SVS AUTORIZA INVERSIONES DE ASEGURADORAS EN DERIVADOS FINANCIEROS

La Superintencia de Valores y Seguros (SVS) comunicó que con fecha 04 de Agosto, la Norma de Carácter General Nº 200 que reemplaza a la Norma N° 64 de 1995, donde se regula las operaciones con productos derivados que las aseguradoras pueden realizar. Cabe recordar que la anterior formativas las Aseguradores sólo podían realizar operaciones de cobertura de riesgo.

A través de un comunicado de prensa el organismo regulador del mercado financiero señaló que “las modificaciones introducidas tienen por objeto permitir que las compañías de seguros puedan realizar operaciones de inversión adicionales a sus operaciones de cobertura con derivados”.

Agrega que la nueva Norma de Carácter General N° 200 “introduce además la posibilidad de que las compañías puedan participar como prestamistas de parte de su cartera de acciones en operaciones de venta corta.”

La norma entra en vigencia el 1 de octubre de 2006, fecha a partir de la cual las compañías podrán respaldar hasta un 2% de sus reservas técnicas y patrimonio de riesgo, con productos derivados, tanto de cobertura como de inversión, lo cual favorece la realización de estas operaciones. A marzo de 2006, el 2% de las reservas técnicas y patrimonio de riesgo de las aseguradoras alcanzaba aproximadamente los US $440 millones.

Las operaciones de inversión que se autorizan estarán sujetas a estrictos límites y restricciones que permiten acotar sus riesgos para la compañía, evitándose con ello debilitar su nivel de solvencia, señala el comunicado.

Por su parte el Superintendente de Valores y Seguros, Alberto Etchegaray de la Cerda dijo que “la nueva normativa se enmarca en las medidas impulsadas por el Plan Chile Compite, particularmente en lo relativo a profundizar el mercado de productos derivados y promover la integración financiera en el mercado de capitales”.

La autoridad destacó que la nueva norma “amplía las posibilidades de negocios que las aseguradoras tenían con productos derivados hasta este momento, lo que les permitirá obtener mayores rentabilidades en su cartera de inversiones, manteniendo los riesgos acotados”.

Dentro de las nuevas operaciones que se autorizan se encuentran el lanzamiento de opciones de compra calzadas con un activo que mantiene la compañía, las posiciones compradoras o vendedoras en monedas extranjeras, no calzadas con un activo o pasivo y, las posiciones compradoras o vendederas en instrumentos de renta fija, tasas de interés, acciones e índices accionarios, que no tengan un carácter de cobertura.

Por otro lado, la SVS informó que la nueva normativa regulatoria autoriza a las compañías de seguros a participar en operaciones de venta corta mediante el préstamo de acciones que mantengan en cartera.

El comunicado agrega que “Las compañías podrán prestar acciones hasta un máximo del 10% del total de su cartera de acciones representativas de reservas técnicas y patrimonio de riesgo, lo que equivale aproximadamente a US$ 78 millones (a marzo de 2006)” y que “ Las operaciones de préstamo de acciones que las compañías efectúen, solo podrán realizarse en las bolsas de valores chilenas que la SVS autorice”.

Santiago de Chile, 7 de agosto 2006
Crónica Digital , 0, 54, 12

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