Consejo para la Transparencia entrega al Gobierno 27 reformas sobre transparencia y anticorrupción

Su presidente, Francisco Leturia, afirmó que se trata de acciones que reciben el consenso de los técnicos y que espera logren concitar el apoyo político que se requiere para su implementación.

En un encuentro con el ministro de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Álvaro Elizalde, y la subsecretaria de la cartera, Macarena Lobos, al que asistieron el presidente del Consejo para la Transparencia, Francisco Leturia, el consejero Bernardo Navarrete y el director general, David Ibaceta, el organismo presentó 27 medidas para enfrentar la corrupción.

En la instancia, los representantes del CPLT plantearon los cambios en materia de anticorrupción y pro transparencia que consideran deben implementarse para que situaciones como las que se han conocido en el último tiempo en el país no se vuelvan a repetir.

“Sino cambiamos las reglas y seguimos con los forados que tenemos, estas cosas van a seguir pasando”, dijo Leturia. “Tenemos que cerrar las puertas y dejar de seguir dándoles facilidades a las personas y a eso apuntan estas reformas”, explicó.

De las 27 medidas, el titular del CPLT destacó tres: que no existan excepciones en materia de transparencia –como ocurre en el caso de corporaciones municipales, fundaciones, entre otras entidades de derecho privado y algunos órganos y poderes del Estado-. “Las normas de transparencia deben ser iguales para todos”, resumió. A esto se suma un aumento en los estándares de información que deben transparentarse y establecer más sanciones.

Sobre la reunión, el presidente del Consejo comentó que tanto la subsecretaria Lobos como el ministro Elizalde “han tenido una actitud muy positiva. Es de esperar que logremos concitar el apoyo del mundo político. para realizar estos cambios que son urgentes”.

Detalle de medidas propuestas por el CPLT

PROPUESTAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA

1) Transparencia para todos los órganos del Estado. Creación de un sistema general de transparencia con una única autoridad de control, que incluya a órganos con reglas de transparencia especiales, como, por ejemplo, el Congreso Nacional o el Poder Judicial.

2) Aplicación de normas de transparencia activa a fundaciones, corporaciones e instituciones privadas que reciban fondos públicos.

3) Ampliación y perfeccionamiento de materias de transparencia activa. Se contempla la publicación de materias que son de interés ciudadano, permitiendo transformar la transparencia activa en la regla y no la excepción.

4) Establecer normas de transparencia sectorial. Esto permite dar publicidad a materias de interés específico de cada sector, por ejemplo, universidades u obras públicas.

5) Perfeccionamiento de reglas de transparencia activa en gobiernos regionales.

6) Rendición de cuentas sobre ejecución de proyectos de diversa naturaleza, tanto a nivel nacional, regional y comunal. , incorporando un mecanismo objetivo de verificación.

7) Registro público abierto, transparente y unificado de corporaciones y fundaciones que reciben recursos públicos, a cargo del Ministerio de Hacienda, así como la aplicación del principio de probidad a los trabajadores de corporaciones y fundaciones, empresas municipales y corporaciones y fundaciones regionales.

8) Publicidad pormenorizada indicando institución y montos, para transferencias realizadas por organismos públicos a instituciones internacionales, con sede en el extranjero o en territorio nacional; transparentar activamente sus fundamentos y rendiciones de cuentas asociadas al uso de dichos recursos.

9) Perfeccionar las normas de transparencia en materia de concesiones y asociaciones público-privadas.

10) Publicación de montos entregados por concepto de viáticos y cometidos funcionarios.

11) Perfeccionamiento de normas de transparencia activa en empresas públicas, incluyendo la nómina de contratos para el suministro de bienes muebles, prestación de servicios, entre otros.

12) Aumento de sanciones establecidas por ley. Incorpora la determinación de sujetos responsables, que incluya expresamente a los infractores, sin perjuicio de la responsabilidad de la autoridad o jefe de servicio.

13) Más transparencia presupuestaria. Incluye la publicación de versiones ciudadanas, más comprensibles de estas materias, entre otras medidas.

14) Obligación legal de utilizar el Portal de Transparencia del Estado.

15) Ley de Archivos, que modernice la legislación de gestión documental y archivos públicos.

16) Corregir en las diversas normativas sectoriales disposiciones que dificultan un acceso efectivo a la información.

PROPUESTAS EN MATERIA DE PROBIDAD Y PREVENCIÓN DE CONFLICTOS DE INTERÉS

1) Perfeccionamiento normas sobre contratación de parientes y cercanos, reforzando para ello las reglas que eviten el nepotismo. Particularmente, propone prohibir que un funcionario público ejerza simultáneamente labores en corporaciones y fundaciones que reciban recursos públicos, contratados en cualquier calidad jurídica.

2) Registro público unificado de funcionarios o trabajadores del Estado, con la finalidad de evitar dobles contrataciones o conflictos de interés.

3) Normas de incompatibilidad más rigurosas, aplicables a autoridades y funcionarios del nivel nacional, regional o comunal para poder enfrentar las dobles contrataciones

4) Hacer aplicable el principio de probidad a funcionarios de corporaciones, fundaciones y empresas municipales y corporaciones y fundaciones regionales.

5) Reforzamiento de las normas sobre traspaso del sector público al privado, y viceversa. Ampliación del ámbito de aplicación de la norma vigente para funcionarios de instituciones fiscalizadoras.

6) Nueva ley de lobby. Con reglas obligatorias de transparencia activa y registro público de lobistas y gestores de intereses particulares. Reforzamiento de las sanciones en caso de incumplimiento.

7) Obligación de las autoridades de registrar las audiencias cuando sean ellas quienes tomen la iniciativa de citar a los lobistas o gestores de intereses.

8) Mejorar y ampliar la información de la Declaración de Intereses y Patrimonio, y establecer su publicación como una obligación de transparencia activa, con los resguardos que establece la ley vigente.

9) Obligatoriedad del registro y publicidad de beneficiarios finales, en las contrataciones con el Estado.

10) Hacer aplicable la responsabilidad administrativa respecto de los concejales y consejeros regionales.

11) Pronta implementación de la nueva normativa sobre Estatuto de Protección al Denunciante de actos contra la probidad.

Santiago de Chile, 4 de agosto 2023
Crónica Digital

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