CONSTRAMET CULMINA SU PROCESO DE ELECCIONES

Con un exitoso proceso constramet culmina su proceso de elecciones ratificando un directorio para el fortalecimiento de la organización y con disposición de lucha para las trasformaciones que Chile requiere.

El sindicato Industrial  Chile, “Constramet” ratificó como presidente al experimentado sindicalista Horaco Fuentes, quien junto a la nueva mesa directiva tendrán el desafío de conducir a la más grande confederación de la Industria en Chile.

Así lo señalo Fuentes esta mañana,  quien ratifico que todos los miembros de la nueva dirección estan comprometidos en el fortalecimiento de la Constramet, “se trata de una estructura mucho más amplia y participativa”, señaló.

“En la octava conferencia en Mantagua nos propusimos adoptar una nueva orgánica hacia la conformación del Sindicato Nacional Industrial y esto con el objetivo de fortalecer a la Confederación en las distintas zonales, en el centro, el sur y el norte, como una contribución a los cambios que están ocurriendo en Chile y al rol que nosotros vemos que deben cumplir en eso los trabajadores y la organización sindical”.

Las transformaciones que está viviendo Chile, son una preocupación constante para la Constramet, la educación, la salud, el problema de la pensiones, las reformas laborales, son ejes fundamentales y la estructura debe estar a la altura de los desafíos que demandan estas luchas, señala Fuentes.

“Otro de los ejes de trabajo serán el fortalecimiento de las CUT zonales, regionales y por supuesto la nacional, todo esto será ratificado en el próximo congreso nacional el 28 y 29 de noviembre».

El directorio nacional de la Confederación de Trabajadores Metalúrgicos, de la Industria y el Servicio quedó compuesto por su presidente Horacio Fuentes, Secretario General, Miguel Soto, Tesorero, Miguel Oses, Secretario de Relaciones Internacionales, Jorge Murua, Secretario de Negociación Colectiva, Daniel Moraga, Secretaria de Condiciones de Trabajo, Higiene, Seguridad Industrial y Previsión Social, Eduardo Cortez,  Secretario de Educación y Capacitación Sindical, Roberto Bustamante, 1º Vicepresidente, Miguel Capetillo, Secretaría de la Mujer, Katherine Díaz, Secretaría de Comunicación y Difusión, Blanca Carreño y Sergio Campos, María Angélica Vargas, Víctor Silva, Antonio Gálvez, Director, Hernán Aracena, Héctor Silva, Lorena Arias, Ricardo Mariano Vega, Jorge Etchevers, Máximo Meza, Rigoberto Velasco, como directores.

Santiago de Chile, 19 de noviembre 2014
Crónica Digital

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CORTE DE SANTIAGO CONDENA AL FISCO A PAGAR INDEMNIZACIÓN A EX PRISIONEROS DE ISLA DAWSON

Mié Nov 19 , 2014
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia que condenó al fisco a pagar la suma total de $4.500.000.000 (cuatro mil quinientos millones de pesos) a 30 ex prisiones del centro de detención de isla Dawson, ubicado en la Región de Magallanes, entre septiembre de 1973 y septiembre de 1974. En fallo unánime (causa rol 5270-2013), la Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por las ministras Gloria Solís, Viviana Toro y el abogado Ángel Cruchaga- ratificó la sentencia dictada por el 18º Juzgado Civil de Santiago que ordenó al Estado pagar $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a cada uno de los 30 ex prisioneros demandantes. La sentencia de alzada ratifica el criterio de la jueza de primera instancia Claudia Donoso Niemeyer, quien sostuvo que los demandantes fueron víctimas de graves violaciones a los derechos humanos, por lo que no corresponde aplicar la prescripción en sus casos, tal como lo solicitaba el Consejo de Defensa del Estado (CDE). «De una simple lectura de la sentencia recurrida, en particular de sus considerandos 14°, 15°, 16°, 17° y 18° se aprecia que la sentenciadora realizó una pormenorizada fundamentación para arribar a su determinación de rechazar la excepción en comento, doctrina que encuentra su respaldo en el principio reconocido por la Excma Corte Suprema al señalar en fallo recaído en causa Ingreso N°4024-2013; «En efecto, tratándose de delitos de lesa humanidad, si la acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la acción civil indemnizatoria esté sujeta a las normas sobre prescripción establecidas en la ley civil interna, ya que ello contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos -integrante del ordenamiento jurídico nacional por disposición del artículo 5º de la Carta Fundamental- que consagra el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito». Por lo expuesto, y teniendo en especial consideración la actual jurisprudencia de nuestro Máximo Tribunal, deberá desecharse este motivo de agravio», sostiene el fallo. Resolución que agrega: «Cabe señalar que si bien es cierto que el daño moral debe ser acreditado, debe tenerse presente que no puede existir duda que las víctimas de violaciones de derechos fundamentales, en particular los actores, que fueron recluidos ilegalmente en una isla del fin del mundo; que sufrieron maltratos y que vivieron en aquel período la agonía de la incertidumbre de su propia existencia, sufrieron un inconmesurable daño moral, que no requiere ser probado pues el más elemental sentido común basta para tal efecto». El 7 de enero de 2013, la magistrada Donoso Niemeyer (en causa rol 803-2008) estableció la responsabilidad del Estado en los hechos y la correspondiente indemnización. «Atendida la gravedad de las violaciones a los derechos humanos a que fueran sometidos, que incluye el tiempo que se encontraron privados de libertad, tanto que fueran reconocidos como víctimas del Estado chileno en el Informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, lo que naturalmente conlleva gran dolor […]

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