Imputan por segunda vez a psiquiatra de Maradona

La psiquiatra del fallecido Diego Armando Maradona, Agustina Cosachov, quedó hoy por segunda vez imputada por falsificar un certificado sobre la salud mental del gran astro de fútbol.

 

En medio de las investigaciones para saber si hubo negligencia médica que llevaran a la muerte del Pelusa, en noviembre del pasado año, este martes se conoció que Cosachov sumó otra imputación por ‘falsedad ideológica’.

De acuerdo con la agencia Télam, las miradas apuntan a la psiquiatra por haber asentado en un certificado y en una historia clínica que el exastro futbolístico en octubre pasado se encontraba en buen estado de salud mental, sin ir a visitarlo.

La doctora, investigada al igual que el neurocirujano Leopoldo Luque, enfrenta ahora el delito de ‘falsedad ideológica’, contemplado en el artículo 293 del Código Penal, y que prevé pena de hasta seis años de cárcel, precisó la fuente.

En diciembre pasado la justicia allanó el consultorio y la vivienda de la psiquiatra, quien en las últimas semanas asistió al gran D10S y fue una de las primeras personas en constatar que Maradona yacía sin vida en su habitación de la casa de la localidad bonaerense de Tigre, donde pasaba el postoperatorio de un hematoma subdural.

A más de dos meses de su deceso, siguen las especulaciones sobre la muerte del gran Pibe de Oro sobre si estaba bien atendido o no.

Buenos Aires, 2 de febrero 2021
Crónica Digital/PL

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La Corte de Apelaciones de Santiago condenó  a cuatro exmilitares y un exfuncionario de Gendarmería por homicidios de presos de la antigua cárcel Pública de esta capital en época de la dictadura militar. El tribunal sentenció a 15 años de cárcel a los exmilitares Eduardo Arriagada, Sergio Rosende, Joaquín Larraín y Jaime Fuenzalida por los homicidios consumados de Víctor Corvalán y Héctor Walter Pacheco. También, por los homicidios frustrados de Guillermo Rodríguez, Ricardo Antonio Aguilera, Elizardo Enrique Aguilera, Adalberto Muñoz y Rafael Enrique Garrido. El entonces alcaide de esa prisión, Ronald Bennett, fue condenado a 10 años tras las rejas por su complicidad en los hechos, consistentes en el envenenamiento de los reos con la toxina botulímica, en diciembre de 1981, en lo que se calificó de «una operación especial de inteligencia». El fallo establece que se trata de delitos de lesa humanidad, y por lo tanto, imprescriptibles y sin amnistía, de acuerdo con el Derecho Penal Internacional sobre Derechos Humanos. Asimismo puntualiza que tal actuación formaba parte de una política de Estado sistemática y generalizada, practicada por sus agentes contra parte de la población civil, y que ocasionó graves daños a las víctimas, dos de las cuales fallecieron y las otras cinco se salvaron gracias a la adopción de medidas terapéuticas oportunas. Durante la investigación del caso se estableció que el veneno fue obtenido en un laboratorio de Brasil, enviado por valija diplomática a Chile, recibido en la Cancillería y luego entregado a un laboratorio secreto dependiente de la Dirección de Inteligencia del Ejército. La sustancia fue administrada en los alimentos a los presos, cinco de los cuales pertenecían al Movimiento de Izquierda Revolucionaria, y aunque estos fueron llevados a la enfermería de la prisión para ser atendidos por el envenenamiento, fueron retornados a sus celdas al diagnosticarle solo una gastritis aguda. El fallo ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 950 millones de pesos (cerca de un millón 300 mil dólares)  a las familias de la víctimas. Santiago de Chile, 3 de febrero 2021 Crónica Digital/PL

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