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INFORME DE UNESCO COINCIDE CON DENUNCIA HECHA POR ACADEMIA LIBRE

Mié Jun 13 , 2012
1. El Estado debe dar prioridad al financiamiento de las escuelas públicas, antes que de las particulares, ya que en sí mismo considerado, el financiamiento educativo es una decisión política que lleva implícita una visión de sociedad, una idea de justicia social y una voluntad de construir oportunidades igualitarias para todos y todas. En el caso de Chile, llama la atención el portentoso mecanismo de subvenciones, indicativo de la existencia de un sistema escolar complicado en su institucionalidad y en su funcionamiento, que pareciera obedecer a tutelar, preferentemente, la libertad de enseñanza antes que a garantizar el derecho a la educación. La subvención a escuelas particulares, como una práctica extendida, tiene el efecto de reducir la garantía de este derecho a la mera función de proveedor, pues a pesar de los controles que pudieran existir sobre la eficiencia y eficacia institucional y sobre el cumplimiento de los objetivos curriculares, la gestión educativa sale de las manos del Estado, por lo que en realidad se está en presencia de una delegación impropia de las obligaciones establecidas en el derecho internacional de los derechos humanos. 2. El financiamiento público de la educación no tiene un sentido exclusivamente económico, ya que se trata de una acción que permite garantizar la universalización de este derecho humano y busca, por lo tanto, crear, mantener y potenciar condiciones de igualdad, al amparo del principio de no discriminación, que fundamentalmente se logran con el afianzamiento de procesos de socialización. 3. En contradicción con lo que establece la Ley General de Educación, lo cierto es que el sistema de educación media subvencionado no es gratuito. Además, los centros educativos subvencionados bajo la modalidad denominada “establecimientos educacionales de financiamiento compartido”, pueden efectuar cobros mensuales a los alumnos y alumnas, según indica el artículo 24 del Decreto con Fuerza de Ley 2 (…). El concepto de educación gratuita debería entonces tener un alcance más amplio, de manera que los obstáculos económicos que enfrentan las familias y que impiden el acceso a la educación, puedan abordarse de manera integral. 4. La Ley General de Educación presenta elementos estructurales que no consideran a la educación como un derecho y son causales de la emergencia que vive el país actualmente (…). Estos elementos generaron el rechazo de los estudiantes a la ley, así como al sistema educativo en su conjunto, que favorece una desmedida participación del sector privado. Sostener la validez de una educación pública y gratuita es promover el debate sobre las consideraciones académicas que le dan fundamento y concebir una sociedad también diferente. En ese arduo camino, es gratificante constatar que los planteamientos que ha hecho Academia Libre empiezan a abrirse espacio en otras instancias. Por Academia Libre Santiago de Chile, 13 de junio 2012 Crónica Digital

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