Tribunal Electoral excluye a Marco Enríquez–Ominami de elecciones presidenciales por caso OAS

A una semana que Marco Enríquez–Ominami anunciara su cuarta aventura presidencial en solitario, su candidatura quedó excluida por una decisión del Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana, por su implicancia en el llamado Caso OAS. Ello deja en una delicada posición a Enríquez–Ominami y a su colectividad, el Partido Progresista (PRO).

El Servicio Electoral “deberá excluir del Padrón Electoral Auditado a don Marco Antonio Enríquez–Ominami Gumucio”, dice el documento, “por encontrarse aún en el presupuesto descrito en el numeral 2 del artículo 16 de la Constitución Política de la República, en relación con la causa RUC Nº 1600371491–1, RIT Nº 19617–2016 del 7º Juzgado de Garantía de Santiago, radicada en el 4º Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, RIT Nº 169-2020”.

El fallo consigna que hay que concluir que la “suspensión del derecho de sufragio ha existido como institución permanente en nuestra legislación constitucional desde los albores de la República, sin sobresaltos ni objeciones a su constitucionalidad respecto de la manera parca en que está concebida, sin ninguna descripción de procedimientos para hacerla efectiva, apareciendo como una consecuencia de pleno derecho, para aquellos ciudadanos que están en alguna de las situaciones que el artículo 16 del actual texto constitucional prevé”.

El numeral 2 del Artículo 16 de la Constitución, que hace alusión a la suspensión del derecho a sufragio (requisito para ser candidato a presidente), señala que “por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva”.

El pasado 25 de agosto el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal absolvió a Enríquez–Ominami y condenó a su exasesor, Cristián Warner. Con ello, tomó la decisión de anunciar una nueva candidatura presidencial el domingo 22, abandonando la coalición Unidad Constituyente (ahora Nuevo Pacto Social) que el PRO integraba hasta entonces, por lo que la colectividad debió inscribir una lista parlamentaria en solitario, con casi nulas posibilidades electorales. Ello desencadenó una fuerte crisis en el partido, incluyendo las renuncias de los senadores Alejandro Guillier y Alejandro Navarro.

El Tribunal Electoral sostiene que Enríquez–Ominami no puede ser incluido en las elecciones presidenciales pese a la sentencia absolutoria del 25 de agosto, pues “tal hito no constituye sentencia definitiva, que para los efectos de poner término a la suspensión debe estar firme o ejecutoriada”.

Al respecto, señala que la suspensión del derecho a sufragio, que impide su inclusión en el padrón electoral e inscribir entonces su candidatura, “no se trata de una medida cautelar, sino de una consecuencia jurídica asociada al hecho de encontrarse la persona en determinado estadio procesal dentro de un procedimiento judicial penal”.

Cabe agregar, que Enríquez–Ominami está involucrado en otra causa, el denominado Caso SQM, que aún no ha llegado a la etapa de juicio.

Enríquez–Ominami anunció que apelará al TRICEL. “Hace dos semanas, un tribunal por unanimidad reconoció algo por lo que luché siete años, mi total y absoluta inocencia. Hoy, un Tribunal Electoral (…) impugna una candidatura progresista y de cambio”, afirmó. Añadió que “es una violencia, es injusto, es un absurdo. Es una violación flagrante a la presunción de inocencia y una aberración jurídica. En una democracia justa, esto no puede pasar”.

Dijo que la resolución “nos da más fuerza, fortalece nuestra convicción de que Chile necesita un cambio”.

Santiago, 5 de septiembre 2021.

Crónica Digital.

Next Post

El COVID–19 acabó con la vida de Miguel Estay Reyno: agente de la represión condenado por Caso Degollados

Dom Sep 5 , 2021
El emblemático ex agente de los servicios represivos de la dictadura cívico–militar, Miguel Estay Reyno, alias “El Fanta”, falleció en el Hospital San José por causas asociadas con el COVID–19. Hasta entonces se encontraba cumpliendo condena a cadena perpetua por el secuestro y degollamiento de los profesionales comunistas Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Nattino. A través de un comunicado, Gendarmería de Chile informó que “El Fanta”, de 68 años, se contagió luego de “recibir una visita que resultó positiva para COVID–19, el pasado 10 de agosto”. Luego fue trasladado desde el penal de Punta Peuco, en el que se encontraba recluido, hasta el recinto asistencial donde perdió la vida. Estay Reyno fue militante de las Juventudes Comunistas hasta el golpe de Estado y poco después resolvió colaborar con los aparatos represivos de la tiranía en el aniquilamiento de la izquierda, primero como informante y luego como agente del Comando Conjunto y de la Dirección de Comunicaciones de Carabineros (DICOMCAR).  La periodista Nancy Guzmán en su libro “El Fanta: Historia de una traición” dice que “se cambió de bando aparentemente sin sufrir tortura, llegando a ser de los más activos agentes de la dictadura. Con un agravante enorme: delató a sus dos hermanos menores (lo que les significó prisión y tortura), ambos militantes del PC, y a los que había prometido a su padre, que partió al exilio, cuidar”. En su libro “La Noche de los Corvos”, los abogados de derechos humanos Nelson Caucoto y Héctor Salazar, cuentan que Estay proporcionó el corvo atacameño con el que degollaron a Parada, Guerrero y Nattino, siguiendo instrucciones del director de la DICOMCAR, coronel Luis Fontaine, acribillado en 1990 por el Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR). “El Fanta” integró el equipo que llevó a las víctimas hasta el camino al aeropuerto internacional de Pudahuel. La muerte de Estay Reyno es la segunda al interior del penal de Punta Peuco a causa del COVID–19 en menos de 24 horas, luego que Gendarmería comunicara la muerte del coronel en retiro Jaime García Zamorano, uno de los nueve exmilitares implicados en la “Operación Retiro de Televisores” en 1979, que consistió en exhumar e inhumar (retirar y ocultar en forma ilegal) los cuerpos de detenidos–desaparecidos para impedir su localización como ya había ocurrido en Lonquén. En el caso específico que llevo a García a ser condenado se trató de un operativo respecto de la matanza de 18 campesinos que en octubre de 1973 fueron secuestrados y asesinados en Mulchén. Desde Gendarmería se informó que toda la población penal del módulo 1 se encuentra en aislamiento preventivo, para evitar más contagios. Imágenes: Wikipedia y Memoria Viva. Santiago, 5 de septiembre 2021. Crónica Digital.

Te puede interesar:

Las opiniones vertidas en este medio de comunicación no necesariamente representan el sentir de Crónica Digital y son de responsabilidad de quienes las emiten.

Crónica Digital, es un medio de comunicación social, republicano y comunitario. Fue fundado el 19 de abril del año 2005. Su objetivo periodístico es informar sobre los principales noticias de Chile, América Latina y el mundo.

El director de Crónica Digital es el periodista Marcel Garcés Muñoz.

Su representante legal y editor general es el periodista Iván Antonio Gutiérrez Lozano.

El editor nacional es el periodista Ramón Vargas Vega.

El editor cultura es el periodista Miguel Alvarado.

Corresponsal en La Habana, Cuba, Florencia Lagos N.

El asesor legal es el académico y abogado Sr. Pablo Méndez Soto.

Los principales asociados informativos de Crónica Digital son la Agencia Informativa Latinoamericana Prensa Latina , la agencia de noticias China, Xinhua y TV Brics.

En Chile, el medio electrónico El Maipo

Correo: cronicadigital@gmail.com
Dirección: Maturana 302 local 2
Santiago de Chile.

Desde el año 2005 Crónica Digital es parte de la Asamblea Nacional por los Derechos Humanos.

Crónica Digital es una marca registrada. Todos los derechos reservados.

Redacción Diario Crónica Digital
Fono: 950142601

Un café en una plaza con historia....

Maturana con Huérfanos
plaza Brasil,
Santiago de Chile.

La imagen tiene un atributo ALT vacío; su nombre de archivo es cafe-con-torta-900x675.jpeg