En la Organización Internacional del Trabajo se lanzó Diplomado “Poder sindical desde el feminismo y la diversidad sexual y de género”

El lanzamiento oficial del Diplomado Internacional “Poder sindical desde el feminismo y la diversidad sexual y de género” dio cuenta de un momento relevante para la lucha sindical con perspectiva de género. En particular, al tener lugar –precisamente– en el Dia de la y el Dirigente Sindical.

El Diplomado es iniciativa conjunta de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano (UAHC), la Plataforma Feminista Sindicalismo con Nosotras (SCN), la Internacional de Servicios Públicos (PSI), ONU Mujeres y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de las Naciones Unidas.

En el encuentro se dio a conocer el alto impacto e interés que ha generado este programa de estudios. Presente en la cita, el representante del Ministerio del Trabajo Marcos Canales valoró el éxito del diplomado, su malla de formación y la amplitud del espectro social y laboral de quienes lo dictan. A la vez, señaló que la precarización laboral y la brecha de género son el principal obstáculo para el desarrollo pleno de los derechos laborales en la actualidad.

“Cuando poco a poco se empiezan a perder los derechos en la sociedad, se abre la antesala de un desequilibrio mayor, de un contexto general cuyo desarrollo y final suele ser impredecible”, advirtió en torno a la necesidad de espacios de reflexión y formación como los que propone el diplomado. También agradeció el compromiso de la OIT en el desarrollo de mujeres críticas que, en la actualidad, empujan los cambios requeridos en un sector que requiere consensos para el cambio.

En tanto, la Representante de la Plataforma Sindical Feminista Sindicalismo con Nosotras, Tamara Muñoz, se refirió a la gestión del proyecto que nace desde la perspectiva de ampliar los conocimientos de las dirigentas sindicales en busca de una mayor democratización de los espacios de negociación y convivencia laboral atendiendo a la urgencia de una mirada de género. “Esto, para diversificar la acción sindical y las buenas prácticas dentro del mudo sindical. Nos enorgullece nuestra participación como Plataforma, porque nos damos cuenta de que es algo necesario y que hay una carencia de este tipo de formaciones”, agregó.

El Rector de la Universidad, Álvaro Ramis, también celebró el amplio interés y nuevo tramo de este diplomado que sigue los pasos de otros proyectos similares, tales como una escuela sindical y una comunidad de aprendizaje en la materia, que intentan relevar desde la UAHC el rol de las mujeres en la vida laboral y sindical, así como la pertinencia del diálogo en un contexto de abuso económico y social. “Este es el mejor momento para celebrar que se inicia este camino: precisamente el día de las y los dirigentes sindicales. Momento también en el que hay que recordar y visibilizar a estos líderes más allá de las elecciones o hitos de negociaciones colectivas u otros procesos en que son más visibles. Detrás de esto, está todo el tiempo, dedicación y esfuerzo que implica la dirigencia sindical y, dentro de todo eso, la formación”, observó el Rector.

Junto con insistir en la necesidad de un mayor fortalecimiento de la organización sindical, la autoridad académica reiteró el mandato histórico de la Universidad en términos del compromiso con los trabajadores y la defensa de la justicia social en la perspectiva de una formación sindical plena para los/as trabajadores/as, como un sello fundamental más allá del diploma del curso. “Un sello que se identifica con una misión y visión comprometida con los derechos humanos y laborales, desde el feminismo y la diversidad como características que enriquecen la perspectiva de derechos”, señaló.

El diplomado “Poder sindical desde el feminismo y la diversidad sexual y de género”, de tipo gratuito y abierto con apoyo de organizaciones internacionales, considera diversos módulos relacionados con el rol de la mujer y las disidencias en la historia sindical y social, un perfilamiento de las competencias de la dirigenta sindical, el análisis de herramientas de fortalecimiento y liderazgo con identidad de género para el trabajo colectivo y claves para el manejo de resolución de conflictos
y la comunicación estratégica, entre otros aspectos.

Fuente: UAHC.

Santiago, 4 de octubre 2023

Crónica Digital.

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Hablemos de la Ley de Usurpaciones y de la eliminación de la autotutela

Jue Oct 5 , 2023
Por Sebastian Carvajal* Abogado Hablemos de la Ley de Usurpaciones. Este proyecto tiene aspecto muy buenos pero merece modificaciones que responsablemente el gobierno indicó en su veto presidencial para evitar zonas de riesgo de enfrentamiento entre ciudadanos. Expliquemos de qué trata esta ley, que se mantiene y es apoyado por el gobierno y que contiene el veto presidencial. ¿Que es la usurpación y cómo se trata en nuestra actual legislación? El delito de usurpación en el derecho penal chileno encuentra su tipificación en el artículo 457 y 458 se refiere a la ocupación ilegítima de una propiedad o terreno sin el consentimiento del propietario. Esto implica que el ocupante haya ingresado de manera clandestina, violenta o sin derecho alguno con la intención de apoderarse del inmueble o impedir el acceso legítimo del propietario. La gravedad de las sanciones depende de las circunstancias, como la presencia de violencia o la duración de la ocupación ilegal. Actualmente este delito no tiene pena de cárcel, pues sólo tiene pena de multa. La nueva ley de usurpación que se ha tomado la agenda pública y que fue aprobada en el congreso busca integrar la pena de cárcel cuando se comete, y promueve la intervención de las policías en todo momento de la ocurrencia del delito. Lo anteriormente señalado es apoyado por el Gobierno y este último no tocó en absoluto estas modificaciones. ¿Dónde apuntan los vetos presidenciales entonces? 1. A la graduación de la gravedad de la usurpación: Se busca consolidar y respetar el principio de proporcionalidad, por tanto si la usurpación es con violencia o intimidación va a tener pena de cárcel de 541 días a 5 años de privación de libertad, cuestión que hoy no ocurre y que tanto el congreso y el gobierno están de acuerdo. Ahora si no hay violencia o intimidación, pero hay daños va a tener una pena de 541 días a 3 años de privación de libertad, cuestión que tampoco ocurre hoy por hoy. Por último si no hay ni violencia, ni intimidación, ni daños entendiéndose como fuerza en las cosas va haber una pena de 61 días a 540 días o pena de multa a criterio del juez. En este último caso imagínese si es proporcional en cuanto al castigo de una persona que se tome un terreno donde vive gente de manera violenta o una persona que se toma un terreno baldío que no vive nadie o abandonado sin mediar violencia. Son estos supuestos jurídicos los que la ley debe prever. 2. Legítima defensa privilegiada: Partamos con la premisa que nuestro sistema jurídico penal es garantista, por tanto es dable señalar previamente que cuando alguien comete un delito existen los llamados eximentes de responsabilidad consagrados en el artículo 10 del código penal que básicamente dicen que el hecho delictivo ocasionado no será delito si concurren ciertas hipótesis que el mismo artículo consagra. Ejemplo de ello está el loco demente acreditado, el menor de 18 años, y el que importa en este caso la legítima defensa […]

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