El ministro en visita de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Julio Miranda Lillo, sometió a proceso a cinco ex funcionarios de la Armada de Chile, como autores del delito de secuestro con grave daño en dos casos por violaciones a los derechos humanos que tramita.
En el caso del ciudadano de República Dominicana Juan Andrés Blanco Castillo, el magistrado sometió a proceso a: Patricio Maximiliano Horacio Valentín Villalobos Lobos, Manuel Alejandro Buch López, Wilfredo Hernán Zepeda Iturriaga, Osvaldo Francisco Rey Vergara y Víctor Orlando Rey Ringele.
De acuerdo a los antecedentes que existen en la causa “se pudo establecer que durante el mes de septiembre del año 1973, fue detenido por una patrulla de efectivos de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, a cargo del Teniente 2° Jorge Ginouves Contreras, Juan Andrés Blanco Castillo, ciudadano de la República Dominicana, nacido el 15 de marzo de 1948, estudiante de economía, en el sector Barrio Norte de la comuna de Villa Alemana, cerca de la estación de trenes, quien es conducido al recinto naval para ser entregado al personal del Servicio de Inteligencia, de la Comandancia de Aviación Naval (COMAVNAV)”.
“La víctima es recluida inicialmente en un sector que fue habilitado para la detención de personas civiles al interior de la Base, en donde es sometido a distintos interrogatorios en la Oficina de Información de Control Aéreo (OICA) por personal de Servicio de Inteligencia de la Comandancia de Aviación Naval (COMANAV)”.
“Luego de permanecer detenido en la Base Aeronaval de El Belloto, Juan Blanco Castillo es conducido al Cuartel de la Policía de Investigaciones de Quilpué, para permanecer recluido en los calabozos de dicho recinto, los cuales se ubican en el subterráneo donde es sometido a interrogatorios y apremios ilegítimos de parte de sus captores”.
“Pasado un tiempo la víctima es sacada con signos evidentes de maltrato físico y psicológico del recinto antes señalado en dirección desconocida. Luego de un periodo de 6 meses, la Policía de Investigaciones de la comuna de Quilpué debe concurrir hasta un sector denominado la curva “M” en la localidad de Colliguay, lugar en donde se produce el hallazgo de un cadáver N.N. sexo masculino. De acuerdo a las características de vestimentas y examen del cadáver, el personal policial presume que se trata del Dominicano Juan Blanco Castillo, cuya autopsia no fue ubicada y los restos fueron remitidos a una fosa común del Cementerio de Quilpué, configurándose así el delito de secuestro con grave daño a la persona de Juan Andrés Blanco Castillo, figura prevista y sancionada en el Art. 141 del Código Penal, vigente a la época de los hechos”.
En tanto por el secuestro del ciudadano chileno Ramón Donato Navia Martínez se encausó a Guillermo Retamales Ruz y Patricio Villalobos Lobos.
“Con estos antecedentes se pudo establecer que el día 14 de octubre de 1973, siendo aproximadamente a las 21:30 horas, en el domicilio ubicado en calle Antonio Varas Nº 1557, población Victoria Oriente de la comuna de Quilpué, fue detenido Ramón Donato Navia Martínez por personal de la Armada de dotación de la Base Aeronaval de El Belloto, quienes lo trasladan en una camioneta roja a dicho recinto, donde es recluido, específicamente en un patio que se le habilitó para la detención de personas civiles requeridas por la autoridad militar, el cual se encontraba delimitado y circundado por montículos de arena. Dicho lugar, se situaba a un costado de la losa de estacionamiento de aviones y helicópteros, frente a la cual se encontraba la Oficina de Información de Control Aéreo (OICA), como también la Comandancia de Aviación Naval (COMAVNAV), lugares que se utilizaban para realizar interrogatorios a personas detenidas. En la Oficina de Información de Control Aéreo (OICA), el personal del Servicio de Inteligencia, perteneciente a la Comandancia de Aviación Naval (COMANAV), procedía a recibir a los detenidos que llegaban a la Base Aeronaval , en donde los interrogaban y registraban sus datos personales en una ficha de identidad (…) Ramón Donato Navia Martínez, es ingresado al recinto de reclusión justo al momento en que no había detenidos, debido a que se encontraban recluidos en dependencias de las salas de clases (CIAN), es interrogado en el pozo (lugar destinado para los detenidos en la Base Aeronaval) por un funcionario que se identifica con el grado de Teniente, respecto de la ubicación de armas que presuntamente tenía en su poder y de los nombres de todos su compañeros y miembros de la directiva política que integraba”, dice la resolución.
Agrega que: “En cuanto a las causas del fallecimiento de la víctima Ramón Donato Navia Martínez, se pudo establecer que el día 15 de octubre de 1973, en horas de la madrugada, el centinela que se encontraba de guardia en la Oficina de Reportes Aéreos, al oír los gritos que se escapa de un detenido del recinto de detención, salió de inmediato de su oficina portando un fusil M-1, percatándose en ese instante que una persona corría desde dicho recinto hacia la losa de aterrizaje, haciendo caso omiso de las advertencias para detenerse, ante lo cual el centinela hizo uso de su arma, disparando sólo una vez a la víctima”
Santiago de Chile, 28 de noviembre 2012
Crónica Digital /Agencias