DESDE CANADÁ Y CHILE PRESENTAN INFORME CRÍTICO SOBRE MEMORANDUM BARRICK DIAGUITA

Mientras Barrick anuncia la venta de activos y la reducción de sus gastos operacionales para mejorar su estatus con sus accionistas, los costos sociales del proyecto Pascua Lama en el valle de Huasco, Chile, continúan creciendo.

A pesar de declaraciones de la empresa de que Pascua Lama ha mejorado sus relaciones comunitarias con la firma de un Memorandum de Entendimiento con comunidades Diaguitas en 2014, un informe publicado por Mining Watch Canadá y el Observatorio Latinoamericano de Conflictos Ambientales (OLCA) demuestra que Memorandum de la Barrick Gold socavó la resistencia de la población Indígena y no Indígena en la zona que se opone al proyecto Pascua Lama.

El informe se base sobre un trabajo de campo en el Valle del Huasco en Atacama, Chile, llevado a cabo por la antrópologa Adrienne Wiebe. Se recogió testimonios locales que indican que la elaboración del Memorandum involucró un proceso confuso y manipulado que carecía del pleno respaldo de las comunidades firmantes.

En el caso de una de las comunidades Diaguitas firmantes del Memorandum, Sierra de Huachacan, las divisiones generadas por firmar el Memorandum sin el pleno consentimiento de toda la comunidad hace que ahora hay tres organizaciones diaguitas en este mismo lugar en donde antes había una.

La autora, quien realizó la visita al Alto del Carmen en marzo de 2015, comenta que “Lo que sobresale de las voces de los residentes del valle es la falta de transparencia y claridad en el proceso de la elaboración del Memorandum, y que esto ha resultado en mucha confusión y conflicto dentro de las comunidades”.

Estas constataciones van en la misma dirección que desde un comienzo denunciaron las comunidades locales, intentando bloquear la ofensiva comunicacional empresarial que se desplegó en Chile y a nivel internacional para legitimar el acuerdo y presentarlo como un gran acierto relacional que sentaba nuevos precedentes en la relación proyectos extractivos y pueblos Indígenas.

Se concluye que el Memorandum promovido por Barrick Gold y avalado por el gobierno de Chile, constituye un abuso a los derechos indigenas y una maniobra en búsqueda de una ansiada licencia social para operar.

Este informe, y otros textos que investigadores sociales han generado sobre este acuerdo, dan cuenta de serios problemas de legitimidad, de mediación perversa de las relaciones sociales, y de falta de voluntad política del Estado chileno para salvaguardar efectivamente los derechos de los pueblos Indígenas y de las comunidades impactadas por la megaminería.

El autor propone dar seguimiento a esta investigación e indagar sobre el posible involucramiento del Estado canadiense en la elaboración del Memorandum, dada su intención explícita para promover los intereses de las empresas mineras canadienses (a pesar de los costos que caen sobre las comunidades afectadas), y su interes de encontrar mecanismos que le permitan sortear la creciente oposición de pueblos Indígenas y no Indígenas frente a sus proyectos en diversos países del mundo.

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Santiago de Chile, 17 de agosto 2015
Crónica Digital

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DIPUTADOS PRESENTAN PROYECTO QUE PROHÍBE CREACIÓN DE AFP´S “IDEOLÓGICAMENTE FALSAS”

Jue Sep 17 , 2015
La iniciativa fue presentada en conjunto con los parlamentarios demócrata cristianos, Fuad Chaín e Iván Flores, además del diputado socialista Daniel Melo. La diputada del Partido Comunista, Karol Cariola, presentó un proyecto de ley que impide la creación de Administradoras de Fondos de Pensiones “ideológicamente falsas”. Además, la iniciativa establecenuevos requisitos para la creación de AFPs, así como también nuevas sanciones en su incumplimiento. “Hemos decidido tomar acciones proactivas, buscar los mecanismos de anular la creación de AFPs ideológicamente falsas; evitar con esto que haya elusión legal de impuestos por la vía de la creación de AFPs que no tienen afiliados; obligar a que existan mayores mecanismos de regulación por parte de organismos del Estado; obligar a que se publiquen los antecedentes de los afiliados, los antecedentes de la creación de la AFP y, por otro lado, la regulación en relación a todas aquellas medidas que perjudiquen a los afiliados”, expresó la diputada Karol Cariola. La representante de Recoleta e Independencia agregó que “nos parece inaceptable que aquí se juegue con la línea de la legalidad versus lo ético (…) Las afps ya son un negocio en si mismo por lo tanto, mas encima, que se haga un negocio de ello, nos parece inmoral y creemos que esto es una bofetada para todos los trabajadores y trabajadoras chilenas que reciben pensiones miserables y que más encima ven cómo a costa de ellos, se aprovechan del negociado que está detrás de esta institución”. En la misma línea, el diputado Fuad Chaín (DC), quien ha protagonizado diversos encuentros con Tamara Agnic en la Comisión Investigadora por la fusión de las AFPs Curpum-Argentum, sostuvo que “la superintendenta de pensiones ha actuado la margen de la legalidad. Este es el mayor escándalo desde el punto de vista de la elusión tributaria en los últimos años, estamos hablando de casi cinco veces el perdonazo a Johnson´s”. El parlamentario agregó que la Contraloría está llevando a cabo una investigación para verificar la legalidad de ambas operaciones, además de informar que se invitará a la comisión, al Consejo de Defensa del Estado, entidad que –a juicio del legislador- “debiera presentar una nulidad de derecho público respecto de estas operaciones”. Tanto el diputado socialista Daniel Melo como el parlamentario Iván Flores (DC), insistieron en la urgente necesidad de que el Gobierno de una clara señal en esta materia y solicite la renuncia a la Superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic. El proyecto establece un nuevo inciso sexto y modifica el inciso séptimo actual del artículo 43 del Decreto Ley N°3500, normativa que regula las facultades de la Superintendencia de Pensiones y los procedimientos para la formación y termino de las Administradoras de Fondos de Pensiones. Además, establece en el artículo 131 de la Ley de Sociedades Anónimas, que las Administradoras que no cumplan con estos requisitos serán declaradas nulas de pleno derecho conforme al artículo 6A de esta ley. Santiago de Chile, 17 de septiembre 2015 Crónica Digital

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