El ministro en visita extraordinaria de la Corte de Apelaciones de Santiago para causas de DDHH, Hernán Crisosto, dictó condena en la investigación por los secuestros calificados de Roberto Aranda Romero y Modesto Espinoza Soto, dos de las víctimas de la causa denominada «Operación Colombo».
En la causa, el magistrado dictó condena en contra de siete integrantes de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), por su responsabilidad en los plagios de Aranda y Espinoza, ocurridos el 22 y 23 de agosto de 1974, respectivamente.
El ministro Crisosto resolvió condenar, por ambos ilícitos, a la pena de 20 años de presidio a los ex agentes: Manuel Contreras Sepúlveda, César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko.
En tanto, los condenados Demóstenes Eugenio Cárdenas Saavedra y Alejandro Francisco Astudillo Adonis, deberán cumplir 11 años de presidio por ambos ilícitos; y Orlando José Manzo Durán, 10 años y un día por el secuestro de Roberto Enrique Aranda Romero.
De acuerdo a los antecedentes recopilados en la investigación, se logró determinar los siguientes hechos: «Que en horas de la madrugada del día 22 de agosto de 1974, Modesto Segundo Espinoza Pozo, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en su domicilio ubicado en calle 133 N° 6962, Villa Lo Arrieta, comuna de Peñalolén, por agentes militares y de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes se lo llevaron junto a otros detenidos manifestando que lo trasladarían a la Escuela Militar. Posteriormente, Espinoza Pozo, fue visto por testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA. Modesto Segundo Espinoza Pozo durante su estada en el cuartel de Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, permanentemente custodiado por agentes de la Dina a cargo de ese recinto, siendo sacado para interrogatorio bajo apremio a otros centros de detención clandestina de la DINA, como Londres 38 y Villa Grimaldi. La última vez que fue visto con vida, ocurrió un día no determinado a fines del primer semestre del año 1975, encontrándose desaparecido hasta la fecha. El nombre de Modesto Segundo Espinoza Pozo apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista Novo O’Día de Curitiba, Brasil, de fecha 25 de junio de 1975, en la que se daba cuenta que Espinoza Pozo había muerto en Argentina, junto a otras 58 personas pertenecientes al MIR, a causa de rencillas internas suscitadas entre esos miembros; y que las publicaciones que dieron por muerta a la víctima Espinoza Pozo tuvieron su origen en maniobras de desinformación efectuada por agentes de la DINA en el exterior».
Una situación similar vivió la otra víctima. «Que en horas de la madrugada del día 23 de agosto de 1974, Roberto Enrique Aranda Romero, militante del Partido Comunista (PC), fue detenido en su domicilio ubicado en calle 11-A N° 823, Block 28, Depto. 43, de la Villa Naciones Unidas, comuna de Peñalolén, por agentes militares y pertenecientes a la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA), quienes se lo llevaron junto a otros detenidos manifestando que lo trasladarían a la Escuela Militar. Posteriormente, Aranda Romero, fue visto por testigos en el cuartel clandestino de detención de la DINA denominado «Cuatro Álamos», ubicado en calle Canadá altura del 3000, en la comuna de Santiago, que era custodiado por guardias armados y al cual sólo tenían acceso los agentes de la DINA. Durante su estada en el cuartel de Cuatro Álamos permaneció sin contacto con el exterior, permanentemente custodiado por agentes de la Dina a cargo de ese recinto, siendo sacado para interrogatorio bajo apremio a otros centros de detención clandestina de la DINA, como Londres 38 y Villa Grimaldi, la última vez que fue visto con vida, ocurrió un día no determinado a fines del primer semestre del año 1975, encontrándose desaparecido hasta la fecha».
En el aspecto civil, el ministro Crisosto condenó al fisco a pagar $100.000.000 (cien millones de pesos) a Edulia Aliaga Ponce, cónyuge de Roberto Aranda Romero; $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a cada una de las hijas: Ligia y Francia Aranda Aliaga; y $150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a Carmen Quezada Fuentes, cónyuge de Modesto Espinoza Pozo.
Santiago de Chile, 5 de agosto 2014
Crónica Digital / Agencias
la dina persiguio a personas a las cuales les fueron ofrecidos trabajos de sapos e informantes ,
la dina persiguio a personas , que les ofrecieron trabajos de sapos e informantes y se negaron ,algunos se quedaron en el pais , otros se marcharon , les aplicaron tecnicas psicologicas , tengo los nombres de los reclutadores ; debo ser interpelado ; mrq.