Por su evidente importancia, reproducimos el pronunciamiento de un grupo de destacados economistas que se pronuncia por el voto en contra a la propuesta aprobada en el Consejo Constitucional.
¿Por qué estamos en contra?
Los acuerdos que logró la Comisión Experta dieron pie a un texto que, con algunos ajustes, podría haber convocado a la mayoría del país. Sin embargo, las modificaciones efectuadas en el Consejo Constitucional, lideradas por una abrumadora mayoría de derecha, impiden que nos sintamos interpretados por la propuesta final y, en consecuencia, votaremos en contra. Una eventual aprobación del texto arriesga afectar la economía mediante una mayor incertidumbre y problemas de funcionamiento institucional. La Constitución que nos rige requiere mejoras, pero el texto que se ofrece a la ciudadanía no es una Constitución para todos. En particular, no da paso al Estado Social de Derecho que se acordó al iniciar esta etapa, pues no da herramientas para su satisfacción efectiva, ni ayuda a crear un sistema político representativo y eficaz. Además, sus modificaciones se hacen más difíciles que bajo la actual.
En nuestra calidad de profesionales dedicados a la economía, reseñamos aquí algunas de nuestras principales observaciones en este ámbito.
Un tema central es que la Constitución no debe decidir temas de política pública. Existen modalidades y preferencias que pueden evolucionar en el tiempo y que, por tanto, son materia de ley. Una cosa es definir instituciones económicas como la independencia del Banco Central o la protección de la propiedad, sobre las que existe amplio acuerdo. Otra distinta es prohibir variantes de política pública que son habituales en los países desarrollados.
El caso más claro de políticas públicas que quedarían a nivel constitucional de aprobarse la propuesta, es el del financiamiento de derechos sociales. Esto porque dificultaría la solidaridad en las cotizaciones de seguridad social, cerrando la puerta a un modo eficaz de financiar la salud y la previsión que es utilizado en la mayoría de los países más avanzados. En la misma línea, la obligación de incluir aseguradores privados y públicos en la provisión de estos derechos sociales tampoco es materia constitucional en los países desarrollados. Sin la adecuada regulación, la elección individual en estos ámbitos entraña el riesgo de dejar estos derechos al arbitrio del mercado, con los problemas que la ciudadanía conoce de una protección que se relaciona con los ingresos de los hogares.
Por otro lado, la propuesta constitucional también contiene artículos que dificultan una política tributaria efectiva y moderna. Un ejemplo es la eliminación de las contribuciones a la primera vivienda. Dicha norma es regresiva y populista, y aunque considera una transición, pone en riesgo una fuente significativa de recursos que se distribuyen desde las comunas más ricas del país a los municipios más pobres. A modo de ilustración, prácticamente ninguna vivienda en Lota paga contribuciones, mientras que casi el 100% de las viviendas en Vitacura está sujeto a su pago.
Un segundo ejemplo es el artículo que establece como deducibles de impuestos “los gastos objetivamente necesarios para la vida, cuidado o desarrollo de la persona y su familia”, sin especificar de cuáles gastos se trata. Estos son conceptos interpretables y darán lugar a judicialización e incertidumbre, y erosionarán significativamente la recaudación tributaria que supuestamente debe financiar derechos sociales.
Por último, la propuesta reduce significativamente la capacidad del Estado para perseguir ciertas conductas delictivas, al hacer inconstitucionales delitos cuya tipificación se delega a normas reglamentarias, tal como ocurre en materia de delitos ambientales y aduaneros y el reforzamiento penal de la regulación económica. Más grave, la propuesta (artículo 16.9.b) somete a las sanciones administrativas al estándar de determinación que hoy se exige de los delitos penales. Esto dificulta, en primer lugar, asegurar la eficaz implementación de la regulación de diversos sectores económicos, como el mercado de valores, las prestaciones de salud, las materias tributarias y los servicios sanitarios. Dada la innovación permanente en dichos sectores, es imposible para la ley “determinar en su núcleo esencial” todas las conductas que es necesario prevenir y sancionar administrativamente. El objetivo de la potestad sancionadora es velar por el cumplimiento de deberes regulatorios de los privados, asunto que es muy diferente al penal. El proyecto no sólo debilitará considerablemente la capacidad regulatoria del Estado, sino también su capacidad de sanción y fomentará la judicialización y la litigación en diversos mercados regulados con enormes costos para el buen funcionamiento de la economía.
Las consideraciones anteriores no son exhaustivas y no incluyen otros ámbitos donde también hay aspectos muy debatibles. Pero nos bastan para votar en contra de un texto que restringe las posibilidades de políticas sociales efectivas, la estabilidad regulatoria y el potencial de crecimiento de nuestro país.
Firman:
Alejandra Abufhele, Universidad Adolfo Ibáñez (UAI)
Alejandro Corvalán, Universidad de Chile
Andras Uthoff, Universidad de Chile
Andrea Repetto, Pontificia Universidad Católica (PUC)
Andrés Zahler, Universidad Diego Portales
Bernardita Escobar, Universidad de Valparaíso
Bernardo Lara, UAI
Carlos Ominami, Ex Ministro de Economía
Cristóbal Huneeus, Unholster
Cristobal Otero, Columbia University
Damián Vergara, Princeton University
Dany Jaimovich, Universidad de Talca
Eduardo Bitrán, UAI
Eduardo Engel, Universidad de Chile
Eduardo Undurraga, PUC
Fabian Duarte, Universidad de Chile
Felipe Jordán, PUC
Francisca Pérez, UAI
Francisco Pino, Universidad de Chile
Jaime Ruiz-Tagle, Universidad de Chile
Javiera Selman, Universidad de Chile
Juan Pablo Medina, UAI
Luis Herskovic, UAI
NathalyRivera,
Universidad de Chile
Nicolás Eyzaguirre, Ex Ministro de Hacienda
Osvaldo Larrañaga, PUC
Pablo Celhay, PUC
Pablo Egaña, UAI
Pablo Muñoz, Universidad de Chile
Pamela Jervis, Universidad de Chile
Paola Bordon, Universidad de Chile
Patricio Domínguez, PUC
Patricio Meller, Universidad de Chile
Rafael Carranza, PUC
Raimundo Undurraga, Universidad de Chile
Roberto Zahler, Ex Presidente del Banco Central
Sebastián Gallegos, UAI
Sofia Correa, Universidad de Chile
Valentina Contreras, LSE
Valentina Paredes, Universidad de Chile.
Santiago, 10 de noviembre 2023.
Crónica Digital.