todos los hechos por el organismo que corresponda», establece el fallo de la Corte de Temuco. «SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por el Instituto de Derechos Humanos, sólo en cuanto se ordena remitir todos estos antecedentes al Ministerio Público Regional, a fin de que se investiguen todos los hechos ocurridos los días 27 y 28 de enero último, en la propiedad de doña Juana Calfunao», concluye. Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Juica, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo. VER FALLOS (PDF) Corte Suprema ICA Temuco Santiago de Chile, 27 de febrero 2017 Crónica Digital  

Te puede interesar:

Las opiniones vertidas en este medio de comunicación no necesariamente representan el sentir de Crónica Digital y son de responsabilidad de quienes las emiten.

Crónica Digital, es un medio de comunicación social, republicano y comunitario. Fue fundado el 19 de abril del año 2005. Su objetivo periodístico es informar sobre los principales noticias de Chile, América Latina y el mundo.

El director de Crónica Digital es el periodista Marcel Garcés Muñoz.

Su representante legal y editor general es el periodista Iván Antonio Gutiérrez Lozano.

El editor nacional es el periodista Ramón Vargas Vega.

El editor cultura es el periodista Miguel Alvarado.

Corresponsal en La Habana, Cuba, Florencia Lagos N.

El asesor legal es el académico y abogado Sr. Pablo Méndez Soto.

Los principales asociados informativos de Crónica Digital son la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina , la agencia de noticias China, Xinhua y TV Brics.

En Chile, el medio electrónico El Maipo

Correo: cronicadigital@gmail.com
Dirección: Maturana 302 local 2
Santiago de Chile.

Desde el año 2005 Crónica Digital es parte de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos.

Crónica Digital es una marca registrada. Todos los derechos reservados.

Redacción Diario Crónica Digital
Fono: 950142601

Un café en una plaza con historia....

Maturana con Huérfanos
plaza Brasil,
Santiago de Chile.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es cafe-con-torta-900x675.jpeg