HABRÁ MÁS JUSTICIA SALARIAL DE GÉNERO CUANDO SE HAGA UNA PROFUNDA REFORMA LABORAL

“La postergación de los derechos de las mujeres  en materia salarial, en materia de desigualdad, en materia de participación en el mundo del trabajo, no es otra cosa que la expresión de un fenómeno mucho mayor que es la violación de los derechos laborales por leyes laborales que heredamos de la Dictadura”.

 

Así lo señaló, el presidente del sindicato de Trabajadores del Petróleo, ENAP y vicepresidente de la CUT, Norlberto Díaz en su exposición “Incorporando la igualdad de género en las negociaciones y demandas sindicales”, enmarcada en el seminario “Primer Diálogo Mujer y Energía: desafíos para la inclusión de género”, organizado por el Servicio Nacional de la Mujer, Sernam.

El dirigente, precisó que “lo que nosotros tenemos en Chile es postergación y retraso en materia de los derechos de las mujeres porque existe postergación  en materia de los derechos laborales. Estamos 40, 50 años atrasados  con respecto al mundo moderno. En Chile se violan los derechos laborales; la gente no tiene sindicatos; los derechos de las personas dependen de la voluntad de un superior…¡no puede ser esto!. En el mundo desarrollado y democrático  los derechos colectivos y sociales dependen de instrumentos colectivos. Alemania  negocia colectivamente hace  40 años y nadie se espanta. En los países democráticos y desarrollados, los derechos son colectivos y se protegen”.

En ese contexto, enfatizó que habrá “mayor participación de las mujeres en el mercado laboral  con más justicia en materia salarial,  cuando haya una profunda Reforma Laboral que es la que estamos esperando para los próximos días, las próximas semanas”.

El evento se enmarca en la línea estratégica que está siguiendo el Sernam en orden a trabajar decididamente por la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de tal manera de provocar “un cambio cultural necesario para favorecer el ingreso de las mujeres al mercado laboral remunerado”.

Es por esta razón que el organismo estatal mandató al Instituto Nacional de Normalización (INN) el desarrollo e implementación de una Norma chilena de Igualdad de género, creándose la NCH3262-2012. Sistema de Gestión-Gestión de igualdad de género y conciliación de la vida laboral, familiar y personal”; norma que fue aprobada en febrero del 2012.

De esta forma, el Sernam otorga el “Sello IGUALA-CONCILIACION. Vida laboral, familiar y personal” a las Pymes, servicios públicos, empresas grandes y medianas, municipios y ONG´s que obtengan la certificación de dicha norma.

El objetivo es que se “reconozcan a mujeres y hombres como sujetos integrales, con los mismos derechos a desarrollarse en el espacio laboral, familiar y personal y que las organizaciones privadas y públicas de Chile asuman el desafío de incluir en su política de negocio medidas tendientes a enfrentar las desigualdades que operan en su interior”.

Santiago de Chile, 17 de octubre 2014
Crónica Digital

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JUSTICIA ACOGE RECURSO DE AMPARO DE LA DPP Y DEL INDH EN FAVOR DE INTERNO DE LA CÁRCEL DE PUENTE ALTO

Vie Oct 17 , 2014
Se trata de un hombre de 45 años que durante dos noches durmió en un baño colectivo del recinto, a pesar de que sufre una traqueotomía. “Nuevamente estamos frente a una señal de la Justicia que pone a la dignidad de las personas por sobre toda consideración», dijo Lorena Fries, Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos. La Corte de Apelaciones de San Miguel acogió en forma unánime el recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria (DPP) y el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INH) en favor de un hombre privado de libertad en la cárcel de Puente Alto. Se trata del caso de J.A.L.G, de 45 años, quien durante dos noches (8 y 9 de octubre) durmió en un baño colectivo del recinto penal, a pesar de que sufre una traqueotomía. La DPP y el INDH estimaron que esta situación pone en peligro la integridad física del interno, ya que las condiciones higiénicas del baño de un recinto penal hacen suponer una gran cantidad de factores de riesgo para una persona que posee una herida abierta y una cánula, como son los focos infecciosos y la humedad. El recurso de amparo presentado el 10 de octubre por la Defensoría Penal Pública Penitenciaria, al cual adhirió el Instituto Nacional de Derechos Humanos, fue acogido en forma unánime por la Corte de Apelaciones de San Miguel. La Corte, al acoger el amparo, señaló que «el sólo hecho de haber permanecido en el baño de la dependencia a la que fue destinado luego del incidente con otro interno, sin que Gendarmería de Chile hubiere adoptado alguna medida inmediata en resguardo de la integridad de L.G., reconociendo incluso haber tomado conocimiento del hecho sólo a raíz de la interposición de este recurso, importa una vulneración a su derecho a la seguridad individual, que se resguarda en el numeral séptimo del artículo 19 de nuestra Constitución Política”. Al respecto, la Directora del Instituto Nacional de Derechos Humanos, Lorena Fries, valoró el fallo y enfatizó que “nuevamente estamos frente a una señal de la Justicia que pone a la dignidad de las personas por sobre toda consideración, en este caso, en relación al respeto y garantía de los derechos humanos acorde a nuestra legislación y los tratados e instancias internacionales en lo que concierne a personas privadas de libertad”. Diez amparos acogidos En los últimos dos años, se han acogido diez recursos de amparo en los que ha intervenido el INDH como recurrente o adherente por malos tratos a reclusos y vulneración a la garantía de la seguridad individual establecida en el artículo 19 N° 7 de la Constitución y en los tratados internacionales de derechos humanos. Santiago de Chile, 17 de octubre 2014 Crónica Digital

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