LEY ANTITERRORISTA: “EL CAMINO CORRECTO ES DEROGAR”, AFIRMAN SOCIALISTAS

El jefe de bancada del PS, Marcelo Schilling, destacó que la comisión de ocho expertos recoge partes sustantivas del proyecto presentado por los socialistas que planteaba la necesidad de terminar con la subjetivización de las conductas consideradas terroristas.

A nombre de la bancada socialista, el diputado Marcelo Schilling, destacó la disposición del gobierno de modificar la Ley Antiterrorista. En particular el jefe de los parlamentarios PS destacó que los ocho expertos convocados por el ministro del Interior, Rodrigo Peñailillo, y por el titular de Justicia, José Antonio Gómez, acogieran parte de la moción presentada el pasado en el mes de julio que apuntaba a derogar el cuestionado cuerpo legal.

“La bancada socialista está satisfecha con las medidas que viene proponiendo la comisión encargada de revisar la Ley Antiterrorista para su modificación. Estamos de acuerdo en que hay que derogar la ley actual y reemplazarla por disposiciones en el Código Penal, tipificando como delito terrorista los que cometan tanto personas individualmente consideradas, organizaciones y desde luego el terrorismo de Estado”, dijo Schilling.

El parlamentario agregó que la vía efectiva para combatir y prevenir las acciones terroristas es establecer un estatuto contundente en cuanto a medidas de investigación, pero sujetas al control judicial, evitando el vicio de producir pruebas con infracción de garantías.

El trabajo de la comisión convocada por el Ejecutivo se inició el 30 de mayo. La instancia quedó constituida por los abogados y profesores Enrique Aldunate Esquivel, Javier Couso Salas, Juan Pablo Cox Leixelard, Juan Pablo Hermosilla Osorio, Héctor Hernández Basualto, María Inés Horvitz Lennon, Juan Pablo Mañalich Raffo y José Ignacio Núñez Leiva.

La propuesta elimina de la Constitución toda referencia al terrorismo, recogiendo las tendencias de países democráticos, a objeto de establecer su regulación en la ley.

También se deroga el estatuto especial contenido en la ley 18.314, atendido el déficit de aplicación en los tribunales, que reiteradamente han rechazado la aplicación de la normativa.

La propuesta en forma integral aborda el “fenómeno terrorista” en su dimensión organizativa, en su dimensión individual y, asimismo, el fenómeno del terrorismo de estado, estableciendo una nueva regulación que se incorpora en el Código Penal.

Como contrapartida a este nuevo sistema de regulación se establece un capítulo especial en la legislación procesal con el objeto de regular todas las técnicas especiales de investigación aplicable a estos delitos y a otros de similar complejidad, como el narcotráfico y la trata de personas, entre otros. En este sentido se regulan las medidas intrusivas como la intercepción telefónica, entregas vigiladas y la  regulación del agente encubierto, el agente revelador y, especialmente, las autorizaciones que debe entregar el juez de garantía en estos casos excepcionales.

Adicionalmente, se hace cargo de la situación de los testigos y su protección, estableciendo particularmente medidas extraordinarias como el cambio de identidad en el caso de agentes encubiertos y reveladores.

Santiago de Chile, 14 de octubre 2014
Crónica Digital

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