Justicia sentenció a presidio efectivo a coronel en retiro de Carabineros por el homicidio de Álex Lemun, ocurrido hace casi 20 años

Alex Lemun, fotografía gentileza de radio.uchile.cl

 

El Tribunal de Angol condenó a siete años de cárcel a Marco Treuer como autor del disparo de escopeta que causó la muerte del joven mapuche en noviembre de 2002. El INDH actuó como querellante en esta causa.

El Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Angol sentenció a siete años de cárcel al coronel en retiro de Carabineros Marco Treuer Heysen por el homicidio de Álex Lemun (17), perpetrado en noviembre de 2002 en la comuna de Angol. El uniformado deberá cumplir esta condena de manera efectiva, para lo cual le sirven de abono los 3 años y 358 días que ha estado privado de libertad, entre prisión preventiva y arresto domiciliario. La pena en este caso, en donde el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) es querellante, se conoce cuando faltan pocos días para que se cumplan 20 años desde la muerte del joven Lemun.

Conocida la sentencia, la directora del INDH, Consuelo Contreras, señaló que “la obligación de investigar y garantizar el acceso a la justicia en casos de violaciones a los derechos humanos significa establecer sanciones proporcionales y adecuadas a la gravedad de los hechos. No sólo para satisfacer el anhelo de justicia de víctimas y familiares. También como garantía de no repetición”. Por ello, explicó, “la condena contra el ex carabinero Marco Treuer, autor del disparo de escopeta que en noviembre de 2002 le quitó al joven mapuche Álex Lemun, genera un mensaje claro y efectivo en cuanto a que en el futuro estas violaciones no serán condonadas ni toleradas”.

Cabe considerar que la sentencia contra Marco Treuer dictada por los jueces Eduardo Rojas, Ximena Saldivia y Luis Pacheco incluye la inhabilitación perpetua para cargos u oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación para profesiones titulares mientras dure la condena.

La sentencia conocida ahora corresponde al segundo juicio, porque a fines de 2021 la Corte de Apelaciones de Temuco instruyó realizar un nuevo proceso. Entre otros, la corte acogió el recurso de nulidad de la sede de La Araucanía del INDH contra la primera condena, en la cual el tribunal de Angol había castigado a Treuer con tres años de cárcel, pena que juzgó cumplida por el lapso que pasó en prisión preventiva y arresto domiciliario.

En la decisión que dio pie al nuevo juicio, la Corte de Temuco estimó que “a través de determinaciones no suficientemente justificadas, se dio por establecidas circunstancias atenuantes (…), conllevando a que la sentencia impusiera al acusado una pena inferior a la que hubiera correspondido de no haber concurridos estas circunstancias”.

Hechos acreditados

Según el veredicto del nuevo juicio, divulgado el 26 de octubre recién pasado, el entonces mayor Treuer conducía a un grupo de funcionarios de Carabineros que fueron enviados al fundo Santa Alicia, en la comuna de Angol, debido a que en dicho lugar se registraba una ocupación por parte de una comunidad mapuche. Una vez en el sitio, los uniformados usaron gases lacrimógenos y munición de goma para dispersar a los ocupantes. A continuación, Treuer cambió la carga de su escopeta y recurrió a munición de plomo.

“Teniendo preparación en el uso del arma y conociendo lo letal de ésta”, dijo el tribunal, Treuer disparó e impactó en la parte frontal derecha de la cabeza a Álex Lemun, entonces de 17 años, quien se encontraba a una distancia de entre 70 y 100 metros. La víctima falleció el 12 de noviembre por la herida que le causó esta munición. La causa de muerte fue “traumatismo encéfalo craneano abierto por proyectil de arma de fuego”, estimó el tribunal.

El caso quedó primero en manos de la Justicia Militar. En 2004 el IV Juzgado Militar de Valdivia decretó el sobreseimiento de la causa de modo temporal y parcial, lo que ratificó la Corte Marcial ese mismo año. Pero en 2017 la Corte Suprema decidió reabrirlo, esta vez en la justicia ordinaria. Ese mismo año en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) se había aprobado un informe estableciendo “la responsabilidad de Chile por la violación a los derechos a la vida, integridad personal, igualdad y no discriminación, derechos del niño, derechos a las garantías judiciales y protección judicial de Álex Lemun, su familia y la comunidad Requén Lemun”.

Santiago de Chile,  6 de noviembre 2022
Crónica Digital

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