DIPUTADO NÚÑEZ: “A PARTIR DE ESTE FIN DE SEMANA, VER LOS GOLES POR TV SERÁ UN PRIVILEGIO”

En la víspera del inicio del torneo de clausura 2016 del fútbol chileno, el diputado del PC, Daniel Núñez, lamentó que a partir de este fin de semana ningún canal de la TV abierta transmitirá los goles de la jornada, ya que la gran mayoría de ellos se abstuvo de participar de la licitación que controla el CDF.

“La crisis que afecta al fútbol suma un nuevo perjuicio para los hinchas, luego que el CDF declarara desierta la licitación para exhibir los goles por la TV abierta. Este fin de semana, por primera vez, ningún canal de la TV abierta transmitirá los goles de la fecha, lo que deja sin el alma del fútbol a millones de hinchas. El gol será solo para quienes paguen, para quienes estén abonados al canal del cable. A partir de este domingo, ver los goles por TV será un privilegio”, enfatizó.

Según Núñez, este complejo escenario se produce por los números rojos que tienen los canales de televisión y el escaso rating que representa exhibir los goles de parte de la señal que mantiene los derechos licitados.

“Hoy los niños y jóvenes se identifican y conocen mejor a los jugadores del Barcelona o el Manchester. Paradojalmente, conocen menos a los jugadores del torneo nacional. Mostrar los goles por la TV abierta, estoy seguro, despertaría, incluso, el interés por asistir a los estadios para ver personalmente a los ídolos”, destacó.

El parlamentario por Coquimbo expresó que el proyecto “Goles para Todos” tiene por objetivo asegurar a los televidentes el acceso a la información deportiva, ya que si bien se trata de una actividad privada, se desarrolla gracias al subsidio del Estado mediante el arriendo de los estadios.

“El fútbol profesional se sustenta, tiene vida como hoy lo conocemos gracias al apoyo estatal. Por esta razón, el Estado debe asegurar el acceso básico a la información, en este caso a difundir los goles en todos los canales de TV abierta”, recalcó.

El proyecto “Goles para todos” busca que el campeonato nacional vuelva a la televisión abierta y establece que por cada fecha de primera división, dos partidos deben transmitirse por señal de libre recepción, siendo TVN quien tenga el derecho preferente por su misión pública.

Asimismo, tiene por objetivo que todos los canales de televisión puedan grabar y difundir los goles de cada fecha y que los reporteros radiales vuelvan a ingresar a la cancha.

Santiago de Chile, 15 de enero 2016
Crónica Digital

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CORTE SUPREMA DESACREDITA VERSIÓN DE CARABINEROS Y DECLARA ILEGAL VIOLENTO ALLANAMIENTO A CASA DE PROFESORA DE LA LEGUA EMERGENCIA

Vie Ene 15 , 2016
La policía uniformada irrumpió violentamente el 27 de noviembre pasado en la casa de Katherine Venegas, sin autorización judicial y luego negando oficialmente la existencia del operativo.  En un fallo unánime, el máximo tribunal del país revocó el la resolución de la Corte de Apelaciones de San Miguel que avalaba la versión de Carabineros, ordenando investigar los hechos en busca de ilícitos. Como una “actuación intrusiva” e “ilícita” por parte de Carabineros,  que “afectó, con violencia, su libertad personal y seguridad individual”. Así describe la Corte Suprema el allanamiento ilegal que realizó la policía el pasado 27 de noviembre en la casa de la profesora de Katherine Venegas Fuentes, en pleno corazón de la población La Legua Emergencia. El máximo tribunal del país acogió el pasado miércoles 13 de enero el recurso de amparo presentado por Comité de Defensa y Promoción de Derechos Humanos de La Legua, revocando a su vez el dictamen de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había rechazado el recurso en primera instancia dando crédito a la versión de Carabineros, quienes negaron la realización del violento operativo, pese a las numerosas pruebas y testigos del hecho y a la denuncia realizada por la docente por la desaparición de 250 mil pesos tras el violento episodio. En un fallo unánime, la Corte Suprema establece que “el domicilio de la amparada fue allanado por personal policial, lo que es demostrativo de la existencia de una actuación intrusiva que afectó, con violencia, su libertad personal y seguridad individual, sin que hasta la fecha Carabineros de Chile haya dado una explicación satisfactoria y coherente acerca de sus motivaciones para entrar al inmueble”. El dictamen agrega que la institución nunca informó acerca de las razones que tuvo para irrumpir en el domicilio de Katherine Venegas y “registrar la propiedad e incautar dinero, nada de lo cual parece estar en conocimiento del Ministerio Público”. En este sentido, la resolución explica que el máximo tribunal “se vio en la necesidad” de acoger el amparo ya que  “en los hechos, ha existido, según los antecedentes disponibles, una actuación ilícita por parte del ente policial”. La inédita sentencia, junto con revocar un fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel y desacreditar la versión oficial de Carabineros, ordena a la Fiscalía Regional Metropolitana Santiago Sur a investigar los hechos ocurridos y dirimir sobre los ilícitos cometidos en el citado allanamiento ilegal que afectó a la profesora Venegas. Finalmente, la Corte Suprema ordena a Carabineros de Chile a “abstenerse en lo sucesivo de realizar actuaciones como la que dan cuenta estos antecedentes, en que se obró sin autorización judicial previa, omitiendo la obligación de informar al Ministerio Público”. Santiago de Chile, 15 de enero 2016 Crónica Digital

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