PROYECTO PROPONE ESTABLECER EL DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y MUNICIPALES

La reforma constitucional, presentada por un grupo transversal de legisladores, especifica, además, que una ley establecerá las modalidades y procedimientos a través de los cuales los funcionarios del Estado y de las municipalidades podrán ejercer su derecho a negociar colectivamente y suprime la referencia actual que prohíbe declararse en huelga a los funcionarios del Estado o de las municipalidades.

Buscando ahondar en materia de derecho laboral, un grupo transversal de diputados, encabezados por Osvaldo Andrade (PS), ingresó a trámite legislativo un proyecto de ley (boletín 10369) de reforma constitucional que establece el derecho a la negociación colectiva de los funcionarios públicos y municipales.

La moción, enviada a estudio a la Comisión de Constitución, fue presentada el pasado martes 3 de noviembre por el diputado Andrade junto a los diputados Guillermo Ceroni(PPD), Fuad Chahin (DC), Aldo Cornejo (DC), Daniel Farcas (PPD), Hugo Gutiérrez (PC),Cristián Monckeberg (RN), Manuel Monsalve (PS), René Saffirio (DC) y Leonardo Soto (PS).

Los legisladores consideraron que los diversos esfuerzos de negociación que se han realizado hasta la fecha entre los empleados fiscales y el Estado deben necesariamente ser enmarcados en un esquema legal que permita a las partes acceder a negociaciones colectivas eficientes y efectivas, protegiendo tanto los derechos de los trabajadores a presionar por mejores condiciones de empleo y remuneraciones, como también permitir al Estado ejercer de mejor forma su mandato de servicio a la ciudadanía y sus intereses.

«En este orden de ideas, estimamos que nuestro ordenamiento se encuentra lo suficientemente maduro y desarrollado como para contar con un sistema de negociación colectiva en el sector público que permita conjugar los intereses ya expuestos», plantearon.

En línea con lo anterior, se propone definir como nueva norma constitucional que la negociación colectiva con la empresa, con el Estado o con las municipalidades en que laboren, es un derecho de sus trabajadores y funcionarios, respectivamente”.

Además, se especifica que una ley establecerá las modalidades y procedimientos a través de los cuales los funcionarios del Estado y de las municipalidades podrán ejercer su derecho a negociar colectivamente y, consecuentemente con la fijación de la citada norma, se suprime la referencia actual que prohíbe declararse en huelga a los funcionarios del Estado o de las municipalidades.

«Proponemos una reforma constitucional que signifique que, tanto los trabajadores del sector privado como los trabajadores del Estado y los municipios, accedan a los derechos propios de la negociación colectiva que establecen los instrumentos internacionales suscritos por nuestro país», resaltaron los autores.

Santiago de Chile, 1 de diciembre 2015
Crónica Digital / Camara.cl

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