INDH: JUSTICIA CONDENA A 3 GENDARMES POR TORTURA CON RESULTADO DE MUERTE

Luego de un juicio abreviado en el que los involucrados reconocieron su responsabilidad en los hechos, los tribunales de justicia condenaron a funcionarios de Gendarmería por apremios ilegítimos contra cinco internos que en 2011 se encontraban recluidos en el penal de Puente Alto, uno de los cuales falleció debido a los tormentos.

La Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, se manifestó satisfecha con el resultado del juicio. “El sol no se puede tapar con un dedo, la tortura existe en Chile por parte de funcionarios públicos. Lentamente debemos llegar a una situación en que las instituciones reconozcan que existe la práctica de la tortura, aunque está prohibida en las normas», dijo.

El miércoles 27 de agosto, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó una querella contra cuatro gendarmes por  apremios ilegítimos, según está tipificado en el Artículo 150 A del Código Penal. El motivo fueron los hechos de tortura protagonizados por los agentes del Estado, de los cuales fueron víctimas cinco internos que en 2011 se encontraban recluidos en el penal de Puente Alto. Uno de ellos falleció debido a los tormentos.

Luego de un juicio abreviado que se extendió por poco más de dos meses y en el que los involucrados reconocieron su responsabilidad en los hechos, los tribunales de justicia condenaron a 3 de los gendarmes implicados en el caso. De este modo, Nelson Pinto Pinto, Rodrigo Aravena Muñoz y Juan Tapia Morales fueron sentenciados a cumplir penas remitidas que van desde los 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo, a 61 días de presidio menor en su grado mínimo, estableciendo así las responsabilidades del caso.

Para la Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, “la sentencia nos parece satisfactoria en el sentido de que –si bien fue un juicio abreviado- todas las personas que fueron parte de los actos de tortura están siendo sancionadas y se  reconoce la responsabilidad de estos funcionarios de Gendarmería en la comisión de los actos de tortura”.

“El sol no se puede tapar con un dedo, la tortura existe en Chile por parte de funcionarios públicos. Lentamente debemos llegar a una situación en que las instituciones reconozcan que existe la práctica de la tortura, aunque está prohibida en las normas. El Estado debe intensificar la formación en derechos humanos de los funcionarios que están en el trato directo con personas privadas de libertad, denunciar estos hechos, investigarlos, sancionarlos y reparar a las víctimas”, sentenció Lorena Fries.

Los hechos

El día 31 de diciembre de 2011, aproximadamente a las 20 horas, los internos fueron sorprendidos por personal de Gendarmería de Chile con un bidón contenedor de licor artesanal y un teléfono celular. Frente a este hecho, los funcionarios de Gendarmería procedieron primeramente a exigir a los internos que confesaran quien era propietario del teléfono, mientras los golpeaban. Posteriormente los obligaron a desnudarse, a beber el mismo licor hallado y a hacer reiteradamente ejercicios físicos hasta hacerlos vomitar.

Luego se les aplicó agua a presión con una manguera de incendios, gas lacrimógeno, golpes, y a uno de ellos se le puso un cigarrillo encendido en una de sus heridas, obligándolo posteriormente a pisar ese cigarrillo. Alrededor de las 23.40 horas, las víctimas fueron devueltas a sus celdas tras sufrir los vejámenes descritos, sin recibir en ningún momento asistencia médica. Uno de los internos sufrió una intoxicación alcohólica, “que al no ser tratada y, ser este además apremiado físicamente por su custodios, no recibiendo por tanto asistencia oportuna, situación que le provocó la muerte en horas de la madrugada del 1 de enero de 2012″, según consigna la querella presentada por el INDH.

Desde su creación, el INDH ha presentado más de 12 querellas por tortura y 15 recursos de amparo por malos tratos contra Gendarmería. Además, ha reiterado la necesidad de cumplir con las obligaciones que ha contraído Chile ante el sistema internacional de los derechos humanos, como la modificación del artículo 150 A del Código Penal para incorporar la definición de tortura que tiene la Convención contra la Tortura, de la cual Chile es Estado parte; la importancia de profundizar y ampliar la formación de los funcionarios y funcionarias de Gendarmería en temas de derechos humanos, y de que estas instituciones investiguen y sancionen la tortura; e instalar el Mecanismo Nacional de Prevención contra la Tortura.

Santiago de Chile, 18 de noviembre 2014
Crónica Digital

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