INFORMAN SOBRE ALGO MÁS DELICADO ASOCIADO AL MALL BARÓN EN EL BORDE COSTERO DE VALPARAÍSO 

Patricio Herman de la fundación Defendamos la Ciudad entrega información que la opinión pública desconoce respecto del mall Barón, proyecto inmobiliario que se intentaba emplazar en un terreno de 12 hectáreas de la Empresa Portuaria Valparaiso (EPV), cuyo permiso de edificación de febrero de 2013 fue anulado por fallo del 27/12/17 de la Corte Suprema.

1. Se incumple la Ley de Puertos debido a que, mediante triquiñuelas, en el contrato de concesión a Mall Plaza S.A., filial de Falabella, se le entregan a ella UF 490.000 + IVA, o sea UF 583.100 para mantención de los espacios públicos de la mega estructura, transgrediendo abiertamente el artículo 20 de la mencionada ley. Pero resulta al menos llamativo que, en la última modificación del contrato, se disminuye el área de concesión en el largo del borde costero prácticamente a la mitad, pero el monto del grosero subsidio permanece igual (?)

2. La EPV consiguió que el Fisco pagara US$ 8.000.000 por el rescate de los restos arqueológicos existentes en el subsuelo del terreno en donde se intentaba levantar el mall, ello a pesar de que esa obligación era del privado pues todos los incumbentes tenían pleno conocimiento de ello, debido a que estaban reconocidos en la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) Nº 23 que dio origen al cambio de uso de suelos del sector Barón.

Para justificar el enorme regalo monetario, en la última modificación del contrato de concesión se señala que lo anterior fue un hallazgo fortuito, es decir, operó la mendacidad más absoluta. A mayor abundamiento, destacamos que la propia Ordenanza Local refundida del Plan Regulador Comunal (PRC) desde el año 2005, también reconoció la existencia de esos vestigios arqueológicos y más aún, en ella se señalaba la obligación que tenía la Municipalidad de Valparaíso en orden de entregar el catastro de los mismos con el Certificado de Informaciones Previas (CIP) necesario para solicitar el permiso de edificación.

3. La EPV también se compromete generosamente a cancelar con fondos públicos, luego de todos los chilenos, la suma de UF 30.000 para el reforzamiento de las defensas costeras del área concesionada.

4. Se establece una opción de compra exclusiva para el concesionario, Mall Plaza S.A. de 30.000 m2 de terreno con primera vista al mar para construir viviendas al vil precio de UF 2,25 el m2, más el 10% del valor de venta de los departamentos, ello a pesar de que la EPV tiene giro portuario. El avalúo comercial estimado de esos terrenos es de UF 70,00 el m2

5. El terminal de pasajeros, VTP, construido bajo el mismo permiso de edificación viciado, además declarado ilegal por la Contraloría Regional de Valparaíso, incumple la Zona de Riesgo del Plan Regulador Intercomunal de Valparaíso (Premval) que definía una faja de 20 metros de distanciamiento desde la vía férrea del Metro y está construido a sólo 8 metros y esta obra por tener uso de infraestructura debió, conforme a la legislación vigente, someterse a un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) lo que, para variar, no se hizo.

Todas estas situaciones irregulares, que forman parte del contrato de concesión original y sus modificaciones, fueron puestas en conocimiento de la presidenta del Sistema de Empresas Públicas (SEP) en reunión con ella y por escrito, para que este organismo adoptara las medidas correctivas pertinentes. La distinguida funcionaria pública, después de un tiempo, optó por contestarnos formalmente que todo estaba bien.

Hay otras situaciones que deben llamar la atención, como por ejemplo la trampa mortal para los visitantes del posible mall ante un eventual tsunami, lo que quedó reflejado en el estudio de riesgo correspondiente, que es parte del expediente del permiso, elaborado por el conocido geógrafo Marcelo Lagos, en el cual se señala en sus conclusiones, que ante un tsunami, no hay seguridad para la vida humana y lo que es peor, que no hay medida posible para mitigar.

Por ello, se colige que los funcionarios de la EPV, suponemos que mal aconsejados por los arquitectos y abogados del privado, no tenían las condiciones profesionales mínimas necesarias para tramitar el proyecto y por ello su resultado.

Santiago de Chile, 8 de enero 2018
Crónica Digital

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