«CORTE SUPREMA DESBARATA NEGOCIO INMOBILIARIO DE CIMENTA EN EL BARRIO BELLAVISTA», AFIRMA PATRICIO HERMAN

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Fundación Defendamos la Ciudad se refierió al fallo unánime del 21/08/17, rol 73.800-2016, de la 3ª Sala de la Corte Suprema, mediante el cual ordenó al Director de Obras Municipales (DOM) de Providencia a iniciar el proceso de invalidación del permiso de edificación Nº 44/14 del 20/10/14 cursado a la Inmobiliaria Parque Tres S.A. filial del Fondo de Inversión Cimenta.

Patricio Herman de Defendamos la Ciudad expresó al respecto : “todos sabíamos que en el sitio eriazo de 3.000 m2 localizado en la calle Constitución 241, comuna de Providencia, se podía construir solo un equipamiento comercial básico, debido a las restringidas características de esa vía definida como local en el Plan Regulador Comunal, pero los 3 arquitectos funcionarios que tramitaron el acto administrativo optaron por consentir voluntariamente que el titular del negocio construyera un equipamiento comercial de una mayor carga de ocupación, es decir, desatendieron las expresas disposiciones  normativas contenidas en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Los vecinos afectados por esa abusiva ilegalidad recurrieron ante el Seremi de Vivienda y Urbanismo, autoridad de superior jerarquía que instruyó al DOM de Providencia para que en su actuación municipal respetara la regulación urbana.

El DOM de Providencia, en su oficio Nº 8344 del 08/10/15 dirigido a la inmobiliaria, astutamente no se ciñó a la Ley Nº 19.880 para dejar sin efecto el permiso mal otorgado, lo que dio pábulo a un reclamo del privado en la administración de Josefa Errázuriz, que se radicó en los tribunales de Justicia. En primera instancia la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó lo expresado por el Seremi en cuanto al vicio del permiso y en la administración de Evelyn Matthei, ya en la Corte Suprema, el abogado municipal defendió (sic) la validez del permiso ilícito, actuación imprudente que finalmente no prosperó, tal como se dice en el primer párrafo.

     En el aludido fallo la Corte Suprema anuló el oficio municipal Nº 8344 y tan pronto se perfeccione la invalidez del permiso de edificación Nº 44 del 20/10/14, dándose así cumplimiento cabal a lo ordenado por la Corte Suprema a la misma Municipalidad de Providencia, Cimenta podrá solicitar un nuevo permiso ahora ateniéndose a la ley, lo que significa que su negocio inmobiliario será de bastante menor cuantía”.

Santiago de Chile, 25 de agosto 2017
Crónica Digital

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