SUBSECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS A UN PASO DE SER LEY

Por unanimidad, los legisladores presentes en la Sesión Ordinaria dieron su respaldo al informe de la Comisión Mixta que zanjó las discrepancias entre ambas Cámaras respecto al proyecto que crea la nueva Subsecretaría de Derechos Humanos.

Ahora será el turno de la Cámara de Diputados de someter a votación el texto de la instancia Mixta y de ser aprobado, la iniciativa se convertirá en ley.

Durante el debate hicieron uso de la palabra los senadores Rabindranath Quinteros,Jacqueline Van Rysselberghe, Lily Pérez San Martín, Alfonso De Urresti y Hernán Larraín.

PROYECTO ORIGINAL

El texto original fundamentaba la creación de la Subsecretaría de Derechos Humanos en la necesidad de “establecer, a nivel de Gobierno, una entidad que lidere los esfuerzos del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos, y de prestar asesoría y colaboración directa al Ministro en la elaboración de los planes, programas y decisiones relativas a la promoción y protección de los Derechos Humanos”.

En ese entendido, establecía como funciones de esta nueva institucionalidad:

 

a. Proponer políticas públicas referidas a la promoción de los Derechos Humanos.

 

b. Colaborar con el Comité Interministerial de Derechos Humanos en la elaboración de un Plan Nacional de Derechos Humanos.

 

c. Asistir al Ministro de Justicia en la realización del estudio crítico del derecho interno, con la finalidad  de proponer al Presidente de la República las reformas necesarias para adecuar su contenido a los tratados internacionales en materia de Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

 

d. Convocar y promover la participación de los distintos órganos de la Administración del Estado en los procesos de elaboración de las políticas y planes a su cargo.

 

e. Recibir y procesar las quejas y denuncias presentadas en contra del Estado de Chile ante organismos internacionales con competencia en Derechos Humanos y coordinar su defensa con otros organismos públicos, en los litigios o procedimientos derivados de los mismos, sin perjuicio de las facultades del Ministerio de Relaciones Exteriores.

 

f. Coordinar, en consulta con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la ejecución de medidas cautelares, medidas provisionales, acuerdos amistosos, recomendaciones y resoluciones originadas en el Sistema Interamericano y en el sistema Universal de Derechos Humanos.

 

g. Planificar y supervisar planes, programas y actividades de cooperación técnica internacional en materias de su competencia.

 

h. Colaborar con el Ministro en el diseño y desarrollo de estudios, planes y programas en materia de promoción y protección de los Derechos Humanos.

 

i. Proponer el programa de formación y fortalecimiento institucional en materia de Derechos Humanos para el sector público.

 

j. Cumplir las demás funciones que le confieren las leyes y reglamentos o que le sean delegadas, en el ámbito de su competencia.

Santiago de Chile, 15 de septiembre 2015
Crónica Digital

 

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